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SERVICIOS DE TRANSPORTE A - (continuación). Logística y Operación P. Reyes / oct. 2009. 4. Selección del tipo de transporte………. Planificación logística. Nivel de servicio. Política de inventarios. Ubicación de los puntos de origen/destino. Selección del tipo de transporte. .
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SERVICIOS DE TRANSPORTEA - (continuación) Logística y Operación P. Reyes / oct. 2009
Planificación logística • Nivel de servicio. • Política de inventarios. • Ubicación de los puntos de origen/destino. • Selección del tipo de transporte.
Dimensionamiento de vehículos • Capacidad volumétrica. • Carga máxima. • Accesos para la carga/descarga. • Medios de carga/descarga.
Dimensionamiento de vehículos • EJE SIMPLE Eje motor Eje no motor 11,5 t 10 t • EJE DOBLE O TÁNDEM 18 t Si el eje motor va equipado con neumáticos dobles y suspensión neumática o equivalente 19 t • EJES TRIPLES O TRIDEM • REMOLQUES 11t 16t 18t
Logística del transportista • Programación de conductores, vehículos y rutas, en recorridos de larga distancia se optimizan las rutas por: • Criterio de minimización de costo por kilómetro • Criterio de minimización de tiempo: se usa al programar rutas de recolección o de reparto • Programación y control de la actividad a realizar en los puntos de consolidación y disgregación de mercancías, en los casos de carga fraccionada.
Logística del transportista • Seguimiento y control de la actividad y resolución de incidencias. • Incidentes en vías públicas, congestión de tráfico, direcciones de entrega no exactas, dificultades para efectuar la descarga). • Controles de velocidad, descanso obligatorio e infracciones. • Estimación de las necesidades futuras de recursos operativos: vehículos, conductores y plataformas de transporte (puntos de consolidación y disgregación de mercancías)
Gestión de recursos • Humanos • Físicos • Consumibles http://www.lavoz901.com.ar/v_despachos.asp?id_seccion=51
Los conductores • Deben tener todas las autorizaciones en regla: licencia de conducir, autorización para transporte de sustancias peligrosas, etc. • Conducir de manera de minimizar los costos y observancia de los reglamentos de tránsito http://cundinamarca.olx.com.co/ofrezco-mi-trabajo-como-conductor-de-trailer-para-espaa-a-iid-37807275
Los Vehículos • Seguimiento personalizado de cada vehículo, en relación a requisitos legales y condiciones óptimas de servicio. • Vigilancia del consumo de combustible, tacógrafo y kilómetros recorridos http://www.autosusadosyremates.com/consulta.php?type=267
5. Optimización de rutas de transporte • En la mercancía: • Condición de temperatura o peligrosidad, volumen de envío • En el vehículo y su conductor: • Maniobrabilidad (capacidad de llegar a ciertos puntos de entrega): condición de temperatura y peligrosidad. • Capacidad volumétrica de la caja. • Afinidad o incompatibilidad del conductor con algún punto de entrega.
5. Optimización de rutas de transporte • Sobre el punto de entrega: • Ubicación, restricciones físicas de acceso, “·ventana” temporal o horas en que se puede entregar, medios de descarga, tiempo medio de acceso, tiempo medio de espera y descarga. • Por el entorno público: • Velocidad media por ventanas temporales. Restricciones a ciertos vehículos.
Apoyo de las tecnologías de inf. • Asignación de los transportistas a las diferentes rutas. • Edición de las hojas de ruta de los vehículos. • Tratamiento de las facturas de los transportistas. • Gestión de las diferentes tarifas de los transportistas.
Apoyo de las tecnologías de inf. • Programas DISTANCIEROS • Partiendo de una base de datos cartográfica, determinan el plan de viaje, con itinerarios, distancias y tiempos de cada tramo con indicaciones de la ruta a seguir y considerando los tiempos de descanso para el conductor, duración de travesías obligadas, etc. http://puebla-tehuacan.wexico.com/Puebla/Mapas/indexeng.html
Apoyo de las tecnologías de inf. • Computadoras de viaje • Toman datos referentes a su funcionamiento (velocidades, paros, régimen del motor, consumos de carburante, etc.), registrándose también todos los acontecimientos destacables. • Su análisis posterior permite procesar las informaciones necesarias para el conductor (horarios, nóminas, primas, etc.) como las necesarias para la gestión del vehículo (kilómetros recorridos, consumos de carburante, de aceite, costos de mantenimiento, planificación del mantenimiento preventivo, etc.).
