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IV JORNADAS DE TRABAJO PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA Confederación Sindical de CC.OO.

IV JORNADAS DE TRABAJO PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA Confederación Sindical de CC.OO. Planes y fondos de pensiones. Nuevo marco normativo. Problemas pendientes y criterios de actuación. Carlos Bravo Fernández Madrid, 20 de enero de 2005 Escuela Sindical Juan Muñiz Zapico.

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IV JORNADAS DE TRABAJO PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA Confederación Sindical de CC.OO.

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  1. IV JORNADAS DE TRABAJO PREVISIÓN SOCIAL COMPLEMENTARIA Confederación Sindical de CC.OO. Planes y fondos de pensiones. Nuevo marco normativo. Problemas pendientes y criterios de actuación. Carlos Bravo Fernández Madrid, 20 de enero de 2005 Escuela Sindical Juan Muñiz Zapico

  2. Modificaciones marco normativo Real Decreto Legislativo 1/2002. Texto Refundido Ley de Planes y Fondos de Pensiones. (BOE 13.12). Real Decreto 1430/2002. Reglamento Mutualidades de Previsión Social. (BOE 17.1). RD 304/2004. Reglamento Planes y Fondos de Pensiones. (BOE 25.2). Real Decreto Legislativo 6/2004. Texto Refundido Ley Ordenación y Supervisión Seguros Privados. (BOE 5.12). Real Decreto Ley 10/2004. Plazo adaptación comisiones control planes empleo. (BOE 28.12). Resol Congreso 28.12.2004 – BOE 13.1. Ley 4/2004. Modificación tasas y beneficios fiscales excepcional interés público. (BOE 30.12). D.A. 3ª.- plazo para exteriorizar premios jubilación. Resolución de 3 de enero de 2005, DGSFP. Tipo de interés máximo a utilizar en el cálculo de provisión de seguros de vida, de aplicación al ejercicio 2005. (BOE 13.01).

  3. 2004 - nuevo marco político-jurídico (I) Composición comisiones de control.- RD 304/2004.- Incorpora disponibilidad en negociación colectiva a la regla general de paridad. Elecciones 14-M.- Nueva situación política, permite retomar la cuestión central. Acuerdos de negociación colectiva que mantienen expresamente la mayoría de la representación de los trabajadores en la Comisión de Control: BASF - Grupo Bridgestone Caixa Endesa Gerencia Urbanismo de Sevilla Repsol - Grupo RTVE

  4. 2004 - nuevo marco político-jurídico (II) Composición comisiones de control Julio-octubre 2004. Acuerdo con Mº Economía Modificación LPPFFPP. CC. Control planes anteriores a 1.1.2002, no obligadas a adaptarse. Problemas posteriores: Plazos Dudas de la Administración tras rechazo CEOE Planes –premios de jubilación Vehículo normativo (LMFAOS; LCF; LTBF; RDLey). Necesidad de resolución de este asunto en 2005.

  5. Diálogo social 2004-2005 Declaración Diálogo Social de 8.7.2004.-Competitividad, empleo estable y cohesión social. Grupo de Trabajo sobre sistemas complementarios, coordinado por la Secretaría de Estado de Economía. Carta DGSFP de 28.12.2004 Primera reunión en enero.- Fijará temario, calendario de reuniones y procedimiento a seguir.

  6. Criterios de actuación OBJETIVOS GENERALES Desarrollo del segundo pilar de protección social. Caracterización como sistemas colectivos de pensiones complementarias, frente a rasgos propios de productos financieros individuales. Incentivos fiscales y exención cotizaciones a la Seguridad Social, ligados a objetivos finalistas y características concretas de sistemas de empleo: Principio de atribución de derechos patrimoniales a los trabajadores Principio de no discriminación Participación y control efectivo de los trabajadores y, en su caso, empresas. Gestión colectiva Incentivo al cobro de prestaciones en forma de renta

  7. PLANES PENSIONES EMPLEO (I) Composición comisiones de control. Modificación Ley de Planes y Fondos de Pensiones. Restablecimiento del régimen de mayorías en las comisiones de control anteriores al 1 de enero de 2002. Mantener equilibrios contractuales originarios. Composición inicial inalterada salvo acuerdo de negociación colectiva. Procedimiento general, consensuado y estable en el tiempo, para determinar sistemas de representación-composición de comisiones de control.

  8. PLANES PENSIONES EMPLEO (II) Mayorías cualificadas.- Art. 7.3 R.D.Leg. 1/2002 Regulación deficiente y conflictiva. Sistemas mixtos.- Incorrecta previsión genérica de mayorías cualificadas de entidades promotoras. Determinar sobre quién recae el riesgo de inversión para resolver esta materia. Delimitar el alcance de la exigencia de mayorías cualificadas en los planes de modalidad mixta. Diversidad de situaciones.

