1 / 30

CAJA DE SEGURO SOCIAL PANAMÁ

CAJA DE SEGURO SOCIAL PANAMÁ. Ascanio Alberola F. Introducción. Aspectos Legales. Sistemas de recaudación. Situación hasta el año 2005. Condición Financiera y Actuarial Evasión de los empleadores Pago de cuotas sobre salario.

sasilvia
Télécharger la présentation

CAJA DE SEGURO SOCIAL PANAMÁ

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. CAJA DE SEGURO SOCIALPANAMÁ Ascanio Alberola F.

  2. Introducción Aspectos Legales Sistemas de recaudación

  3. Situación hasta el año 2005 • Condición Financiera y Actuarial • Evasión de los empleadores • Pago de cuotas sobre salario. • Conflicto de aplicación del concepto salario y trabajador, entre el Código de Trabajo y la Ley Orgánica de la CSS.

  4. Trabajador. Toda persona natural, nacional o extranjera, que presta servicios remunerados en dinero o en especie, dentro de la República de Panamá, incluyendo sin limitación a los empleados, los independientes contribuyentes y no contribuyentes o informales.

  5. Trabajadores: Trabajador por cuenta AJENA Trabajador por cuenta PROPIA Independiente Contribuyente Independiente No Contribuyente Trabajador asalariado • Ingreso de B/.9,600 anuales o más, cotizarán: • A partir del 01/01/07 • Los de 35 años o menos • Por el 52% de sus ingresos. Ingreso de menos B/.9,600. Sólo se afiliaran cuando se reglamente su oficio.

  6. Concepto de Salario • Se entenderá como salario o sueldo toda remuneración sin excepción, en dinero o especie, que reciban los empleados de sus empleadores como retribución de sus servicios o con ocasión de estos.

  7. Desde el 1-07-2006 el 25%. • Desde el 1-07-2008 el 55%. • Desde el 1-07-2010 el 100% Reglamentado en Gaceta Oficial No. 25,493 Del 24 de febrero de 2006 Siempre que sean recurrentes y excedan el 25% de un mes de salario. Siempre que excedan el 50% de un mes de salario.

  8. Décimo tercer mes • El preaviso • Indemnización (por terminación de la relación laboral) • Participación en beneficios o utilidades • Dividendos • Gratificaciones o aguinaldos • Prima de antigüedad • Los viáticos • Las primas de producción Excepción de Salario

  9. Introducción Aspectos Legales Sistemas de recaudación

  10. Denuncia Penal-Civil QUIENES SON SUJETO DE DENUNCIA? Todo empleador que en el término de tres meses, luego de que surja la obligación de pagar, retenga y no remita las cuotas empleado-empleador a la Caja de Seguro Social o quien haya sido requerido por esta entidad e incumpla los convenios o acuerdos de pago suscritos con aquella, incurrirá en el delito de retención de cuotas empleado-empleador, y será sancionado con pena de prisión de 2 a 4 años. A sus representantes y demás sujetos obligados que, mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, evadan o de cualquier forma impidan la afiliación al Seguro Social de las personas obligadas a afiliarse. La sanción se aumentará de una sexta a una tercera parte al empleador, al representante legal o a quien, en una u otra forma, ordene al gerente, administrador o contador retener la entrega de cuotas. Lo dispuesto en este artículo, solo se aplicará cuando la suma evadida o retenida indebidamente supere los mil balboas (B/.1,000.00).

  11. JURISDICCIÓN COACTIVA Procesos por cobro coactivo. La Caja de Seguro Social tiene jurisdicción coactiva para el cobro de todas las sumas que deben ingresarle por cualquier concepto, incluidos las multas, los recargos e intereses hasta su fecha efectiva de cancelación. La jurisdicción coactiva corresponde al Director General, quien podrá delegarla en funcionarios de la Caja de Seguro Social con idoneidad para ejercer la abogacía. Es obligación del Director General iniciar los procesos por jurisdicción coactiva, cuando la mora en el pago de cuotas y de cualquiera otra obligación para con la Institución, sea de tres meses o más.

  12. SANCIONES • De B/. 100.00 a B/. 5,000.00 • Falta de inscripción y notificación • No se inscriba a sí mismo como empleador o no afilie a sus empleados. • No notifique el cese temporal o definitivo de operaciones. • No notifique la sustitución del empleador. • De B/. 300.00 a B/. 5,000.00 • Declaraciones falsas y subdeclaración. • Los empleadores que efectúen declaraciones falsas en l • Los empleadores que hagan subdeclaraciones • Los independientes contribuyentes que realicen declaraciones falsas en su declaración de renta en concepto de honorarios • De B/. 100.00 a B/. 25,000.00 • Negativa a suministrar información • De B/. 1,000.00 a B/. 25,000.00 • Simulación de actos jurídicos

  13. Criterios para la Imposición de Sanciones(multas de B/. 100.00 hasta B/. 25,000.00) • Los efectos económicos de la falta, • El monto de las sumas evadidas o dejadas de pagar, • El número de empleados afectados, en proporción al número total de trabajadores al servicio del empleador. • La gravedad de la falta, y • La reincidencia Nota: Las sanciones son: desde B/. 100.00 hasta B/. 25,000.00

  14. La mora en el pago de las cuotas mensuales • Recargos: • 2% durante los 10 primeros días de atraso • 5% durante los siguientes 10 días • 10% durante los siguientes 10 días • 15% después de 30 días de atraso • Intereses: • 1% por mes o fracción de mes para el sector privado (para el sector estatal se computan a partir de los treinta días posteriores al vencimiento de pago)

