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CONCEPTO. FACULTAD DEL TITULAR DE LA ACCION PENALDE OMITIR SU EJERCICIOPOR RAZONES DE CONVENIENCIAACREDITADA LA EXISTENCIA DE LA CONDUCTA PUNIBLE.INDIVIDUALIZADO O IDENTIFICADO SU AUTOR. NORMATIVIDAD. C?DIGO DE PROCESIMIENTO PENAL (Ley 906 de 2004. T?tulo V (arts. 321-330)LEY 1312 DE 200
E N D
1. CAPITULO TERCEROPRINCIPIO DE OPORTUNIDADSegunda Parte e
Margarita Rosa Corts Velasco
2. CONCEPTO FACULTAD DEL TITULAR DE LA ACCION PENAL
DE OMITIR SU EJERCICIO
POR RAZONES DE CONVENIENCIA
ACREDITADA LA EXISTENCIA DE LA CONDUCTA PUNIBLE.
INDIVIDUALIZADO O IDENTIFICADO SU AUTOR
3. NORMATIVIDAD
CDIGO DE PROCESIMIENTO PENAL (Ley 906 de 2004. Ttulo V (arts. 321-330)
LEY 1312 DE 2009
RESOLLUCIONES DE LA FISCALA GENERAL DE LA NACIN:
6657 DEL 30 DIC. DE 2004
6658 DEL 30 DE DIC. DE 2004
3884 DEL 27 DE JULIO DE 2009
SENTENCIA CORTE CONSTITUCIONAL C-095/07
Demanda art. 324 causales4,5,6,9,11,12,15 y 16
4. ESTADO DEL ARTE
Arduos debates, inclusin cdigo de procedimiento penal.
Importante herramienta alternativa para :
Solucionar conflictos de poca monta.
Impulsar justicia restaurativa.
Reconstruccin del tejido social,
Evitar penas innecesarias .
Lograr la colaboracin de personas involucradas.
5. Estado del Arte (Continuacin) Hasta ahora no se ha aplicado en la forma esperada.
Ley 1312 de 2009 trata de impulsar su aplicacin y fomentar su desarrollo.
Fiscala General de la Nacin jornada de capacitacin y sensibilizacin para buscar la verdadera aplicacin de la figura.
6. TRMITE ADECUADO CNOCIMIENTO DEL CASO
PROCEDENCIA DE LA CAUSAL
MODALIDAD DE APLICACIN
PROTECCIN DE LAS VCTIMAS
COMPETENCIA Y TRMITE INTERNO
AUDIENCIA DE LEGALIZACIN
7. Adecuado conocimiento del caso
Determinacin de la ocurrencia de la conducta.
Sustentacin de los presupuestos fcticos.
Mnimo de prueba : autora o participacin.
8. PROCEDENCIA DE LA CAUSAL FINALIDAD DE LAS CAUSALES:
Indemnizacin integral de las vctimas
Evitar pruebas innecesarias y desproporcionadas.
Colaboracin con la justicia.
9. MODALIDADES SUSPENSIN
- Prepara la renuncia
INTERRUPCIN-
-Prepara la renuncia
RENUNCIA
-Abandona la accin penal
CONTROL JURISDICCIONAL-
10. PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LAS VCTIMAS Calidad de vctima
Participacin en el proceso
Relacin con todas las causales
Armonizacin de sus derechos
11. COMPETENCIA I. Delitos sancionados con pena superior a 6 aos de prisin: (Salvo causales 2-3-4-8).
(i) Delitos de competencia de las Unidades Nacionales: Coordinador Unidad delegada ante la Corte.
(ii)Competencia dems unidades: Coordinador Unidad delegada ante el Tribunal.
(iii) Delegacin Especial : Fiscal del caso
12. COMPETENCIA - continuacin
II-Causales 2-3-4- y 8 independiente de la pena.
Fiscal General
Superior a 6 aos
Inferior a 6 aos ( causales 2,3,4.8)
III Sancionados con pena inferior a 6 aos (salvo 2-3-4-8). Fiscal del caso
IV-Casos de conexidad.
13. TRMITE INTERNO Orden de aplicacin
Contenido de la orden
Solicitud de la audiencia de control
Contenido de la solicitud
Audiencia de control
14. AUDIENCIA DE LEGALIDAD TRMINO PARA LA REALIZACION
INTERVINIENTES
PRESENTACIN DEL CASO
DECISIN JUDICIAL
15. CAUSALES. Causal 1
Art. 324 .1 c. p. p. modificado art. 2 Ley 1312/09
Problemas Jurdicos
Extremo mximo no supere los 6 aos de prisin.