Índices de desempeño En relación a los costos: • Pesos de costo/envío recibido • Pesos de costo/kilogramo facturado • Pesos de costo/kilogramo recibido Los índices del volumen de actividad : • Kilogramos facturados/kilogramos recibidos • Bultos/envío Kilogramos facturados/envío
6. Documentación Carta de porte • Representa los compromisos de un servicio de transporte entre cargador, porteador y destinatario. • CMRR se usa para transporte terrestre. • CIF, carta de porte ferroviario.
6. Documentación Carta de porte • Conocimiento de embarque (Bill of Lading), carta de porte marítimo. • Conocimiento aéreo. • Conocimiento multimodal, a futuro integrará a las demás.
http://200.69.207.164/encuestas/noticias/imagenes/Cambios%20en%20CP%20y%20Primarias.htmhttp://200.69.207.164/encuestas/noticias/imagenes/Cambios%20en%20CP%20y%20Primarias.htm
A) TRANSPORTE DE GRANOS: Modificaciones a la Res. Conjunta 335/2005 - 317/2005 y General 1880 Quienes podrán adquirir Cartas de Porte: - Los Productores de granos que se encuentren inscriptos como tales en la AFIP (Con códigos de Actividad de Producción en el CUIT). - Las Personas Físicas o Jurídicas que actúen en el comercio de granos como comerciantes, industriales o prestadores de servicios que se encuentren inscriptos con al menos una (1) Planta en la ONCCA. - Los Restantes Operadores del comercio de granos inscriptos en la ONCCA deberán respaldar el traslado de granos mediante Cartas de Porte emitidas por Productores o por las Personas Físicas o Jurídicas que se encuentren inscriptos en la ONCCA con al menos una (1) planta, consignando en el campo "Por Cuenta y Orden Nº 1" el nombre y CUIT del operador inscripto en la ONCCA que solicita el traslado. Lugar de confección: Se aclara que la Carta de Porte deberá ser confeccionada por el adquirente de la misma en el lugar de origen de la operación, una vez realizada la carga de granos, prohibiéndose su confección una vez llegado a destino. Queda prohibido el tránsito y la descarga de mercadería que no se encuentre respaldada por la Carta de Porte, o que la misma esté incompleta. Intransferibilidad: También se resalta que la Carta de Porte es intransferible, lo cual impide la cesión de la misma. Desvío de la carga: Se permitirá el desvío de la carga a un destino distinto al asentado en la documentación, completando la información solicitada en “Cambio de Destino” Copias: Se emitirán por quintuplicado. - Original: quedará en la instalación de destino de la mercadería y deberá conservarse por dos años. - Duplicado: será para el destinatario - Triplicado y Cuadruplicado: para el transportista, que deberá guardarlo por dos años. - Quintuplicado: quedará en poder del cargador / remitente (quien deberá ser el adquirente de las Cartas de Porte) quien deberá conservarlo por dos años. Código de autorización de Compra (CAC): A efectos de la utilización de las Cartas de Porte la AFIP suministrará el Código de autorización de Compra (CAC). También se informará en la misma la Fecha de Vencimiento. Información: Todos los operadores de granos deberán suministrar a la AFIP con carácter de Declaración Jurada las Cartas de Porte utilizadas, anuladas, extraviadas y vencidas. Datos previos a consignar por las entidades emisoras: Las Cartas de Porte deben contar con los siguientes datos, los que habrán previamente sido consignados por las entidades autorizadas a su emisión: Razón social y CUIT del usuario / Situación fiscal / Domicilio fiscal / Actividad / Número de inscripción ante la ONCAA / Número de planta Código de Autorización de Compra (CAC) / Fecha de vencimiento / Nombre entidad emisora. Sanciones por Incumplimiento: el incumplimiento a la presente norma conjunta será causal de exclusión del "Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos Legumbres Secas", establecido por la Resolución General Nº 1394 del 12 de diciembre de 2002 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y sus modificatorias y complementarias, como así también del Registro de Operadores de Granos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
http://www.intuitivetransport.com/Products/ITSQL/Shipments/ImportOcean/HBL.htmhttp://www.intuitivetransport.com/Products/ITSQL/Shipments/ImportOcean/HBL.htm
The Bill of Lading | BOL: U.S. to Mexico | E•Z Export: Canada Your bill of lading is an important document. It acts as a receipt for goods, a contract of carriage, and may act as a document of title (if order bill of lading). Take the time to fill out the bill of lading completely and correctly, since this will help ensure error-free delivery to your customer. A correct bill of lading also ensures an accurate invoice for you (if your company does not have its own bills of lading, you may purchase them from a local office supply dealer or call your local YRC terminal and inquire about obtaining some). http://www.yrc.com/shippers/guide_5.html
Incoterms • Definen trece tipos de contratos diferentes, que pueden modificarse parcialmente para cada negociación, mediante el uso de cláusulas adicionales. • Son revisados periódicamente para adaptarse a los cambios en los usos comerciales, técnicas y avances tecnológicos.