  15. LA MORA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PAGO DE CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS • “Artículo 15 (Ley 51): Obligación de publicar la lista de morosos. • La Caja de Seguro Social publicará, al menos cada seis meses, a través de medios de difusión nacional, la lista actualizada de los empleadores morosos con la Institución. En caso de error advertido por el presunto afectado, la Caja de Seguro Social deberá rectificar por los mismos medios, en caso de no hacerlo, responderá por la veracidad de los datos publicados” Publicaciones: Junio y diciembre

  16. Introducción Aspectos Legales Sistemas de Recaudación

  17. Uso de tecnología (ley 51) Artículo 17. Implementación de nuevos sistemas tecnológicos. La Dirección General de la Caja de Seguro Social deberá implementar los medios tecnológicos que respondan a sus intereses, con el fin de automatizar y hacer más eficiente su gestión, mediante el establecimiento de sistemas de declaración, de pago, de costos; de consultas de cuentas individuales, control y registro de pensionados, jubilados, empleadores y trabajadores; de archivo, control y registro de dependientes; de expedientes clínicos; de control y registro médico; de compras y adquisiciones de bienes y servicios, entre otros; así como la capacitación de su recurso humano en la utilización de dichos medios. Para estos efectos, reglamentará los mecanismos de implementación de estos sistemas.

  18. Modalidades de Pago Puntos de pago externos (supermercados y otros lugares autorizados) Pagos con bienes y especies BANCO Via Internet (Banca en Línea) Transferencias Bancarias C.S.S.

  19. BANCOS ctas Bancarias ca BD Operacional 1:00 PM 5:00 PM BNP Servicio ACH Directo

  20. Sistema de Ingresos y Prestaciones Económicas (SIPE)

  21. INSCRIPCIÓN INVESTIGACIÓN FACTURACIÓN - PLANILLA RECAUDACIÓN COBRO VÍA JUDICIAL COBRO DE LA MOROSIDAD ADMINISTRATIVA CICLO DE INGRESOS REGISTRO - CONTABILIDAD INGRESOS

  22. VISIÓN • Lograr la automatización de uno de los procesos críticos de la Caja de Seguro Social, como lo es el manejo de los ingresos, recaudación y administración de las prestaciones económicas que brinda la Institución; para dar respuesta a los compromisos adquiridos mediante la ley 51 de 27 de diciembre de 2005.

  23. OBJETIVOS ESPECÍFICOS • Implementar una reingeniería de procesos en las unidades de Ingresos, Recaudación y Prestaciones Económicas, con el propósito de garantizar una solución basada en framework que incluya un rediseño óptimo. • Integrar los procesos específicos cubiertos por la solución, sobre un conjunto de componentes informáticos o Framework especializado en Seguridad Social, que permita su rápida adecuación, para cumplir con las funcionalidades y procesos requeridos por el actual sistema panameño, como lo son: • Afiliación de empresas • Afiliación de asegurados • Declaración de cotizantes y facturación de cuotas • Recaudación • Control y gestión de Morosos

  24. Tramitación de Prestaciones económicas a corto plazo • Tramitación de Prestaciones económicas a largo plazo • Seguridad Ocupacional • Pago de prestaciones • Atención Central y en agencias • Fiscalización e interoperabilidad con el Sistema Contable residente en el Mainframe. • Automatizar los flujos de trabajo de los procesos relativos a los trámites de los módulos solicitados en el alcance de la contratación, basados en la capacidad del framework especializado de seguridad social, que permita ilustrar el estado del trámite y en qué etapa del proceso se encuentra. • Mejorar la calidad de las operaciones que se someten mediante la incorporación de controles en el punto de entrada de cada uno. • Minimizar el movimiento de documentos físicos a través de las distintas estaciones por donde fluye el proceso.

  25. METAS: • A favor de los asegurados • Reducir el tiempo de trámite de las prestaciones de corto plazo (incapacidad, maternidad) a 24 horas y las de largo plazo (Invalidez, vejez y muerte) a 30 días. • A favor de los empleadores • Brindarles las facilidades que les permita, desde la comodidad de sus oficinas, realizar las gestiones que sean pertinentes relacionadas con los procesos, entre otros, de declaración y pago de las cuotas mensuales.

  26. Otros Servicios y Sistemas • En Ejecución • Paz y Salvo Electrónico (marzo de 2007) • Proyectos • Carnetización (2009)

  27. Riesgo de Invalidez, Vejez y Muerte • 35 años o menos que opten por este. • Independiente Contribuyentes de 35 años o menos al 1/1/07 (Sólo al componente de ahorro) • Empleados: Arriba de B/500.00 • Menos aporte solidario. • Independiente: Total de la base de cotización Menos aporte solidario. Salario hasta B/.500.00

  28. PRINCIPIO DE AUTOMATICIDAD DE LAS PRESTACIONES EN SALUD • “Artículo 127 (Ley 51): Principio de automaticidad de las prestaciones en salud. • No podrán negarse a los asegurados cotizantes, las prestaciones de salud a que tuvieren derecho cuando el empleador se encuentre moroso en el pago de sus cuotas. En caso de mora, por más de un mes, la Caja de Seguro Social tendrá derecho a cobrar al empleador el valor íntegro de las prestaciones otorgadas hasta el momento en que la mora cese”

  29. GRACIAS Complejo Hospitalario Metropolitano – Caja de Seguro Social Ascanio Alberola F. E-mail: aalberola@css.org.pa

More Related