Primera Tesis: Cualquier delito
Segunda Tesis: Solo con pena inferior a 6 aos de prisin
16. Causal 1Continuacin Que se indemnice totalmente a la vctima.
Concepto de vctima
Alcance de la indemnizacin integral
Irrisoria aceptacin de la vctima ( T-1062/02)
Vctima desconocida (Ley 1312/09)
Pretensin desproporcionada (C-209/07)
17. Causal 2 Art. 324 .2 c. p.p.
Problemas Jurdicos:
Figura jurdica de la extradicin
(Concepto-trmite-restricciones-fase de la extradicin).
La misma conducta
18. CAUSAL 3 Art. 324 .3 c. p.p.
Problemas Jurdicos:
(i) Sentencia condenatoria por delito distinto
(ii)Persona entregada en extradicin
(iii)Pena impuesta en el exterior, cuantitativa y cualitativamente ms importante
19. CAUSAL 4 Art. 324.4 c. p. p modificado por art.2 Ley 1312/09
Problemas jurdicos:
(i)Balance de intereses
(ii)Eventos que consagra (
(iii) Anlisis Corte Constitucional (C-095/07)
(iv) Vctima frente a esta causal
20. CAUSAL5 Art. 324.5 c. p. p.
PROBLEMAS JURIDICOS
Concepto de testigo de cargo
Pronostico sobre la eficacia
Evaluacin previa de credibilidad
Posibilidad de corroboracin- Art. 404 c. p.p. (Sentencia C-095/07).
21. CAUSAL5 Continuacin (ii) Concepto de inmunidad
Formas bsicas:
De uso-Imposibilidad de utilizar datos
Derivativa-No utilizacin de la prueba
Transaccional-No peticin de condena
22. Causal 6 Problemas Jurdicos
(i) Conductas culposas
(ii) Dao fsico o moral del imputado.
( gravedad y demostracin).
(iii) Desproporcin ( gravedad del injusto y grado de culpabilidad)
23. CAUSAL 6 Artculo 324.6 c. p. p. Art.2 Ley 1312/09
Problemas Jurdicos
(i) Conductas culposas
(ii) Dao fsico o moral del imputado (gravedad-demostracin)
(iii) Desproporcin
24. CAUSAL 7 Art.324.7 c. p. p. armona art. 518 c. p. p.
Problemas jurdicos:
(i)Delitos por los cuales procede (monto de la pena y bien jurdico)
(ii) Justicia Restaurativa ( C-979/05)
(iii) Criterio para la imposicin de las obligaciones.
25. CAUSAL 7 (Continuacin) (iv) Diferencias con la causal 1.
-Frente al delito
-Frente a la participacin de la vctima
-Frente a las medidas alternativas.
26. CAUSAL8 Art. 324.8 c. p. p.
Problemas Jurdicos:
(i) Riesgo o amenaza grave a la seguridad del Estado.
(ii) Relacin entre el riesgo y la accin penal.
27. CAUSAL 9A
Art. 324.9 c. p.p.
Problemas Jurdicos
(i) Delitos por los que procede.
(ii) Afectacin poco significativa del bien jurdico.
Sancin disciplinaria y reproche institucional4. 9 c.p.
28. CAUSAL10 Art. 324.10 c. p.p. (C-095/07)
PROBLEMAS JURIDICOS
(I).Delitos contra el patrimonio econmico
(ii)Objeto material en alto grado de deterioro.
(iii) Costosa persecucin penal y reducido beneficio.
TEMAS ESPECFICOS:
(I) Archivo, preclusin o principio de oportunidad
(ii)La vctima.
29. CAUSAL 10Continuacin TEMAS ESPECFICOS:
(I) Archivo, preclusin o principio de oportunidad
(ii)La vctima.
30. CAUSAL 11 Artculo 324.11 c. p
PROBLEMAS JURIDICOS:
(i) Imputacin subjetiva culposa
(ii) Mermada significacin jurdica y social.
31. CAUSAL12 ARTE. 324.12 C.P.P.
PROBLEMAS JURDICOS:
(i) Juicio de reproche de la culpabilidad.
(ii)Fundamentos de la culpabilidad disminuida.
(iii) Evidencia del requisito esencial de la causal.
32. CUASAL 12(Continuacin) (i) El Juicio de reproche de la culpabilidad.
Elementos de la culpabilidad:
Exigibilidad de comportamiento ajustado a derecho.
Capacidad de comprensin del injusto y determinacin.
Conciencia actual o actualizable de la antijuridicidad.
33. CAUSAL 12(Continuacin) (ii) Fundamento de la culpabilidad disminuida
Algunos eventos normativos:
Art. 55 C.P. Circunstancias de menor punibilidad (numerales 3 y 8).
Art. 56 c. p. Situaciones de marginalidad, ignorancia o pobreza extrema.
Art.57 c. p. Estado de ira o intenso dolor.
34. CAUSAL 12(Continuacin) Art. 327.12 c.p.p
(iii) Evidencias del requisito esencial de la causal.