Grupos de Incoterms • Grupo E: (EX WORKS) El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en su propio establecimiento. • Grupo F: (FCA, FAS y FOB): El vendedor entrega las mercancías a un transportador designado por el comprador, sin asumir los costos de fletes y/o seguros . • Grupo C: (CFR, CIF, CPT y CIP): El vendedor contrata y paga el transporte hasta un destino designado, sin asumir los riesgos inherentes al transporte. • Grupo D: (DAF, DES, DEQ, DDU y DDP): El proveedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar las mercancías al lugar de destino designado.
EXWORKS • El proveedor se obliga a ubicar la mercancía a disposición del comprador en su propio establecimiento o en otro lugar convenido (p.e. fábrica, taller, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación, ni efectuar la carga en el vehículo receptor, concluyendo sus obligaciones comerciales en la puerta de la fábrica. • El comprador asume todos los gastos y riesgos desde cuando la mercancía es puesta a su disposición en el lugar convenido, debidamente empacada y embalada. • Este es el único INCOTERM en el que los trámites aduaneros de exportación en el país de origen corren por cuenta del comprador, pero el proeedor debe proveer los documentos necesarios para ello. • Existe la modalidad EXW CARGADO, en la que el vendedor entrega la mercancía cargada en el camión o medio de transporte enviado por el comprador.
FCA: FREE CARRIER / LIBRE TRANSPORTISTA - • Ciudad o lugar convenido de entrega de la mercancía. • El proveedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen y entrega la mercancía al transportador internacional contratado por el comprador. • En esta modalidad, el proveedor asume las obligaciones aduaneras y de carga y descarga de la mercancía en el lugar del embarque y su responsabilidad llega hasta la puerta del avión o del camión. • Este INCOTERM puede emplearse en cualquier modo de transporte. Este término debe ir acompañado por el nombre de la ciudad o lugar convenido para la entrega de la mercancía; por ejemplo, FCA Aeropuerto El Dorado (Bogotá).
FAS: FREE ALONGSIDESHIP / FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE - • Puerto de carga convenido para la entrega de la mercancía. • El vendedor entrega la mercancía al costado del buque en el puerto de embarque convenido y hasta allí llegan sus responsabilidades. • El comprador asume todos los costos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde este momento hasta recibirla. • Esta modalidad exige al vendedor realizar los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen y sólo aplica en transporte marítimo, fluvial o lacustre. • Este término debe ir acompañado por el nombre de la ciudad o lugar convenido para la entrega de la mercancía por ejemplo, FAS Buenaventura (Colombia).
FOB: FREE ONBOARD / FRANCO A BORDO - • Puerto de carga convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen, y carga la mercancía en el buque contratado por el comprador en el puerto de embarque convenido. • En esta modalidad, el vendedor asume las obligaciones aduaneras y de carga de la mercancía en el lugar del embarque. • Su responsabilidad llega hasta haber sobrepasado la borda del buque. Este INCOTERM se utiliza para negociaciones que involucran transporte marítimo, fluvial o lacustre. Este término debe ir acompañado por el nombre de la ciudad o del lugar convenido para la entrega de la mercancía; por ejemplo, FOB Buenaventura.
CFR: COST AND FREIGHT / COSTO Y FLETE - • Puerto de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen y asume el flete y costos necesarios para que la mercancía llegue al puerto de destino convenido, sin incluir el pago de los seguros. • El comprador asume el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía ha traspasado la borda del buque. • Igualmente, corren por cuenta del comprador los gastos de descarga en el puerto de destino. • Este INCOTERM debe ir seguido del nombre del puerto de destino escogido y sólo puede usarse en transporte marítimo; por ejemplo CFR Miami.
CIF: COST, INSURANCE AND FREIGHT / COSTE SEGURO Y FLETE - • Puerto de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen y contrata y paga el flete y el seguro hasta el puerto de destino convenido. • Este seguro es de "cobertura mínima" y, en caso de pérdida o deterioro de la mercancía, es el comprador, como asegurado, quién reclamará directamente a la compañía aseguradora. • Este INCOTERM sólo puede usarse para transporte marítmo, fluvial o lacustre y debe ir seguido del nombre del puerto de destino convenido; por ejemplo, CIF Rotterdam
CPT: CARRIAGEPAIDTO / TRANSPORTE PAGADO HASTA - • Lugar de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen y asume el flete, los gastos de exportación, el despacho aduanero y todos los costos necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, excepto los gastos del seguro. • De esta manera, el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, los gastos de descarga en el lugar de destino así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía haya sido entregada al transportador internacional, corren por cuenta del comprador. • El término CPT debe acompañarse del nombre del puerto de destino elegido y puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal; por ejemplo CPT Miami.
