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Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Modificación artículo 37 Ley 19.300

Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Modificación artículo 37 Ley 19.300. CLASIFICACIÓN DE ESPECIES DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES SEGUN ESTADO DE CONSERVACIÓN. A mediados de la d é cada de 1960 se impulsa con mayor fuerza la clasificaci ó n de especies en estados de amenaza

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Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Modificación artículo 37 Ley 19.300

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  1. Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres Modificación artículo 37 Ley 19.300

  2. CLASIFICACIÓN DE ESPECIES DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES SEGUN ESTADO DE CONSERVACIÓN • A mediados de la década de 1960 se impulsa con mayor fuerza la clasificación de especies en estados de amenaza • En Chile, Carlos Muñoz-Pizarro, en su libro “Chile: Plantas Amenazadas de Extinción” (1973) entrega el primer listado de especie amenazadas para el país. • Para Fauna, Jürgen Rottmann (1974) entrega una primera lista de fauna amenazada (documento mimeografiado de CONAF) • En 1985 y 1987 reuniones de expertos organizadas por CONAF (libros rojos de vertebrados terrestres en 1988 y de flora en 1989). • Otras clasificaciones se generaron (consenso o sólo propuestas de investigadores). Destacan Boletín 47 del MNHN (1998). • En ausencia de un sistema oficial existía alta diversidad de propuestas (ej. 6 a 7 para anfibios), con diferencias en algunos casos.

  3. CLASIFICACIÓN DE ESPECIES DE FAUNA Y FLORA SILVESTRES SEGUN ESTADO DE CONSERVACIÓN Mandatado por el artículo 37 de la ley 19.300 General de Bases del Medio Ambiente. Existe un procedimiento normalizado y establecido a través del Decreto Nº 75 de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento de Clasificación de Especies Silvestres (RCE). Boehmeria excelsa Balaenoptera borealis

  4. Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres(DS Nº 75 de 2005 y modificación Ley 19.300 de 2010) La clasificación la realiza un Comité integrado por seis miembros de Servicios Públicos y seis académicos o científicos (además de un suplente para cada uno): 1 de Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA) 1 de Corporación Nacional Forestal (CONAF) 1 de Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) 1 de Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA) 1 de Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) 1 de Museo Nacional de Historia Natural (MNHN) 3 de la Academia Chilena de Ciencias 3 del Consejo de Rectores Alstroemeria garaventae

  5. Integrantes Comité de Clasificación: Sector Público

  6. Integrantes Comité de Clasificación: Sector Académico

  7. Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres • El procedimiento incorpora consulta pública en tres oportunidades: • Para la elaboración del listado de especies que se someterá a cada proceso de clasificación, • Para aportar información sobre las especies que serán clasificadas y, • Para evaluar y opinar sobre el resultado de la clasificación propuesta por el Comité. • Las especies que serán evaluadas (listado inicial) requieren ser aprobadas por el Consejo Directivo de CONAMA. • La propuesta de clasificación final la elabora el Comité de Clasificación luego de revisar lo aportado por la comunidad. • La propuesta final debe ser sometida a consideración del Consejo Directivo de CONAMA, y luego elevada a Decreto Supremo. • El Reglamento señala que en ausencia de clasificación de una especie por parte de este reglamento, se considerará válida la clasificación que la especie haya tenido anteriormente.

  8. Procedimiento de Clasificación Aprobación Consejo Directivo Conama invita a postular especies (máx. 2 meses) Elaboración de listado (consultando Serv. Públicos) Aprobación Consejo Directivo Publicación Decreto Supremo Publicación listado (INICIO del proceso) Comité Clasificación evaluación (máx. 3 meses) Propuesta FINAL del Comité Propuesta PRELIMINAR del Comité Revisión antecedentes (máx. 10 días) Publicación de la propuesta (1 mes en consulta) Plazo mínimo 6 meses desde INICIO del proceso hasta propuesta FINAL

  9. El 26 de enero de 2010 se publicó la Ley Nº 20.417, donde se modificó el artículo 37 de la Ley Nº 19.300. Artículo 37 de la Ley Nº 19.300 Artículo 37.- El reglamento fijará el procedimiento para clasificar las especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres, sobre la base de antecedentes científico-técnicos, y según su estado de conservación, en las categorías recomendadas para tales efectos por la Unión Mundial para la Conservación de la Naturaleza (UICN) u otro organismo internacional que dicte pautas en estas materias.

  10. Cambio en las categorías según estado de conservación VIGENTES (UICN) ANTERIORES Extinta En Peligro de Extinción Vulnerable Fuera de Peligro Rara Insuficientemente Conocida

  11. Consecuencias de la modificación • Sobre el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres: • Sobre los procesos en curso, • Sobre las especies ya clasificadas y, • Sobre otras normas que señalan categorías (Reglamento del SEIA, Ley de Caza, Ley de Bosque Nativo).

