1 / 9

PRESUPUESTO MULTIANUALIDAD -- Versión preliminar --

Junio, 2014. PRESUPUESTO MULTIANUALIDAD -- Versión preliminar --. Contenido. Diagnóstico Criterios de redefinición Propuestas específicas. Diagnóstico.

paniz
Télécharger la présentation

PRESUPUESTO MULTIANUALIDAD -- Versión preliminar --

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Junio, 2014. PRESUPUESTO MULTIANUALIDAD -- Versión preliminar --

  2. Contenido • Diagnóstico • Criterios de redefinición • Propuestas específicas

  3. Diagnóstico • Históricamente y por disposición constitucional, los presupuestos públicos de egresos (Federal, pero también los estatales y municipales) han tenido y tienen una vigencia anual. Sin embargo, a nivel federal (PEF) en los últimos años se han incorporado gradualmente conceptos de plurianualidad o multianualidad: • En el Articulo 3 del Decreto del PEF 2014 se considera realizar erogaciones plurianuales en los términos previstos por la Constitución (proyectos de inversión en infraestructura), así como aquéllas sujetas a disponibilidad presupuestaria. Dichas erogaciones se prevén en los Anexos 3 y 4 del PEF. • Los “proyectos de inversión en infraestructura” con esas características corresponden a obras carreteras, hidráulicas y turísticas, así como aquéllas que ejercen las entidades de control directo (Pemex y CFE), con lo que se excluye a otros sectores de actividad como el agropecuario y pesquero. • Para esos sectores, ello tiene diversas implicaciones:

  4. Para esos sectores, ello tiene diversas implicaciones:

  5. Criterios de redefinición • Incorporar la multianualidad a diversos programas de la Sagarpa, en dos sentidos: • Permanencia de programas-componentes seleccionados. • Continuidad en los montos asignados a los programas-componentes seleccionados. En este sentido, se propone establecer fórmulas en las que exista un monto mínimo multianual (por ejemplo, por 5 años) y un monto variable en función de la disponibilidad presupuestal del año correspondiente. Por ejemplo, similar a la mecánica presupuestal de la Farm Bill de EUA.

  6. Los programas-componentes sujetos a multianualidad serían los que tienen alguna de las siguientes características: • Programas de apoyo a inversiones (sin importar su dimensión) que técnicamente no se realizan en un año. • Programas-componentes cuya continuidad apoya la capitalización de los productores. • Programas que constituyen apoyos directos al ingreso de los productores. • Programas que apoyan el desarrollo de bienes públicos en el sector agropecuario y pesquero, así como la creación de infraestructura de uso público, en particular para distribución-almacenamiento e hidráulica.

  7. Propuestas específicas • Se propone darle carácter multianual a los siguientes programas y componentes:

  8. Para el caso de los programas y componentes que corresponden a inversión y capitalización de los productores y que, por tanto, pueden clasificarse bajo el concepto de infraestructura, se propone incorporar un “Anexo” en el decreto anual del PEF similar a los actuales anexos 3 y 4 del PEF 2014, a fin de homologarlos a la plurianualidad. • Para los programas de apoyo al ingreso de los productores, se propone emitir un decreto presidencial –similar al que se publicó para Procampo en 1994—que les de permanencia por un periodo de 15 años. • Para los programas de bienes públicos, se propone establecer un decreto similar a la Farm Bill de los EUA que les de permanencia y cuyas asignaciones anuales (montos) se definan en el PEF de cada año. • Para lo anterior, sería deseable que se realizaran las adecuaciones conducentes a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento, así como en su momento en el Decreto del PEF.

More Related