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Seguridad Pública y la nueva PNC Estudios Sociales

Complejo Edcucativo Católico "Juan XXIII". Ad Maiora Natus Sum. Seguridad Pública y la nueva PNC Estudios Sociales. Prof. Sergio Urrutia. Seguridad Pública y la Nueva Policía Nacional Civil. Alumnas:. Carmen Elena Cuéllar Ochoa Wendy Yajaira Gallardo Tejada

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Seguridad Pública y la nueva PNC Estudios Sociales

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Presentation Transcript


  1. Complejo Edcucativo Católico "Juan XXIII" Ad Maiora Natus Sum Seguridad Pública y la nueva PNC Estudios Sociales Prof. Sergio Urrutia

  2. Seguridad Pública y la Nueva Policía Nacional Civil Alumnas: Carmen Elena Cuéllar Ochoa Wendy Yajaira Gallardo Tejada Marina Margarita Lemus Flores Linda Jeannette Menéndez Ramírez

  3. ¿Qué sucede con la Seguridad Pública en El Salvador? La tasa anual de homicidios intencionales, que, con ligerísimas variaciones se había mantenido estable desde los años sesenta, sufrió un incremento notable a partir del año 1992 (año en que se alcanzó la paz), y actualmente, alcanza niveles que triplican sobradamente los niveles alcanzados durante el peor y más crudo año del conflicto armado (1982). El Salvador, en 1970, ocupaba ya el puesto de honor (en cuanto a homicidios se refiere) a nivel latinoamericano. En la actualidad, las cifras han adquirido magnitudes que desafían cualquier aforo.

  4. ¿Qué sucede con la Seguridad Pública en El Salvador? La delincuencia, de hecho, es un fenómeno que implica costos económicos de toda clase: Costos legales para el Estado, que de una forma ineficaz tiene que poner en movimiento una estructura judicial, costos de oportunidad para la actividad empresarial, que se ve imposibilitada de crecer o de efectuar nuevas inversiones, pérdida de posible inversión extranjera, puesto que una sociedad violenta es el mayor disuasivo para el inversionista, costos directos generados por pérdidas en asaltos a comercios, a furgones, robos de mercadería, secuestros y otros delitos, costos de salud, hospitalización y otros.

  5. ¿Qué sucede con la Seguridad Pública en El Salvador? Este costo, naturalmente, corresponde en principio al Estado, quien, por diversas razones, no ha sido capaz de proporcionar a sus habitantes seguridad alguna, ni policial ni jurídica. La absoluta pérdida de confianza del ciudadano en las leyes y el sistema de cumplimiento de las mismas puede también cuantificarse: el 40% de la ciudadanía considera que las leyes deben ser violadas cuando no se encuentran acordes con la propia voluntad; el 46% encuentra adecuado que la población se haga justicia por propia mano

  6. ¿Qué sucede con la Seguridad Públicaen El Salvador? Nuevamente, las cifras hablan por sí solas: la eficacia en el área de investigación policial es prácticamente inexistente; por ejemplo, la tasa de detenciones en el caso de los homicidios oscila del 6 al 8%. De este ridículo porcentaje, el 60% son casos en que no existe condena judicial. Naturalmente, el Órgano Judicial, acosado por la necesidad de justificar el gasto y consumo de ingentes recursos económicos. La productividad, en el caso del Órgano Judicial ha incrementado, porque ha aumentado el número de sobreseimientos.Solamente en un 7% de los casos judiciales se logra condenar a un delincuente.

  7. ¿Qué sucede con la Seguridad Públicaen El Salvador? En cualquier estudio sobre la criminalidad salvadoreña surgen siempre las mismas: Secuelas de la guerra, vacíos institucionales, la pobreza, la disponibilidad de armas, la influencia de las "maras" y otros grupos violentos, etc.

  8. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 1- In idoneidad de la infraestructura penitenciaria y falta de programas de readaptación.- Por medio de D.L. N° 1027, de 30 de abril de 1997, se dictó la Ley Penitenciaria, la cual derogó la Ley del Régimen de Centros Penales y de Readaptación, aprobada por medio de D.L. N°427, de 11 de septiembre de 1973. En otras palabras, desde 1939, existe una obligación constitucional para que el Estado instaure y de eficacia a políticas de readaptación penitenciaria.

