E N D
1. CLUB AEREO DEL PERSONAL DEL EJERCITO TEMA
ZONAS
R-P-D
2. Todo espacio areo en el cual pudiera existir un peligro potencial para la operacin de las aeronaves y o restringirse temporalmente o permanentemente la operacin de aeronaves civiles se clasifica en tres zonas
3. Zonas Restringidas, Prohibidas y Peligrosas
4. Cada zona se identifica con tres letras seguidas de una serie numrica cuando es permanente.
Las letras identificadoras son :
P: Prohibidas
R: Restringidas
D: Peligrosas
Precedidas por el indicador de nacionalidad: SC y un nmero correlativo, ejemplo:
SC- P3 SC- R1 SC- D11
5. Zonas Prohibidas
6. Espacio areo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de Chile, dentro del cual esta prohibido el vuelo de aeronaves
7. Zonas Restringidas
8. Espacio areo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas jurisdiccionales de Chile, dentro del cual esta restringido el vuelo de aeronaves de acuerdo con determinadas condiciones especificadas.
9. Zonas Peligrosas
10. (D) Espacio areo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse en determinados momentos, actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves. Antes de iniciar un vuelo en una zona peligrosa, el piloto obtendr toda la informacin necesaria sobre las actividades de la misma y horarios en que tendr lugar.
11. La descripcin correspondiente a cada zona se encuentra en:
ENR 5.1-5 Zonas Prohibidas.
ENR 5.1-8 Zonas Restringidas.
ENR 5.1-15 Zonas Peligrosas.
En cada una de estas se indican lmites laterales y verticales, tipos de restriccin o peligro, horario y cualquier otra informacin necesaria.
12. reas Restringidas Peligrosas Permanentes SALVO EXPRESA AUTORIZACIN DE LA AUTORIDAD ATS COMPETENTE O QUE EL CIRCUITO DE TRANSITO OBLIGUE A OMITIR LA RESTRICCION SE CONSIDERAN REAS RESTRINGIDAS O PELIGROSAS:
13. VUELOS ACROBATICOS
EXPOSICION AEREA
REABASTECIMIENTO AREO
ASCENSO DE GLOBO LIBRE
REMOLQUE DE BANDEROLA
GLOBO CAUTIVO O COMETA
DEMOLICION CON EXPLOSIVOS
EJERCICIOS (ESPECIFICAR)
VUELOS EN FORMACION
VUELOS DE PLANEADORES
MOVIMIENTO MASIVO DE AERONAVES
EJERCICIO DE TIRO O LANZAMIENTO DE COHETES
SE CONSIDERAN COMO PELIGROSAS LAS AREAS DE ASCENSO DE GLOBOS DE SONDA
14. Carta Aeronutica Mundial
15. Cada zona esta en la carta aeronutica mundial, con los smbolos, lmites superiores e inferiores y altitudes.
17. Ejemplo Prctico
18. ENR 5.1-9 SC-R35 FIR SANTIAGO-Quillota
ESPACIO AEREO
324500S710300W
325800S710100W
325500S712500W
324500S711230W
LIMITE SUPERIOR FL80
LIMITE INFERIOR 3000FT ALT
OBSERVACIONES
HJ
VUELO DE ENTRENAMIENTO ARMADA
COORD. VINA DEL MAR TORRE 118.4MHZ.
PUNTO DE NOTIFICACION
NORTE: NOGALES,
SURWESTE: CERRO MAUCO,
SUR: OLMUE,
ESTE: LLAY LLAY.
USO QNH SCVM
22. Ley 18.816 aprueba cdigo aeronutico
La junta de gobierno de la republica de Chile ha dado su aprobacin al siguiente proyecto de ley:
23. Titulo XIII Artculo 200. El comandante de una aeronave en vuelo internacional que se desviare injustificadamente de las rutas areas o aerovas fijadas para entrar o salir del pas o no utilizare los aeropuertos, ser castigado con presidio menor en sus grados medio a mximo, multas de 10 a 20 ingresos mnimos mensuales y suspensin de la licencia hasta por un periodo de tres aos.
En iguales penas se incurrir cuando se volare en zonas prohibidas o restringidas.
En caso de reincidencia podr decretarse la cancelacin definitiva de la licencia.
24. Decreto supremo N 258
25. Decreto: 1.- Aprubase el siguiente Reglamento de sancion por infracciones a la legislacion y disposiciones aeronuticas Titulo III
De las infracciones y sanciones
Artculo 23.
6.- El comandante o piloto al mando de una aeronave ser sancionado en cada caso segn se seala a continuacin.
a.- Con suspensin de licencia hasta por el plazo de un ao por no acatar la rdenes o instrucciones que reciba en relacin con el trnsito areo
26.