  12. Necesidad de modificar el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres. Ajuste de categorías de conservación a las usadas por UICN. Optimizar el procedimiento. Coincidencia con cambio de institucionalidad. Pronunciamiento del Departamento Jurídico de CONAMA: “el procedimiento sigue vigente, pero usando las nuevas categorías”. Efectos Sobre el Reglamento

  13. Historia de Procesos de Clasificación Primer proceso de clasificación: concluido en marzo de 2007 mediante Decreto Supremo Nº 151/2007 de MINSEGPRES (DO de 24/03/07), las primeras 33 especies clasificadas. Segundo proceso de clasificación: concluido en junio de 2008 mediante Decreto Supremo Nº 50/2008 de MINSEGPRES (DO de 30/06/08), con 71 especies clasificadas. Tercer proceso de clasificación: concluido en junio de 2008 mediante Decreto Supremo Nº 51/2008 de MINSEGPRES (DO de 30/06/08), con 61 especies clasificadas. Cuarto proceso de clasificación: concluido en mayo de 2009 mediante Decreto Supremo Nº 23/2009 de MINSEGPRES (DO de 07/05/09), con 133 especies clasificadas. Sephanoides fernandensis Caudiververa caudiververa Percichthys trucha Cephalorhynchus eutropia

  14. Sobre los procesos en curso al cambiar la Ley 19.300 (septiembre 2010) • Suspensión temporal del Quinto Proceso. • El resultado estaba aprobado por el Consejo de Ministros • El decreto de oficialización enviado a MINSEGPRES, fue devuelto. • Reunir de nuevo al Comité de Clasificación de Especies. • Aprobado nuevamente por Consejo Directivo • Elaboración y publicación Decreto Supremo (en trámite) • Suspensión temporal del Sexto Proceso. • La Resolución de la consulta pública tuvo que ser derogada. • Reunir de nuevo al Comité de Clasificación de Especies. • Resolución de consulta pública. • Publicación de propuesta preliminar de clasificación para Participación Ciudadana (9 julio - 9 de agosto 2010). • Evaluación por Consejo Directivo (en espera) • Séptimo proceso. • Elaboración de la lista de especies a ser propuestas. • Aprobado inicio por Consejo Directivo

  15. Plazo mínimo 6 meses desde INICIO del proceso hasta propuesta FINAL Proceso de Clasificación Aprobación Consejo Directivo Conama invita a postular especies (máx. 2 meses) Elaboración de listado (consultando Serv. Públicos) 5º Proceso 7º Proceso Aprobación Consejo Directivo Publicación Decreto Supremo Publicación listado (INICIO del proceso) Comité Clasificación evaluación (máx. 3 meses) 6º Proceso Propuesta FINAL del Comité Propuesta PRELIMINAR del Comité Revisión antecedentes (máx. 10 días) Publicación de la propuesta (1 mes en consulta)

  16. Resumen Especies en el QUINTO Proceso de Clasificación (RESULTADOS) 3 taxa se eliminan por considerarse con nombres NO válidos (2 plantas, 1 pez). 112 especies clasificadas Extinta (EX) 6 En Peligro Crítico (CR) 37 En Peligro (EN) 28 Vulnerable (VU) 30 Casi Amenazada (NT) 8 Preocupación Menor (LC) 2 Parte Vulnerable y Parte Preocupación Menor 1 115 especies ingresadas Alstroemeria kingii Gavilea kingii

  17. Propuesta definitiva QUINTO Proceso(1 de 5) Coprosma pyrifolia Chusquea fernandeziana

  18. Propuesta definitiva QUINTO Proceso (2 de 5) Pintoa chilensis Alstroemeria garaventae

  19. Propuesta definitiva QUINTO Proceso (3 de 5) Gunnera peltata Solanum fernandezianum

  20. Propuesta definitiva QUINTO Proceso (4 de 5) Spergularia masafuerana Maihuenia patagonica

  21. Propuesta definitiva QUINTO Proceso (5 de 5) Desmophyllum dianthus Lama guanicoe • En el caso de zorro culpeo (Pseudalopex culpaeus), el Comité de Clasificación excluyó de la categoría Fuera de Peligro a la subespecie Pseudalopex culpaeus lycoides (zorro culpeo de Tierra del Fuego), para la cual se conservará la categoría Vulnerable que le fue asignada en el Primer Proceso de Clasificación de Especies (DS N° 151/2007 MINSEGPRES, publicado el 24 de marzo de 2007)

  22. Resumen Especies propuestas para SEXTO Proceso de clasificación 1 Pez de aguas continentales 3 Cetáceos 9 Anfibios 69 PLANTAS 22 plantas suculentas (cactus y bromelias) 20 endémicas de Región de Atacama 10 orquídeas 8 helechos 9 otras (7 plantas de Paposo y 2 del Maule) Alstroemeria violacea 37 (54%) Herbáceas 10 (14%) Arbustivas 22 (32%) Suculentas (cactus) 0 ( 0%) Arbóreas 13 ANIMALES Bufo arunco

  23. Listado SEXTO Proceso (plantas) (1 de 4)

  24. Listado SEXTO Proceso (plantas) (2 de 4)

  25. Listado SEXTO Proceso (plantas) (3 de 4)

  26. Listado SEXTO Proceso (animales) (4 de 4)

  27. Resumen Especies propuestas para SÉPTIMO Proceso de clasificación 21 nuevas (1 Universidad La Serena, 20 de consultorías contratadas por CONAMA) 60 desde procesos de clasificación anteriores 10 Mamíferos (2 marsupiales, 6 carnívoros, 2 cetáceos) 1 Insecto 37 Gastrópodos 1 Ave 32 Anfibios 17 nuevas (1 Jardín Botánico Nacional , 5 Jardín Botánico U. Talca, 1 CONAF-CONAMA de los Ríos, 10 CONAMA Antofagasta) 15 desde procesos de clasificación anteriores 32 PLANTAS Ophioglossum fernandezianum 81 ANIMALES Amphidoxa quadrata

  28. Contáctenos en: • Charif Tala (ctala@mma.gob.cl) • Sofía Guerrero sguerrero@mma.gob.cl) • Leonora Rojas (lrojas@mma.gob.cl) • Reinaldo Avilés (raviles@mma.gob.cl) • Fono: 56 2 240 56 10

  29. GRACIAS ver www.mma.gob.cl

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