  9. PLANES PENSIONES EMPLEO (III) Mayorías cualificadas, situaciones posibles.- Aportación definida para la totalidad de contingencias Prestación definida para la totalidad de contingencias MIXTOS: Art. 16.c.1 RD 304/2004.- Garantía de interés mínimo o prestación mínima. Art. 16.c.2 RD 304/2004 Interés determinado. Art. 16.c.3 RD 304/2004.- AD para alguna contingencia, colectivo o subplan; PD para otra u otro. Caben distintas alternativas.- Mayoría cualificada para promotor o partícipes Mayoría cualificada para promotor y partícipes ¿Mayoría cualificada para quién no tiene riesgo de inversión?.

  10. PLANES PENSIONES EMPLEO (IV) Relación Comisión de Control – Negociación Colectiva. Designación desde la RLT, mayoritaria o proporcional, según se regule. Incorporar previsión. Acuerdo Colectivo = Eficacia General. Acuerdos de Negociación Colectiva vinculantes para la/s comisión/es de control afectada/s.

  11. PLANES PENSIONES EMPLEO (V) Criterios de valoración de activos en planes de pensiones de empleo. Reducir volatilidad en valoración. Naturaleza ilíquida y condición de instrumentos colectivos de previsión social complementaria. Necesario desarrollo urgente O.M. prevista en RD 304/2004. Posibilidad de valorar a vencimiento activos de RF que se mantengan en cartera hasta el vencimiento. Modificar esta situación, requeriría causa justificada y autorización administrativa. Posibilidad de utilización de tasa interna de rendimiento como tipo de interés técnico. Valorar la posibilidad de establecer criterios de valoración específicos para otros activos, especialmente RV. No obstante, en este caso las dificultades son, elevadas.

  12. PLANES PENSIONES EMPLEO (VI) DIFERENCIACIÓN DE POLÍTICAS DE INVERSIÓN DENTRO DE UN MISMO FONDO. Previsión de Orden Ministerial en el RD 304/2004. Serias dudas por parte de UGT y CC.OO. acerca de la conveniencia de desarrollar esta nueva regulación. Diferentes niveles de aversión al riesgo en distintos colectivos. Puede generar desigualdades injustificadas entre trabajadores. Diferencias notables de prestaciones en iguales o similares carreras profesionales. Transfiere responsabilidad a los trabajadores, si estos pueden decidir individualmente. Si no deciden individualmente, multiplica riesgos derivados de efectos “fecha de corte”. OTRAS ALTERNATIVAS QUE, SOLAS O COMBINADAS, PERMITEN AFRONTAR TAMBIÉN LOS DIFERENTES NIVELES DE AVERSIÓN AL RIESGO POR COLECTIVOS: Criterios de valoración Modelos mixtos en los que el empresario puede asumir, o no, riesgos adicionales a los derivados de los sistemas de Aportación Definida.

  13. PLANES PENSIONES EMPLEO (VII) Ejercicio derechos políticos títulos en cartera de planes de empleo. Evitar cobro de servicios de representación impuestos por entidades gestoras. Fomentar la presencia de las comisiones de control en las Juntas de Accionistas. Un ejemplo próximo.- BBVA – Conflicto SACYR - Pre-junta y Junta 25 y 26-2-2005. 45% capital en manos de inversores institucionales extranjeros (Expansión 18.1.2005) Se solicita presencia y/o delegación voto de inversores institucionales. Probable posición conjunta de organizaciones sindicales (CCOO-UGT-CC-… 21.1.2005). Recogen delegaciones de voto entre trabajadores-accionistas. Fondos de empleo deben tener canales propios de presencia coordinada en estos foros. Hoy, la mera asistencia en Juntas es relevante, más allá incluso del sentido del voto. Objetivo a medio y largo plazo.- Coordinar nuestras actuaciones. CWC – CIOSL-TUAC-FSI – Integración de CC.OO. Participando en los grupos de trabajo que se han creado y en el sostenimiento financiero de este Comité Internacional. Objetivo inmediato.- Participar directamente/a distancia en Juntas accionistas principales empresas españolas. Comunicación al Área Confederal.

  14. PLANES PENSIONES EMPLEO (VIII) Transparencia ISR-RSC.- Informe anual actividad e impacto en Declaración Estratégica de Inversiones – Ejemplos existentes en Alemania, Bélgica, Francia y Reino Unido. Imputación de gastos.- Gastos y comisiones detalladas, incluso de colocación y apertura. Fondos de inversión. Repercusión comisiones fondos de inversión y otros. Negociación y control sobre retornos de comisiones. Comisiones de intermediación. …

  15. PLANES PENSIONES EMPLEO (IX) Información a Partícipes y Beneficiarios. Normalizar información enviada. Definir la que procede de Comisión de Control - Entidad Gestora. Enviar información relevante, concreta. Normalizar modelos información. Comparaciones homogéneas fondos, gestoras, depositarias, … Composición y distribución cartera de inversiones Rendimientos obtenidos …

  16. PLANES PENSIONES EMPLEO (X) SIMPLIFICAR ASPECTOS RELACIONADOS CON PLANES DE EMPLEO.- Entre otros: Eliminar necesidad de anexos por empresa en planes de promoción conjunta, si no modifican condiciones generales. Revisiones financiero-actuariales en planes sectoriales, coste y complejidad excesivos.

