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EXPOSITOR DR. NICOLAS MONDO EDO CHAVEZ

ETICA APLICADA A LA FUNCION PUBICA. . Se refiere a que las entidades del Estado, adopten en sus actos ciertas reglas principios

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EXPOSITOR DR. NICOLAS MONDO EDO CHAVEZ

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Presentation Transcript


    1. EXPOSITOR DR. NICOLAS MONDOEDO CHAVEZ

    2. ETICA APLICADA A LA FUNCION PUBICA. Se refiere a que las entidades del Estado, adopten en sus actos ciertas reglas principios ticos (verdad, libertad, justicia, honestidad, etc.) y los mecanismos concretos que ayudan a ponerlos en prctica. Esto permite que los servidores y funcionarios pblicos acten transparentemente, que no hagan mal uso de los servicios, cumplan con sus obligaciones de manera imparcial y no abusen del poder que les otorga.

    3. LA TICA SE APLICA CUANDO LA AUTORIDAD, FUNCIONARIO O SERVIDOR PBLICO: Es neutral a la hora de ejercer su funcin, evitando conflictos de inters. Es transparente en su gestin y rinde cuenta de sus actividades a los ciudadanos. Usa adecuadamente los recursos del Estado, segn los objetivos y necesidades de la entidad pblica. Busca brindar un servicio de calidad a los ciudadanos, siendo eficiente y eficaz en su gestin. Cuando sirve a los ciudadanos con respeto, de manera sencilla y clida.

    4. Se dice que hay un conflicto de inters cuando un funcionario pblico tiene intereses de ndole privados que podran influir de manera inadecuada en la ejecucin de sus funciones y responsabilidades oficiales.. Todos los funcionarios y trabajadores pblicos estn al servicio de la Nacin. Art. 39 - Constitucin Poltica del Per

    5. COMO SE ENTIEDNE A LA CORRUPCION?. La corrupcin puede ser entendida como el mal uso del poder encomendado [dado en confianza, entrusted] para obtener beneficios privados, e incluye tres elementos: 1.- El mal uso del poder. 2.-Un poder encomendado (es decir, puede estar en el sector privado tanto como en el pblico). 3.- un beneficio privado (que no necesariamente se limita a beneficios personales para aquel que hace mal uso del poder, sino que tambin puede incluir a miembros de su familia inmediata y a sus amigos).

    6. LEY 27815. CODIGO DE ETICA EN LA F.P. ENTIDADES. Son los rganos del estado, cualquiera sea su ubicacin. FUNCION PUBLICA. Es la actividad temporal o permanente remunerada u honoraria, realizada por la persona en nombre o en servicio de las entidades de la Administracin Pblica, en cualquiera de los niveles. FINES DE LA FUNCION PUBLICA: los fines son el servicio a la nacin, de conformidad con lo dispuesto en la constitucin, y la obtencin de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal.

    7. SERVIDOR PUBLICO - Todo funcionario, servidor o empleado de la Administracin Pblica, sea nombrado, contratado, designado, de confianza o electo. - No importa el rgimen jurdico de la entidad o contraprestacin que est sujeto. - El ingreso a la funcin pblica implica tomar conocimiento del Cdigo y asumir el compromiso.

    8. PRINCIPOS DE LA FUNCION PUBLICA. Respeto.- Adecua su conducta , hacia el respeto a la constitucin y las leyes , garantizando en todas las fases de toma de desiciones, o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido proceso. Probidad.- Acta con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el inters general y desechando toda provecho o ventaja personal. Eficiencia.- Brinda calidad en cada uno de sus funciones a su cargo, procurando obtener una capacitacin slida y permanente.

    9. Idoneidad.- Entendida como aptitud tcnica, legal y moral, es condicin esencial para el acceso al ejercicio de la funcin Publica Veracidad.- se expresa con autenticidad en la relaciones funcionales con todos los miembros de su institucin y con la ciudadana y contribuye al esclarecimiento de los hechos. Lealtad y obediencia.- acta con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su institucin, cumpliendo con las ordenes que le imparte su superior jerrquico permanente

    10. Lealtad al Estado de Derecho.- el servidor de confianza debe lealtad a la constitucin y al estado de derecho. Ocupar cargos de confianza en regimenes de facto, es causal de cese automtico e inmediata de la funcin Publica.

    11. DEBERES DE LA FUNCION PUBLICA Neutralidad.- debe actuar con absoluta imparcialidad poltica econmica y de cualquier otra ndole en el desempeo de sus funciones, demostrando independencia a su vinculaciones con otras personas. Transparencia.- debe ejecutar los actos de manera transparente, ello implica que dicho actos tiene en principio carcter publico y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurdica. - Discrecin.-debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con el motivo o en ocasin del ejercicio de sus funciones. .

