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CAPITULO XI –TITULO. REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO “AMAZONAS-YURIMAGUAS ”. DERECHOS,DEBERES , ESTIMULOS Y PROTECCION A LOS ESTUDIANTES DEL IESTPAY. ART.127º Los Derechos que le asisten al estudiante de este Instituto son los siguientes:.
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CAPITULO XI –TITULO REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO “AMAZONAS-YURIMAGUAS”
DERECHOS,DEBERES , ESTIMULOS Y PROTECCION A LOS ESTUDIANTES DEL IESTPAY
ART.127º Los Derechos que le asisten al estudiante de este Instituto son los siguientes: • Recibir una formación profesional integral … • Ser escuchados por las autoridades del Instituto, en lo que respecta a sus inquietudes y sugerencias. • Formar asociaciones de índole cultural, deportivas y ecológicas y evitar cualquier otra que no guarde armonía con los fines y objetivos del Instituto y de la Superioridad. • Ser tratado con dignidad, respeto, sin discriminación alguna y ser informado por las disposiciones emanadas de la Dirección del Instituto y de la Superioridad.
e. Recibir una Formación Técnica Integral concordante con el Perfil Profesional y un currículo flexible conforme al avance de la ciencia y la tecnología. f. Recibir apoyo con los servicios educativos básicos, como: Biblioteca, computadora, laboratorio, taller, campo, herramientas agrícolas, equipos, agua y luz. g. Recibir información oportuna de los logros de evaluaciones de aprendizaje de proceso, de las Unidades académicas y de los módulos. h. Participar en la planificación y ejecución directa de proyectos y actividades a favor del IESTPAY.
Gozar de atención del tópico en Primeros auxilios. Si el caso es de gravedad conducirlo al Hospital más cercano para su pronta atención y tratamiento. j. Recibir asesoramiento y consejería por profesionales que laboran en el Instituto, previa designación de la Dirección General.
Art.128º Son deberes y obligaciones del estudiante del IESTPAY: a. Cumplir las disposiciones del presente Reglamento . • Participar en forma responsable en su formación Profesional Técnica. • Contribuir al mantenimiento y conservación de los ambientes, instalaciones, bienes, enseres del Instituto. • Cultivar y practicar buenas relaciones interpersonales, contribuyendo a fomentar un clima Institucional propicio.
e. Portar su carné de estudiante, a fin de acreditarse como tal ante las Autoridades civiles y militares. f. Demostrar convicción al estudio , así como habilidades y destrezas para la carrera Profesional que ha elegido, superándose permanentemente en su rendimiento académico. g. Demostrar un comportamiento idóneo dentro o fuera del Instituto. h. Responsabilizarse económicamente del deterioro o pérdida en su poder de cualquier bien o enseres de la Institución.
i. Asistir puntualmente de acuerdo al horario de clase. j. Justificar las inasistencias a clase, por sus padres o tutores con documentos legales. k. Usar obligatoriamente el Uniforme con los colores y características respectivas(falda azul marino hasta la rodilla y blusa blanca tipo sport) (pantalón azul marino y camisa blanca). l. Participar obligatoriamente en los diferentes trabajos de campo programadas por la Dirección del Instituto.
m. Participar con responsabilidad y lealtad en las actividades deportivas, artísticas, culturales y en ceremonias de carácter Cívico- patriótico. n. Asistir a asambleas y/o reuniones de coordinación convocadas por la Dirección, manteniendo cordura. o. Abonar puntualmente sus cuotas por concepto de matrícula, evaluaciones, cargos, repitencia, extraordinaria, convalidaciones y otros conceptos aprobados por la Dirección, SEGÚN CRONOGRAMA.
P. Debe mantener el respeto mutuo alumno –docente; -alumno dentro y fuera del Instituto.
DE LOS ESTIMULOSArt.129º Los estímulos a que se hacen acreedores los estudiantes de este Instituto son: • Diplomas, premios, constancias, certificados ,resoluciones y media beca en la matrícula, cuando sobresalgan en acciones extraordinarias que exalten el nombre del Instituto tanto en actividades internas como externas. • Son acciones extraordinarias aquellas que destacan en actividades de orden cultural, deportiva, artística, competencias, ya sea en el nivel local, Provincial, Regional y Nacional.
c. El alumno que sufra algún tipo de accidente durante actividades programadas por la institución, será cubierto en parte los gastos por la Institución.
CAPITULO XII-TITULO VIINFRACCIONES Y SANCIONES A LOS ESTUDIANTES Art.130º Se considera infracciones: • Intervenir en actividades política – partidaria, organizar movimientos que alteren el normal funcionamiento de clases dentro del Instituto. • Fomentar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres que atentan contra la salud física y mental de los alumnos y de los trabajadores, (burlas , caricaturas, pintar las paredes de los baños con palabras obscenas, etc.
c. Usar el nombre del Instituto en actividades de interés personal o de grupo sin autorización de la Dirección. d. Fomentar actos que perturben el normal desenvolvimiento de las actividades educativas y administrativas.(Toma del Instituto, suspensión de clases sin autorización de la Dirección). e. Ocasionar perjuicios, hurtos a la propiedad del Instituto, de sus compañeros de especialidad. f. Causar daño físico o moral a las personas que laboran o estudian en este Instituto.
g. Emitir juicios injuriosos sobre sus compañeros, administrativos, docentes, jerárquicos y Director del Instituto. h. Introducir, difundir propaganda de índole político-partidarista. i. Convocar a reuniones de cualquier naturaleza sin autorización de la Dirección. j. Introducir, comercializar y consumir drogas o bebidas alcoholicas.
k. Fomentar y practicar el juego de azar con fines lucrativos, dentro de las instalaciones del Instituto. l. Evadirse de las horas de clase. m. Faltar frecuentemente a clases. • Asistir a clase con vestido impúdico y sin el uniforme adecuado. • Asistir a bares, discotecas, fiestas populares y lugares indecorosos con el uniforme del IESTPAY.
Art. 131º Las sanciones • Amonestación verbal, excepto en el caso del inciso d) del Articulo anterior. • Amonestación escrita con copia a la autoridad inmediata superior (Docente-consejería-Jefatura- Unidad Académica- Dirección General) • Suspensión de dos (02) días como mínimo y treinta (30) días como máximo, según la gravedad del caso ( CONSEJO INSTITUCIONAL).
Art.132º En la aplicación de la sanción se evitará la humillación al estudiante y se brindará la orientación correspondiente para su recuperación. • La sanción será sugerida por la comisión disciplinaria. Siendo: leve, grave y muy grave según sea el caso. Para ser refrendado con Resolución Directoral. • Art.133º La aplicación de una sanción implica que la falta ha sido debidamente comprobada y dialogado por el CONCEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL en coordinación general en última instancia.
MUCHAS GRACIAS Lic.Educ.Irma López Chumbe