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MODALIDADES DE IMPORTACIÓN FRANQUICIA

MODALIDADES DE IMPORTACIÓN FRANQUICIA. Presentado por: Heidy Marcela Colorado Lugo Lina Alejandra Rodríguez Barragán Laura Tatiana Castro Martínez. IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA. Es aquella importación. En virtud. tratado. convenio. ley.

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MODALIDADES DE IMPORTACIÓN FRANQUICIA

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Presentation Transcript


  1. MODALIDADES DE IMPORTACIÓNFRANQUICIA Presentado por: Heidy Marcela Colorado Lugo Lina Alejandra Rodríguez Barragán Laura Tatiana Castro Martínez

  2. IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA Es aquella importación En virtud tratado convenio ley Goza de exención total o parcial de tributos aduaneros Con base en la cual la mercancía queda en disposición restringida Salvo lo dispuesto en la norma que consagra el beneficio

  3. 5957 DOCTRINA BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA ZONA DEL RIO PÁEZ • “ si sigue gozando de los beneficios fiscales derivados de la catastrofe de rio paez la empresa que procesa parcialmente materias primas diferentes ubicadas en la zona de desastre” (DIAN oficina juridica,conc.50,abr.10/2002)

  4. 5958 IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA • “De acuerdo con lo dispuesto en el anexo 9 del convenio de chicago los suministros y provisiones transportadas a bordo que se importen en el territorio de un estado contratante uso a bordo de las aeronaves en servicios internacionales quedaran exentos de los derechos de importación siempre y cundo Cumplan con los reglamentos aduaneros.”

  5. 5959 IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA. EJE CAFETERO • En el articulo 13 de la ley 608 del 2000 La importación de bienes de capital no producidos en Colombia se realizan en los 12 meses siguientes contados a partir de la fecha instalación

  6. REQUISITOS EN LA IMPORTACIÓN CON FRANQUICIA El reconocimiento de la exención requiera Concepto previo certificación Visto bueno De alguna entidad gubernamental Para así tener la aceptación de la declaración de importación

  7. REQUISITOS DE LA IMPORTACIÓN a) Registro o licencia de importación que ampare la mercancía, cuando a ello hubiere lugar; b) Factura comercial, cuando hubiere lugar a ella; c) Documento de transporte; d) Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicación de disposiciones especiales; e) Certificado de sanidad y aquellos otros documentos exigidos por normas especiales, cuando hubiere lugar; f) Lista de empaque, cuando hubiere lugar a ella; g) Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la Declaración de Importación se presente a través de una Sociedad de Intermediación Aduanera o apoderado.

  8. CAMBIO DE TITULAR O DE DESTINACIÓN La autoridad aduanera podrá autorizar La enajenación de la mercancía importada con franquicia Personas que tengan derecho a gozar de la misma exención Destinación a un fin en virtud del cual también se tenga igual derecho La mercancía en todo caso permanecerá con disposición restringida Sin que ninguno de estos eventos se exija el pago de los tributos aduaneros

  9. 5985 REQUISITOS • “ Es viable entregar en cesión mercancía con franquicia de derechos a personas que gocen de los mismos beneficios o se destinen a un fin que tenga los mismos derechos”

  10. 5986 CAMBIO DE UBICACIÓN FÍSICA CAMBIO DE TITULAR • El cambio de ubicación física de los equipos importados bajo l modalidad de franquicia y destinados a la industria minera no requiere autorización de la autoridad aduanera • Articulo 128 del decreto 2685 de 1999 autoriza el levante de la mercancía permitiendo al nuevo titular que tiene derecho a gozar de la misma disposición de la mercancía

  11. 5987 CAMBIO DE MODALIDAD • Se requerirá cambiar la destinación de la declaracion de importación ,tramite que solo podrá adelantar la persona que tiene el derecho a gozar de la exención

  12. TERMINACIÓN DE LA MODALIDAD Cuando se pretende dejar la mercancía en libre disposición Previamente al cambio de destinación o a la enejación Futuro adquirente El importador Se modificara la declaración de importación Cancelando los tributos aduaneros exonerados Liquidados sobre el valor aduanero de la mercancía

  13. LEY PAEZ BENEFICIOS • Los bienes importados en el amparo de la ley 218 de 1995 quedan en libre disposición sin hacerse exigible el pago de los tributos aduaneros exonerados en el termino de 10 años contados a partir de su nacionalización sin presentarse declaracion de importación.

  14. 6009 MERCANCÍA AVERIADA • Debe previamente modificarse la declaración de importaciones con franquicia y cancelarse los respectivos tributos aduaneros.

  15. 6010 CAMBIO DE DESTINACIÓN • Modificación de a declaracion de importación y cancelar los tributos aduaneros al amparo del decreto 2893 de 1991

  16. 6011 CANCELACION DE GARANTIAS LEY .PÁEZ • Se deben cancelar cuando la administración haya verificado el cumplimiento de las obligaciones garantizadas.

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