Adecuado conocimiento del caso.
Proteccin a la presuncin de inocencia.
35. CAUSAL13 Art. 324.13 c. p .p.
PROBLEMAS JURDICOS:
(i) Concepto de bien jurdico colectivo
(ii) Afectacin mnima de bienes jurdicos colectivos.
(iii) Reparacin integral
(iv) Garanta de no repeticin.
36. CAUSAL 13(Continuacin) (i) Concepto de bien jurdico colectivo:
Conceptual, fctica y jurdicamente es imposible dividirlo en partes y otorgarla a los individuo.
Bien NO DISTRIBUTIVO.
37. CAUSAL 13 (Continuacin) (ii) Afectacin mnima del bien jurdico.
Delitos de peligro abstracto:
Delitos contra la salud pblica
Delitos contra los recursos naturales.
Efecto acumulativo.
38. CAUSAL 13(Continuacin) (iii) Indemnizacin integral.
Ejemplo: En un delito contra el medio ambiente:
Proceso de descontaminacin.
Actividades que contribuyan al mejoramiento del medio ambiente.
Resarcimiento del dao a las personas directamente perjudicadas.
39. CAUSAL 13(Continuacin) (iv) Garanta de no repeticin
Debe inferirse de las circunstancias que rodearon la conducta.
Puede derivarse de las consecuencias negativas que sufre el autor.
Puede acudirse a la aplicacin de la suspensin.
40. CAUSAL14 Art. 327.14 c. p. p. Ley 1312 de 2009 ( 095/07)
PROBLEMAS JURDICOS:
La persecucin penal como causa del problema social.
El juicio de ponderacin sobre los costos sociales de la judicializacin.
La pluralidad de sujetos activos.
Prohibicin de aplicar la causal a determinadores y financiadores del delito
(v) Soluciones alternativas para atender a las vctimas
41. Causal 14(Continuacin) (i) La persecucin penal como causa del problema social.
Ejemplo de asonada por integrantes de la comunidad frente a un problema social).
Soluciones alternativas para la atencin de las vctimas.
42. Causal 14(Continuacin) (ii) Juicio de ponderacin sobre los costos sociales de la judicializacin.
Sopesar la importancia del principio de legalidad frente a la necesidad de recuperar el tejido social.
Importante carga argumentativa para justificar el sacrificio de la accin penal.
43. Causal 14(Continuacin) (iii) Pluralidad del sujeto activo.
Las conductas punibles ejecutadas ejecutadas por un nmero de personas, que la investigacin pueda generar mayor malestar social que solucin al problema.
44. Causal 14(continuacin) (iv) Prohibicin para cabecillas, organizadores, promotores.
Abarca la prohibicin a las personas que decidan asumir la defensa del orden legal a partir del uso de las armas.
Delitos como el concierto para delinquir deben ser condenados muy drsticamente.
(Sentencia C.095/07)
45. Causal 14Continuacin (v) Soluciones alternativas para la reparacin de las vctimas.
Justicia Restaurativa:
Mediacin
Conciliacin extraprocesal
Reparacin integral
46. CAUSAL 15 Modificacin art. Ley 1312/09 (antigua causal 17)
PROBLEMAS JURDICOS:
El concepto de exceso en la justificacin.
El exceso se deriva de la desproporcin.
Un menor valor jurdico y social explicable en la culpabilidad.
47. CAUSAL16 Ley 1312 de 2009 (Nueva causal)
PROBLEMAS JURDICOS:
(i) Delitos por los cuales procede.
(ii) Entrega de bienes al Fondo de Reparacin de las vctimas.
(iii)Prohibicin de aplicarlos a jefes, cabecillas, determinadores, organizadores o directores de la respectiva organizacin.
48. Causal 16Continuacin (i) Delitos por los que procede:
Unicamente por TESTAFERRATO
Solo en los eventos del inciso primero del artculo 326 del cdigo penal.
49. Causal 16 (Continuacin) (ii) Entrega de bienes al Fondo de Reparacin de las vctimas.
Creacin del fondo: Art.54 de la Leyn975 de 2005.
Regulacin: Decreto 4670 de 2005.Art.17.
Reglamentacin interna: Acuerdo 018 /06- Accin Social de la Presidencia de la Repblica.
50. Causal 16(Continuacin) (iii) Prohibiciones especficas.
Jefes, Cabecillas, determinadores, organizadores, promotores, directores de la respectiva organizacin.
Propsito, desmantelar la banda, quitarle los bienes conseguidos.
Quien hace entrega debe ser un subalterno de la banda.
51. CAUSAL17 Ley 1312 de 2009
Antecedentes:
Justicia transicional: Marco de Justicia y Paz.
Sentencia c-873 de 2003. Necesidad de herramientas legales para desmovilizacin de grupos al margen de la ley.