  17. PLANES PENSIONES EMPLEO (XI) ADAPTACIÓN RD 304/2004 CD entregado en estas IV Jornadas, contiene criterios para proceder a la misma respecto de: Especificaciones de Planes de Pensiones Declaración de principios de política de inversión Normas de funcionamiento publicitadas por la propia DGSFP.- No son especialmente conflictivas pero, contienen elementos claramente discutibles. Conviene, en todo caso, utilizar como referencia el modelo de Normas de Funcionamiento elaborado por el Área Confederal. Consenso DGSFP-INVERCO, sin participación de los agentes sociales Se propone en el modelo que la modificación de las propias Normas cuente con una mayoría cualificada de 2/3. La redacción, en ocasiones, tiende a prever la existencia de delegaciones innecesarias en la entidad gestora. Prevé el establecimiento de descuentos, no superiores al 2%, en caso de movilización de la cuenta de posición, decidida por la C. Control del Plan. Penalización que dificulta la libertad de movilización y no debe ser aceptada. Remisión discutible de litigiosidad a jurisdicción civil ordinaria. Propuestas de Declaración de principios de política de inversión recibidas de algunas EEGGFFPP Se pretende exigir acuerdo entre C.Control y EGFP para modificar Declaración principios política de inversión. Se prevé, en ocasiones, la exención incondicionada de responsabilidad por incumplimiento de objetivos. En general pecan de inconcretas.

  18. PLANES PENSIONES EMPLEO (XII) Comisiones Control, más y mejores herramientas CPPS.- Asesoría comisiones de control (CC.OO.-UGT-Profesionales). Proyecto estratégico. Evolución satisfactoria en su 1º año de vida. Atlantis Asesores.- Selección ofertas pólizas Responsabilidad Civil. Glosario términos financieros-contables-actuariales. Próximo cuaderno de formación sindical. Normas Internacionales de Contabilidad – en estudio Formación – Mantener labor realizada y ampliar oferta formativa.- Formación para representantes CC.OO. en comisiones de control. Cursos de formación para negociadores y representantes sindicales.

  19. PLANES PENSIONES EMPLEO (XIII) ASOCIACIÓN COMISIONES CONTROL PLANES PENSIONES EMPLEO - ACPEM Constituida en 2003. 15.07.2003, carta conjunta de los secretarios de acción sindical de CC.OO. Y UGT en la que se comunicaba lo siguiente: Asociación creada con el soporte de una consultora de ámbito multinacional. Las comisiones de control no pueden formar parte de ella al tratarse de entes sin personalidad jurídica. Por ello, esta entidad asocia, a título individual, vocales de comisiones de control como personas físicas. Se pretende que las decisiones de la asociación sean vinculantes para las comisiones de control que han decidido que sus miembros se integren en la Asociación. Pretenden ocupar un espacio de representación político-institucional, nacional e internacional, que no les corresponde en modo alguno. Sus Estatutos blindan a la Asociación ante la entrada de los grandes planes de empleo, limitando sus derechos de voto y estableciendo un sistema pretendidamente igualitario. Las Confederaciones Sindicales de U.G.T. y CC.OO. Se oponen a este tipo de proyectos, recomendando a nuestros representantes en comisiones de control, que se opongan decididamente, si llega a plantearse la adhesión a esta asociación u otras similares que pudieran surgir, para no avalar con nuestras siglas entidades de dudosa creación. En los últimos meses se detecta nueva actividad de esta Asociación, de la mano de Mapfre, que ofrece al calor de actos públicos conjuntos con ACPEM, sus servicios como asegurador en materia de responsabilidad civil.

  20. SEGUROS COLECTIVOS SEGUROS COLECTIVOS COMO INSTRUMENTO DE EXTERIORIZACIÓN Deben abordarse en negociación colectiva Regulación derechos información a R.L.T. Información a asegurados y beneficiarios Ampliar contenido art. 34 RD 1588/1999. Certificación anual individual de datos relevantes de la póliza.

  21. TRATAMIENTO FISCAL Planes de pensiones de empleo. Incentivos fiscales en IRPF trabajadores.- Cuota vs. Base Imponible. Sistema de empleo y sistema individual pueden tener distinta regulación. Vinculación a objetivo prestacional.- Percepción de prestaciones en forma de renta, desincentivando el cobro de prestaciones en forma de capital. Salvo umbrales mínimos de capital acumulado. Mantener tratamiento diferenciado entre instrumentos del segundo pilar. Titularidad patrimonial y participación de trabajadores en planes del sistema de empleo, unido a su mayor iliquidez, justifica su favorable tratamiento fiscal relativo.

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