    12. Ejercicio adecuado del cargo.- Con motivo o ocasin del ejercicio de sus funciones el servidor publico no debe adoptar represalias de ningn tipo o ejercer coaccin alguna contra otros servidores pblicos o personas. Uso adecuado de los bienes del estado.- debe proteger y conservar los bienes del estado, debiendo utilizar los que fueran asignados para el desempeo de sus funciones, de manera racional evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento. Responsabilidad.- todo Servidor Pblico debe desarrollar sus funciones a cabalidad en forma integral asumiendo con pleno respeto su funcin publica.

    13. PROHIBICIONES DEL SERVIDOPUBLICO. Mantener intereses en conflicto.- Mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, econmicos o financieros puedan estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo. Obtener ventajas indebidas.- obtener o procurar ventajas indebidas para si o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad influencia o apariencia de influencia. Realizar de actividades de proselitismo poltico. Realizar actividades de proselitismo poltico a travs de la utilizacin de sus funciones, o por medio de la utilizacin de infraestructura, bienes o recursos pblicos.

    14. PROHIBICIONES DEL SERVIDOR PUBLICO Hacer mal uso de la informacin privilegiada.- participar en transacciones u operaciones financieras utilizando informaciones privilegiada de la entidad a la que pertenece o que pudiera tener acceso a ella con ocasin o ejercicio de su cargo. - Presionar, amenazar y/o acosar.- ejercer presiones amenazas o acoso sexual contra otros servidores pblicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona

    15. DERECHOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS - Obtener investidura del cargo a desempear. - Ser reconocida su autoridad. - Recibir remuneracin del cargo. - Gozar de vacaciones. - Ejercer docencia. - Recibir menciones, distinciones, etc. - Gozar de Pensiones al cesar.

    16. DERECHOS DE LOS SERVIDORES Adems de los sealados, cuando les compete: - Hacer carrera. - Estabilidad. - Permisos y licencias. - Reincorporarse a la carrera. - Reclamos. - Constituir sindicatos. -Uso de huelga.

    17. FALTAS PARA FUNCIONARIOS - No acatar la constitucin y las leyes. - No juramentar el cargo. - Ejercer el cargo usurpndolas. - Abandonar el cargo. - Resistencia a cumplir rdenes. - Utilizar bienes de la entidad para beneficio - Abuso de autoridad. - Actos de inmoralidad.

    18. FALTAS PARA SERVIDORES - Incurrir en actos de violencia, indisciplina. - Negligencia en el desempeo. - Impedir el funcionamiento. - Concurrencia embriagado o drogado. - Causar daos materiales. - Ausencias injustificadas. - Las dems.

    19. CLASES DE FALTAS ADMINISTRATIVA. Es el que surge de actos u omisiones de las autoridades administrativas en el ejercicio de sus funciones, cuando violan, quebrantan o desconocen las normas que regulan su desempeo. De este tipo de responsabilidad surgen: - Responsabilidad disciplinaria - Responsabilidad Patrimonial.

    20. RESPONSABILIDADES EN LA FUNCION PUBLICA CONCEPTO. Obligacin de reparar y satisfacer un dao o perjuicio. Consecuencias por los actos realizados en el desempeo de la Funcin Pblica.

    21. CLASES RESPONSABILIDADES CIVIL. Nace como consecuencia de la obligatoriedad de responder pecuniariamente por los actos realizados con capacidad suficiente y an ejecutados por otra persona, cuando hay dependencia. De esta responsabilidad surgen: - Responsabilidad precontractual. - Responsabilidad contractual. - Responsabilidad extracontractual.

    22. CLASES DE RESPONSABILIDADES CIVIL Esta ltima se produce por diferentes aspectos: - Por acto judicial. - Por acto legislativo. -Por acto o hecho de la Administracin Pblica.

    23. CLASES DE RESPONSABILIDAD PENAL. - Es la que se imputa al culpable de un acto contrario a la ley, realizado por culpa o dolo. - El Cdigo Penal, prev, califica y castiga los hechos delictuosos imputables a funcionarios pblicos, que afectan la libertad y otros derechos personales.

    24. ACTOS DE CORRUPCIN EN LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES PBLICAS 1.- EN LAS FASES DEL CONTRATO. 2.- EN LAS MODALIDADES DE ADQUISICIN. 3.- EN LOS TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIN.

    25. ACTOS DE CORRUPCIN EN LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES PBLICAS EN LAS FASES DEL CONTRATO. -La ausencia en las fases del contrato de transparencia incrementa el riesgo de corrupcin -En la fase preparatoria, la ausencia de un plan anual de adquisiciones que no ha podido estandarizar las necesidades para programar las compras (insumos informticos, vehculos, repuestos, etc.). -En la fase preparatoria se carece de un listado de precios promedio de los bienes y servicios que la unidad central de contrataciones adquiere, dado que en funcin de las cantidades y condiciones de pago se modifican los precios