Indebida asimilacin entre delitos comunes y polticos en artculo 71 Ley 975 de 2005.
52. Causal 17(Continuacin) PROBLEMAS JURDICOS
(i) Calidad de desmovilizado.
(ii) Reintegracin a la sociedad.
(iii) No postulacin a los beneficios de la ley 975
(iv) Los delitos imputados.
(v) Declaracin juramentada
(vi)Trmite
53. Causal 17(Continuacin) (i) Calidad de desmovilizado.
Personas que se acogieron a las leyes /35/84,
77/89 y 104/93-Beneficios jurdicos para
quienes voluntariamente se desmovilicen en
el marco del proceso de paz.
54. Causal 17 (Continuacin) (ii) Reintegracin a la sociedad.
Obligacin de buen comportamiento
Ejecucin de los proyectos
Control Ministerio del Interior y de j
Justicia.
Expedicin de certificado.
55. Causal 17(Continuacin) (iii) No postulacin a beneficios de la Ley 975/05
Hacer viable la justicia transicional
Buscar la desmovilizacin de grupos armados al margen de la ley.-
No aplicacin ley de justicia y paz.
56. Causal 17(Continuacin) (iv) Inexistencia de otras investigaciones
Salvo
: Pertenencia a la organizacin criminal.
, Utilizacin ilegal de uniformes e insignias.
Porte ilegal de armas.
57. Causal 17(Continuacin) (v) Declaracin juramentada.
No haber cometido delito diferente
El acta no tiene ningn requisito especial
(vi) Trmite de la audiencia
Individual o colectiva.
58. MOMENTO PROCESAL PARA SU APLICACIN DIFERENTES OPINIONES:
(i) ANTES DE LA IMPUTACIN:
Puede aplicarse en etapa de indagacin (Memorando 062 de 11 julio de 2005)
Lo importante es que se cumpla el requisito mnimo de prueba. (Alejandro Garzn y Csar A. Londoo)
Eventualmente , antes de la imputacin (
Daro Bazani?)
59. MOMENTO PROCESAL(Continuacin) (ii) Eventualmente antes de la imputacin .
Nunca durante el juicio . (Gmez Pavajeau).
Desde la noticia criminal hasta antes de la ejecutoria del fallo de condena .(Manual de procedimiento de la fiscala).
Salvo las excepciones del art.324.5.6.7.8.( c-209/07)
60. REGULACIN DE LAS FASES (I) CARCTER REGLADO DEL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD.
Controles materializados en:
Consagracin de causales especficas y taxativas.
Centralizacin al interior de la F.G. de la N. cuando la pena sea superiora 6 aos.
Control judicial ,automtico, obligatorio, formal y material
61. (ii)Alcance de los requisitos legales Art.327 c. p. p
No compromiso de la presuncin de inocencia.
Mnimo de prueba de la autora y participacin.
Art. 287 Formulacin de imputacin
Elementos materiales probatorios, evidencias fsicas, informacin legalmente obtenida-Inferencia razonable sobre autora y participacin.
Artculos 308-Medida de aseguramiento
Artculo 347-Insopeccin corporal
Artculo 349-toma de muestras
62. Requisitos diferenciables
(i) IMPUTACIN MATERIAL: Evidencias: Inferencia sobre autora o participacin.
(ii) IMPUTACIN FORMAL: Comunicacin de los cargos o formulacin de imputacin.
63. Cul de las dos se requiere para el principio de oportunidad? BASTA CON LA IMPUTACIN MATERIAL:
Lmites impuestos por la Constitucin- Art. 250
-Casos establecidos en la ley
-Marco de la poltica criminal
-Control de legalidad
64. Continuacin Lmites legales
Art. 327 c. p. p. Nivel de conocimiento intermedio (Prohbe si no existen los medios de conocimiento pero no ms all de la sentencia)
Art. 175 c. p. p. Duracin del procedimiento
-Solo durante la investigacin-o-
-Una de las decisiones para finalizar la etapa de investigacin.
65. Alcance del artculo 324 c. p.p. 1 Interpretacin:
Diferencia de trminos-imputado-acusado-persona- no tiene que ver con la fase.
Si regula la fase de la actuacin:
2 Interpretacin:
Existe limitacin para aplicarla--Antes de la etapa de investigacin: Causales 4-5-6-7.
No existe limitacin para las fases restantes.
66. CONCLUSIONES (I) Prima la imputacin material sobre la imputacin formal.
(ii) El artculo 175 c. p.p.no limita la aplicacin a una determinada fase.
(iii) La Constitucin Poltica no limita la aplicacin a ninguna fase.
(iv) Cuando el artculo 324 c. p. p utiliza el trmino imputado o acusado no determina la fase de aplicacin.
67.
MUCHAS
GRACIAS