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Elaboración de informes alternos ante el Sistema de Naciones Unidas. Comité sobre los derechos del Niño (CRC) ¨ Por Sandra Gómez y Lina M. Estrada Alianza UMN-Universidades Antioquia, Oct. 2013. Los informes alternos y el monitoreo del Cumplimiento de la Convención de los derechos del Niño.
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Elaboración de informes alternos ante el Sistema de Naciones Unidas Comité sobre los derechos del Niño (CRC) ¨Por Sandra Gómez y Lina M. Estrada Alianza UMN-Universidades Antioquia, Oct. 2013
Los informes alternos y el monitoreo del Cumplimiento de la Convención de los derechos del Niño • Comité de los derechos del Niño: controla el cumplimiento de la Convención a partir de los informes presentados por los estados parte. • Sin embargo, también busca obtener información de contraste, para tener un panorama más amplio de la aplicación de la convención en cada país. Art. 45(a): “otros cuerpos competentes” y asesoramiento en la aplicación de la convención: ONGs? Clínicas Jurídicas? • Aunque el art. 57 habla de que los informes de los Estados deben elaborarse con consultas a la sociedad civil, esto no ocurre frecuentemente en la práctica (relaciones de confianza e independencia)
¿Qué debe contener un informe alterno? • Evaluación crítica e independiente de la implementación (avances, retos y dificultades) de la Convención de los derechos del Niño: esto aporta visiones sobre la implementación, que los Estados parte tienden a soslayar (presentación de marcos jurídicos) • Información adicional sobre aspectos que el informe del Estado no cubre o que, si lo hace, es insuficiente o se aborda engañosamente. • Importancia del trabajo colaborativo en Naciones Unidas: un informe alterno presentado por múltiples organizaciones vs un informe alterno presentado por una sola o unas cuantas
Fuentes para la elaboración del Informe Alterno • Debe ser lo más amplio posible: -Legislación actual -Informes oficiales (Gobierno) sobre la aplicación del marco jurídico de Niñez. -Estadísticas oficiales / Estadísticas presentadas por ONGs -Información proveniente de las instituciones que trabajan con la niñez (ej: ICBF) -ONGs y ámbitos académicos -Publicaciones (libros, revistas)
Pasos para elaborar un informe alterno 1. IDENTIFICAR LOS ÁMBITOS DE EXPERIENCIA (Temas de trabajo, objetivos buscados con la incidencia, posibles aliados de trabajo temático) 2. IDENTIFICAR ALIADOS Qué organizaciones estarían dispuestas a participar en la elaboración del informe o a apoyarlo cuando esté listo? Buscar redes: fuerza del trabajo colaborativo
3. REVISIÓN DE LAS ACTUACIONES DEL COMITÉ SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO HASTA LA FECHA, EN RELACIÓN CON EL ESTADO COLOMBIANO • Revisar los resultados de la última vez en la que el Estado Colombiano fue examinado (recomendaciones del 2005) • Informe más reciente presentado por el Estado Colombiano (Informes IV y V – 2011) • Informes presentados por el Estado Colombiano sobre el cumplimiento de los dos protocolos adicionales (2010-2011) • Tener presentes otros reportes de comités o procedimientos especiales que incluyan puntos clave sobre la situación de la Niñez (EPU 2013, informe OACNUDH Colombia 2012) 4. RECOLECTAR INFORMACIÓN, DE ACUERDO CON LOS OBJETIVOS PERSEGUIDOS (Temas a tratar, perspectiva regional? Seguimiento de implementación? Ausencias?)
5. ELABORAR UN PLAN DE TRABAJO Y LLEVARLO A CABO • Rastreo y análisis de fuentes de información (actualidad, contraste, credibilidad) • Planear diferentes escenarios posibles para presentar el informe elaborado (Transparencia, rendición de cuentas, difusión del la convención) • Protagonismo de las Niñas y los NIños? Sus opiniones, vivencias? DESAFÍO • EXTENSIÓN MÁXIMA RECOMENDADA: 30 páginas (marzo de 2014)
Estructura del Informe Alterno • Estructura temática específica basada en ocho agrupaciones de los artículos: Orientaciones generales respecto de la forma y el contenido de los informes : 30/10/1991.CRC/C/5. (Basic Reference Document) • Medidas generales de aplicación • Definición del niño • Principios generales • Derechos y libertades civiles • Entorno familiar y otro tipo de tutela • Salud básica y bienestar • Educación, esparcimiento y actividades culturales • Medidas especiales de protección