  9. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 2- Concepción errónea en cuanto al tratamiento de los llamados "Reos sin Condena".- Por medio de D. L. N° 769, de 25 de abril de 1991, se dictó la Ley de Emergencia para resolver el problema de los Reos sin Condena. En realidad, dicha ley, establecía un sistema de "emergencia", con formas expeditas de otorgar "excarcelaciones", es decir, teóricamente, la libertad de la que gozarían los beneficiados sería provisional, mientras el proceso correspondiente se depuraba y sentenciaba.

  10. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 3- Acceso de la población civil a toda clase de armamentos y aprestos de guerra.- La permisividad de la ley de Control y Regulación de Armas de Fuego permite a la población civil armarse en forma más o menos indiscriminada. En el caso particular de las armas, el hecho de permitir su uso, portación y tenencia generalizadas constituye un síntoma claro de la incapacidad del Estado para proveer a la seguridad pública. La falta de dicha seguridad pública debe procurarse por otros medios, cabe decir, la seguridad que cada ciudadano pueda proporcionarse a sí mismo mediante la portación de sus propias armas.

  11. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 4- Falta de conciencia en los Jueces respecto de su papel de encargados de tutelar los derechos de la sociedad.- El Órgano Judicial de El Salvador siempre ha padecido de los inconvenientes propios de toda burocracia latinoamericana, inconvenientes que han conllevado tradicionalmente a la retardación de los procesos y, en general, a la inoperancia de la administración de justicia. La tendencia a garantizar dichos derechos de los imputados no ha corrido pareja con una visión adecuada de los derechos de la ciudadanía honrada.

  12. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 5-Tradición judicial y administrativa de desconocimiento de la prueba científica.- Toda la parte referente a los medios de prueba que contempla el nuevo Código Procesal Penal, aparte de que no puede sustraerse en forma alguna a la tendencia a dificultar la probanza en beneficio del reo, basa prácticamente toda la posibilidad probatoria en los mismos medios tradicionales: inspecciones, autopsias, reconstrucciones del hecho, registros y allanamientos

  13. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 6- Entidad policial neófita, mal estructurada, sin preparación.- • La Policía Nacional Civil, es la entidad encargada de la seguridad pública. • La Policía Nacional Civil es una institución de naturaleza civil, profesional y ajena a toda actividad política partidista. • Esta entidad funciona en forma jerárquica y depende del Presidente de la República.

  14. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. Se incorporará a formar parte de la policía. • Personas que no hubiese tenido participación directa en el conflicto armado. • Ex miembros de la Policía Nacional. • Ex combatientes del F.M.L.N. • Estos formarán cuerpos nuevos, con nueva organización, nuevos cuadros, nuevos mecanismos de formación, adiestramiento y nueva doctrina.

  15. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 7- Confusión del status jurídico de la relación que vincula a los miembros de la policía con dicha entidad.- El Artículo 46 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil establece que "por las circunstancias en que desarrollan su trabajo los miembros de la Policía Nacional Civil recibirán prestaciones sociales y beneficios laborales.

  16. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 8- Cambio drástico en la legislación penal y procesal penal.- El día 20 de abril de 1998 entraron en vigencia los nuevos Códigos Penal y Procesal Penal, que vinieron a ser como una especie de culminación de todo un proceso de supuesta renovación de la estructura jurídica-penal. En efecto, el nuevo Código Penal ha venido a ser una especie de resumen de todos los vicios que la estrategia salvadoreña contra la delincuencia había venido padeciendo desde la firma de los acuerdos de paz. "El derecho penal debe ser, fundamentalmente, un derecho garantista que limite efectivamente el poder penal del Estado y en consecuencia evite los abusos de poder".

  17. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. • 9- Inadecuada concepción sobre la madurez de los menores infractores.- • La Ley del Menor Infractor fue dictada el 27 de abril de 1994; y el 7 de junio de 1995, se dictó la ley de vigilancia y control de ejecución de medidas del menor infractor. • Orientación y Apoyo Socio – Familiar. • Amonestaciones. • Libertad Asistida e Internamiento.