CIP: CARRIAGE AND INSURANCEPAIDTO / TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA • Lugar de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor paga los costos y fletes de transporte necesarios para hacer llegar la mercancía al punto de destino convenido, contrata el seguro con cobertura mínima y paga la prima correspondiente para cubrir la pérdida o daño de la mercancía durante el transporte. • El comprador asume el riesgo desde que la mercancía es entregada al transportador, aunque cualquier pérdida o deterioro de la mercancía es asumida por la aseguradora. • Este INCOTERM debe ir seguido del nombre del puerto de destino elegido y puede usarse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal; por ejemplo CPT Barcelona
DAF: DELIVER AT FRONTIER / ENTREGA EN FRONTERA • Lugar convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen, paga los fletes y seguros y entrega la mercancía en el punto y lugar convenidos de la frontera. • Este INCOTERM se usa para transporte terrestre, ferrocarril y carretera, porque si la entrega es en puerto, muelle o a bordo del buque deben usarse los términos DES o DEQ.
DES: DELIVERED EX SHIP / ENTREGA SOBRE BUQUE • Puerto de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen y entrega la mercancía a bordo del buque en el puerto de destino convenido, sin realizar los trámites de nacionalización en el país de destino. • El vendedor asume los costos y riesgos de transportar la mercancía hasta el puerto de destino (buque atracado y listo para descarga), pero no de la descarga. • Este INCOTERM se usa para transporte marítimo, fluvial o multimodal, si su último modo de transporte sea marítimo o fluvial. Este término debe ir acompañado por el nombre de la ciudad o lugar convenido para la entrega de la mercancía; por ejemplo DES Kobe (Japón).
DEQ: DELIVERED EX QUAY / ENTREGADA EN MUELLE • Puerto de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen, paga los fletes y seguros y entrega la mercancía en el puerto de destino convenido, realizando la descarga, los trámites de nacionalización y el pago de los aranceles, derechos y gravámenes de importación en el país de destino. • El vendedor asume los costos y riesgos de transportar la mercancía hasta el puerto de destino incluyendo la descarga en el muelle de destino. • Esta modalidad de INCOTERM suele usarse para transporte marítimo, fluvial o multimodal si su último modo de transporte sea marítimo o fluvial. Este término debe ir acompañado por el nombre de la ciudad o lugar convenido para la entrega de la mercancía; por ejemplo DEQ Barcelona (España) .
DDU: DELIVEREDDUTYUNPAID / ENTREGA DERECHOS NO PAGADOS • Lugar de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen, paga los fletes y seguros y entrega la mercancía en el puerto de destino una vez realizados los trámites de nacionalización en el país de destino, pero sin pagar los aranceles, derechos y gravámenes de importación. • El término DDU puede utilizarse en cualquier medio de transporte. Este término debe ir acompañado por el nombre de la ciudad o lugar convenido para la entrega de la mercancía; por ejemplo DDU Madrid (España).
DDP: DELIVEREDDUTYPAID / ENTREGA DERECHOS PAGADOS • Lugar de destino convenido para la entrega de la mercancía • El vendedor realiza los trámites aduaneros y de exportación en el país de origen, paga los fletes y seguros y entrega la mercancía en el punto de destino acordado, una vez realizados los trámites de nacionalización y pago de aranceles, derechos y gravámenes de importación. • El vendedor corre con todos los gastos y riesgos hasta el momento de la entrega de la mercancía, incluyendo el transporte desde el puerto en el país de destino hasta el lugar convenido con el comprador. • Puede utilizarse con independencia del medio de transporte elegido y debe ir acompañado con el nombre del lugar de destino elegido; por ejemplo DDP Bodega XLT - Beirut (Líbano).
Riesgos cubiertos • Incendio o explosión. • Que se encalle, vare, hunda o se vuelque el buque o embarcación. • Volamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre. • Colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier otra materia que no sea agua. • Descarga del cargamento en un puerto de refugio. • Terremoto, erupción volcánica o rayo. • Pérdida o daño a la materia asegurada causada por: • Sacrificio debido a una avería general. • Echazón o barrida por las olas. • Entrada de agua de mar, o río en el buque, embarcación, bodega o almacén. • Pérdida total de cualquier bulto caído al mar desde cubierta o que se caiga durante las operaciones de carga o de descarga del buque o embarcación. • Culpabilidad por colisión. Cláusula: ambos culpables por colisión.