    26. -En la fase de ejecucin, la remuneracin de la Inspeccin es una cuestin en general poco considerada por la Administracin. - En la fase de ejecucin, se dan renegociaciones con contratos en marcha, se puede pedir adicionales hasta el 15% del monto contractual en bienes, servicios y obras; con la salvedad de que en los contratos por obras si superen 15% del monto del contrato original. -En la fase de ejecucin, se dan renegociaciones con Complementarios al contrato hasta un 30% del monto contractual, al igual que los adicionales de hasta el 15%, en muchos casos son negociados con sobornos - Corrupcin en la liquidacin del contrato o en el pago. -Los proveedores sin escrpulos pueden sustituir productos de menor calidad por aquellos que se requirieron u ofrecieron en la licitacin original

    27. EN LAS MODALIDADES DE ADQUISICIN. -Subasta Inversa.- Dicha modalidad de adquisicin es excluyente en cuanto a que slo permite discutir el precio y no exige mejoras en los bienes y/o servicios por contratar, tal es as que en los bienes alimentos para personas adquiridos por sta modalidad hay muchas denuncias en cuanto a la calidad y garanta de los bienes. -Convenio Marco.-Esta modalidad tiene el alto riesgo de exclusin de proveedores y por ende la creacin de monopolios, la afectacin de proveedores locales y la restriccin a la libre competencia

    28. Compras Corporativas. -Modalidad de adquisicin tiende a fortalecer a los grandes proveedores e incentiva la creacin de monopolios -Si bien es posible obtener de estas adquisiciones buen precio por el tamao importante del volumen de adquisicin y contratacin de los proveedores grandes; es tambin cierto que los proveedores chicos van a ser afectados. Bolsa de Productos.- Esta modalidad de adquisicin y contratacin tiene el alto riesgo del sobre precio, o precio por encima del mercado, por la sencilla razn que entre el estado y el proveedor hay un agente comisionista intermediario que se encarga del proceso de adquisicin

    29. Contrataciones y Adquisiciones Especiales.- Consideradas las de ms alto riesgo de corrupcin, en la sobre valoracin, sobornos, falta de calidad y garanta de bienes y servicios, en la mala ejecucin de obras por la celeridad y falta de transparencia con que se concretan los contratos.

    30. EN LOS TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIN. -No Programables.- Son estos procesos de adquisicin que siendo superiores a una UIT simplemente requieren que se llame a cualquier proveedor y sin mucha evaluacin se adquiera el bien o servicio requerido. slo un postor y su propuesta para darle la buena pro, sin un Comit Especial que evale. -Menor Cuanta.- Un proceso de Menor Cuanta no tiene testigos ms que el Comit Especial, es la relacin entre un proveedor (no hay la obligacin de invitar a ms de uno) y un Comit Especial en forma discreta : sus caractersticas es permitido desconfiar e imaginar de la siguiente manera: 1.- el proveedor antes de la convocatoria ya tena la buena pro. 2.- el proveedor antes de la buena pro ya haba atendido los bienes o servicios requeridos

    31. Adjudicacin Directa.- -Forma parte del 99% de todas las adquisiciones. y representan ambas el 60% de todo lo que se gasta en adquisiciones y contrataciones. Por la magnitud de los recursos que involucra es preocupante como es que se llevan a cabo dichos procesos: sin la participacin de especialistas, sea un veedor tcnico, un representante de control interno especializado; sin la suficiente convocatoria (basta con que se inviten a tres postores) Concurso Pblico y la Licitacin Pblica.- -Por la magnitud de los recursos comprometidos son los procedimientos de adquisicin que ms controles tienen y ms transparentes son, sin embargo son los que estn en la mira de los expertos en corromper y los habidos en ser corrompidos por las fuertes comisiones que se pueden obtener

    32. DELITOS DE FUNCIN EN LA ADQUISICIN PBLICA. Prctica de sobornos.- Los sobornos conllevan una abierta complicidad por parte del sector empresarial. El soborno provoca un alto nivel de abstinencia de empresarios para participar en procesos de contratacin pblica. Prcticas fraudulentas.- Significa una tergiversacin de los hechos con el fin de incluir en un proceso de contrataciones o en la ejecucin de un contrato una interesada interpretacin u omisin, de esta forma influenciar y direccionar un proceso de seleccin o la ejecucin de un convenio

    33. Prcticas de colusin.-Significan las prctica entre licitantes con el fin de establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos, sean o no con el acuerdo o conocimiento de las autoridades gubernamentales. Prcticas coercitivas.- Aquellas en las que impliquen dao o amenaza para daar, directa o indirectamente, a las personas, a sus propiedades para influenciar su participacin en un proceso de contratacin, o afectar la ejecucin de un contrato

    34. Prcticas de obstruccin .- La destruccin, falsificacin, alteracin o escondimiento deliberados de evidencia material relativa a una investigacin o brindar testimonios falsos a los investigadores para impedir materialmente una investigacin por parte de la Contralora General, del CONSUCODE o los rganos de Control. Prcticas de Nepotismo .- (Ley 26771) se prohbe los funcionarios pblicos o servidores de las entidades pblicas, as como de las empresas del Estado, ejerzan influencia para contratar personal cuando se trate de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razn de matrimonio

    35.

    36. GRACIAS

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