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Terminación de las relaciones laborales

Terminación de las relaciones laborales. INTRODUCCIÓN. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

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Terminación de las relaciones laborales

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Presentation Transcript


  1. Terminación de las relaciones laborales

  2. INTRODUCCIÓN • Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario. • Para formalizar la contratación de personal, es necesario contar con un contrato de trabajo apegado a la Ley Federal de Trabajo en el cual se establecen los artículos necesarios para identificar los derechos y obligaciones del patrón y del trabajador. • La relación de trabajo puede ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulación expresa, la relación será por tiempo indeterminado. • Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, del as indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé. • Los convenios o liquidaciones, para ser validados deberán hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los trabajadores comprendidos en él. Será ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de derechos de los trabajadores.

  3. Contenido del contrato de trabajo • Art. 25 de la LFT. Lo constituye el escrito en que consten las relaciones de trabajo que deberán contener los siguientes datos que la propia norma laboral exige: * Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio del trabajador y del patrón. * Si la relación del trabajador es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado. * El servicio o servicios que deban prestarse, los que se determinaran con la mayor precisión posible. * El lugar o lugares donde deba de prestarse el trabajo. * La duración de la jornada. * La forma y el monto del salario. * El día y el lugar de pago del salario. * La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Trabajo. * Otras condiciones de trabajo, tales como el día de descanso, las vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.

  4. Causas de suspensión de la relación de trabajo • Art. 42 de la LFT. Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón: • La enfermedad contagiosa del trabajador; • La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo; • La prisión preventiva del trabajador seguida de una sentencia absolutoria. • El arresto del trabajador; • El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5º. de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31 fracción III, de la misma Constitución. • La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Junta de Conciliación, Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. Comisión Nacional para la participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes; y • La falta de los documentos que exijan las leyes y reglamentos necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador.

  5. Causas de terminación de la relación de trabajo • Art. 46 de la LFT. El trabajador o patrón podrán rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causas justificadas, sin incurrir en responsabilidad. • Art. 47 de la LFT. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón: • Engañarlo el trabajador o, en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificado falso o referencias en los que se atribuya al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efectos después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador. • Incurrir el trabajador, durante sus labores, en falta de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocación o que obre en defensa propia. • Cometer el trabajador en contra de alguno de sus compañeros cualquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeñe el trabajo. • Cometer el trabajador fuera de servicio, contra el patrón, sus familiares o personal directivo o administrativo, alguno de los actos a que se refiere la fracción II, si son de manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo. • Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.

  6. Ocasionar el trabajador los perjuicios de que habla la fracción anterior siempre y cuando sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la causa única del perjuicio. • Comprometer al trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentran en él. • Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo. • Revelar el trabajador los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa. • Tener el trabajador más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada. • Desobedecer el trabajador al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado. • Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades. • Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez, o bajo la influencia de algún tipo de narcótico o droga enervante, salvo en este último caso, exista prescripción por el médico. • La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisión, que le impida el cumplimiento de la relación de trabajo; y • Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera grave y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.

  7. Art. 53 de la LFT. Son causas de terminación de las relaciones de trabajo: • El mutuo consentimiento de las partes; • La muerte del trabajador; • La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital; • La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo, y • Los casos que se refiere el artículo 434.

  8. Importancia de la entrevista de salida • Una vez que un empleado, toma la decisión de abandonar nuestra organización, es muy complicado conseguir retenerlo, más aun cuando tiene otra oferta de otra empresa que le ofrece aquello, que le motiva a dejarnos, por no cubrir sus necesidades actuales. • Para poder conocer las razones que impulsan a los trabajadores a causar baja voluntaria y dejarnos para comenzar una nueva etapa profesional, es fundamental tener establecida, una buena entrevista de salida, para poder recoger información, que nos va a permitir realizar un estudio objetivo, de las razones principales, por las que nos dejan nuestros trabajadores.

  9. Las entrevistas de salida se pueden hacer de dos formas principales: 1.-Reunión entre el trabajador y el departamento de recursos humanos para realizar una entrevista guiada sobre los diferentes aspectos. 2.- Entrevista en formato papel o telemático a rellenar por el trabajador que decide causar baja voluntaria.

  10. Apartados a incluir en una entrevista de salida: • Motivos principales por los que nos deja. • Conseguir su opinión sobre la gestión de la empresa y en caso de ser negativa que cosas mejoraría. • Relación con su superior directo y con sus compañeros. • Valoración de las diferentes políticas (salario, incentivos, formación, carrera profesional, comunicación, reconocimiento de su labor, acogida, evaluación del desempeño, promoción interna, etc.). • Cosas a mejorar según su punto de vista.

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