  18. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. Está establecido en el artículo 15 de la misma ley. “En ningún caso el internamiento superará los 7 años de duración, sea cual sea el delito cometido por el menor”. Si el menor tiene entre 12 y 15 años de edad, al cometer el delito, el castigo sería de 3 años. Las leyes de las cuales se está hablando son aplicadas a los menores de edad.

  19. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 10- Fiscalía y Policía: Falta de claridad en la delimitación de funciones.- En el artículo 193 de la constitución, corresponde a la fiscalía general de la república, dirigir la investigación del delito, con la Policía Nacional Civil.

  20. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 11- Falta de preparación técnica de la fiscalía y la policía.- La Fiscalía General de la República, ni la Policía Nacional Civil no estaban preparados para resolver los delitos que les depararon los acuerdos de paz. Algunos métodos para la investigación criminal aún se utilizan en la actualidad, por ejemplo: El Interrogatorio de testigos, que se trata de conseguir la confesión del imputado.

  21. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 12- Ausencia de un verdadero instituto forense y desarticulación de los pocos institutos de investigación respecto de la Fiscalía General de la República.- El llamado Laboratorio Científico de la Policía, con todo y sus limitaciones, no se encuentra aún al servicio y disposición de la Fiscalía General de la República. Tampoco lo está el instituto de medicina legal, el cual depende de la Corte Suprema de Justicia.

  22. Aspectos que han incidido en el auge delincuencial. 13-Control Ciudadano. Consiste en llevar el control de nacimientos y defunciones. Denominado Registro Familiar.

  23. Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil Un policía debe tener tanto deberes como derechos. (Artículo 24 y 25) Deberes Derechos • Respetar los derechos humanos, la constitución y las leyes. • Respetar y cumplir las órdenes e instrucciones emanadas de superiores jerárquicos. • El goce de estabilidad en el empleo. • Derecho a una remuneración acorde con su cargo y antigüedades en el servicio.

  24. Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil El artículo 32 de la misma ley nos presenta los requisitos mínimos a las pruebas de ingreso. • Ser salvadoreño por nacimiento. • Haber cumplido dieciocho años antes de presentar la solicitud. • Poseer el nivel de estudios requeridos para la categoría que se trate. • Ser apto, físicamente.

  25. Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil El artículo 17 de la misma ley nos presenta las funciones de la Policía Nacional Civil. • Proteger y garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos en todo el territorio nacional. • Prevenir y combatir toda clase de delitos. • Ejecutar las capturas en los casos previstos por la ley.

  26. Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil El artículo 25 es el que nos habla de los derechos de los Policías, (Que contiene la Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil). Nos dice que el Policía tiene las siguientes prerrogativas. Requerir la colaboración de cualquier autoridad. Recibir Asistencia Gratuita y prioritaria en los hospitales, clínicas y servicios de salud, en caso de resultar herido en casos de servicio.

  27. Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil El artículo 27 de la misma ley, nos habla de las sanciones disciplinarias, según la gravedad de la falta en que hubieren incurrido. • Amonestación Verbal. • Amonestación Escrita. • Suspensión del cargo, sin goce de sueldo. • Arresto, hasta por un máximo de 15 días. • Degradación. • Destitución.

  28. Anteproyecto de Ley Orgánica de la Policía Nacional Civil De acuerdo al artículo 159 de la Constitución de la República, se crea la Policía Nacional Civil. * Como un cuerpo profesional, independiente de la fuerza armada, y ajena a toda actividad partidista. Y para ser miembro de dicho cuerpo profesional: * Es imprescindible que todo aspirante a la misma, ingrese previamente a la Academia Nacional de Seguridad Pública, para su proceso de formación.

  29. Conclusión Como grupo, concluimos que la P.N.C. debe tener mayor capacitación en materia de investigación criminal e inteligencia policial, puesto que necesita ver a la comunidad como un actor clave para la producción, implantación, verificación y evolución de planes locales de Seguridad Ciudadana. Haciendo prevalecer el acercamiento, para ganarse mutuamente la confianza de la comunidad.

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