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Julio Mendoza García UNE Enrique Guzmán y V. – La Cantuta SUDUNE

ENCINAS 2012 IV CONGRESO INTERNACIONAL DE EDUCACIÓN IDEAS FUERZA EN LA NUEVA LEY DEL PROFESOR PROPUESTA DEL SUTEP. Julio Mendoza García UNE Enrique Guzmán y V. – La Cantuta SUDUNE. UNIDAD DEL MAGISTERIO PERUANO. Una sola Ley Una sola formación Una sola Carrera

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Julio Mendoza García UNE Enrique Guzmán y V. – La Cantuta SUDUNE

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  1. ENCINAS 2012IV CONGRESO INTERNACIONAL DE EDUCACIÓNIDEAS FUERZA EN LA NUEVA LEY DEL PROFESOR PROPUESTA DEL SUTEP Julio Mendoza García UNE Enrique Guzmán y V. – La Cantuta SUDUNE

  2. UNIDAD DEL MAGISTERIO PERUANO • Una sola Ley • Una sola formación • Una sola Carrera • Un solo sistema de remuneración • Un solo sistema de evaluación • Un solo estatus profesional

  3. LEY PARA EL DESARROLLO DEL PROFESOR • La ley del Profesor debe ser para garantizar el desarrollo integral del profesorado como normaba la 24029-25212, en gran parte. • No, como la 29062, dada para: “Derrotar al SUTEP”, aplicar austeridad fiscal a ultranza, aplastar la carrera de los docentes, dividir al magisterio y despojar de su carrera a la mayoría de los maestros. Pretexto para no aumentar a profesores.

  4. UNA NUEVA LEY PARA UNIFICAR AL MAGISTERIO • Una Nueva Ley del Profesor sobre la base de la Ley 24029-25212 y que respete los derechos adquiridos de los maestros comprendidos en la Ley 29062

  5. NUEVA IDENTIDAD PROFESIONAL (I) • El profesor es trabajador en la educación pero no es el único. • El profesor es profesional de la educación pero no es el único. • El profesor es el educador profesional y es el único en la Educación Básica.

  6. NUEVA IDENTIDAD PROFESIONAL (II) • El educador profesional es único en la educación básica. Lo deben caracterizar su profesionalismo pedagógico, su formación integrada de conocimientos de las disciplinas que enseña, sus saberes de los procesos psicológicos de sus alumnos, el manejo curricular y la especialización en las didácticas diferenciadas.

  7. SU RAZÓN DE SER SOCIAL:SERVIR A LOS NIÑOS • Un elemento esencial de la identidad del profesor es su vocación de servicio a sus alumnos. Es la razón de su ser social. Eso no quiere decir que deje de organizarse, que abandone la lucha en defensa de sus reivindicaciones que siempre han incluido la de sus alumnos y del pueblo y, menos aún, que se inhiba de presentar soluciones para los problemas de la educación y el magisterio

  8. POLÍTICAS MAGISTERIALES, POLÍTICAS DE ESTADO • Las políticas magisteriales, como parte de las políticas educativas, no deben estar sujetas a vaivenes de cada gobierno. Deben estar incluidas en todo proyecto educativo nacional y en todo proyecto histórico de desarrollo nacional. Por eso debe ser política de estado. La NLP-PS así lo considera.

  9. UNA NUEVA LEY DE AMPLIA BASE • La Nueva Ley del Profesor, propuesta del SUTEP, debe ser de amplia base. Primero porque debe contar con el apoyo y el enriquecimiento de todos los maestros del Perú. Pero también tiene que ser enriquecido por todos los personajes e instituciones que están por la justicia y dignidad para los maestros y por la calidad de su desempeño docente.

  10. EL PROFESOR INTERLOCUTOR DEL ESTADO EN EDUCACIÓN • Una Ley del Profesor no puede normar sólo para administrar personal. Sino que, teniendo en cuenta que el profesor es educador profesional, debe considerar al profesorado como interlocutor en temas de política educativa y política magisterial. Su organización gremial debe ser la que la que realice el rol de interlocutor. La UNESCO lo dice.

  11. LA FORMACIÓN INTEGRAL DESDE EL PRE GRADO • Una política magisterial de estado tiene que ser garantizar la óptima formación profesional y académica del educador. Está demostrado que el habérselo dejado al mercado ha producido el fracaso y crisis actual. Desarrollando lo normado en la 24029,l a NLP-PS tiene en gran consideración esta esfera.

  12. LA EVALUACIÓN PEDAGÓGICA Y NO DE PUNICIÓN POLÍTICA (I) • La falta de costumbre en la evaluación docente es responsabilidad de los diferentes gobiernos que mantuvieron congelados la evaluación para los ascensos por la absolutización de la austeridad fiscal en contra del desarrollo educativo y general del país.

  13. LA EVALUACIÓN PEDAGÓGICA Y NO DE PUNICIÓN POLÍTICA (II) • El criterio esencial para una evaluación docente tiene que ser el de su práctica social de educador profesional. Y esta práctica es principal en desempeño docente en el aula, al servicio de sus alumnos. Por eso la NLP-PS propone que la evaluación del desempeño docente tiene que ser la principal , incluso en la evaluación para la promoción.

  14. LA REMUNERACIÓN COMO RECONOCIMIENTO A LA CARRERA PÚBLICA Debe reconocer la carrera del educador profesional: • Concepto de remuneración de carrera. • Piso Salarial digno para el primer nivel (60% de la UIT) • Desarrollo de las remuneraciones proporcional al ascenso en los niveles. • Respeto a los derechos económicos ya adquiridos.

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