1 / 108

Código Procesal Peruano

Código Procesal Peruano Jorge W. Chávez Cotrina. NCPP. TITULO PRELIMINAR: Articulo I: Justicia Penal 1.- La justicia penal es gratuita (salvo las costas procesales.).

Télécharger la présentation

Código Procesal Peruano

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Código Procesal Peruano Jorge W. Chávez Cotrina

  2. NCPP • TITULO PRELIMINAR: • Articulo I: Justicia Penal 1.- La justicia penal es gratuita (salvo las costas procesales.). 2.- Toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral, público y contradictorio. 3.- Igualdad procesal. 4.- las resoluciones son recurribles…las sentencias y autos que ponen fin a la instancia son apelables.

  3. NCPP • TITULO PRELIMINAR: 5.- Derecho a indemnización por error judicial. Articulo II.- Presunción de inocencia 1.- Toda persona es inocente mientras no se haya demostrado judicialmente su responsabilidad mediante sentencia firme. 2.- no se puede presentar a persona alguna como culpable o dar inf.ormación en tal sentido

  4. NCPP • TITULO PRELIMINAR: Articulo III.- Interdicción de la persecución penal múltiple. Nadie puede ser investigado, procesado ni sentenciado por los mismos hechos ni fundamento ( mismo sujeto, hecho y fundamento). IV.- Titular de la acción penal. 1.- El MP tiene el monopolio de la acción penal, tiene la carga de la prueba y conduce la investigación desde su inicio 2.- El MP debe actuar con objetividad, controla jurídicamente los actos que realiza la PNP. 3.- Los actos de investigación del MP y la PNP no tienen carácter jurisdiccional.

  5. NCPP • TITULO PRELIMINAR: V.- Competencia Judicial 1.- El PJ dirige la etapa intermedia y el juzgamiento, emite las sentencias. 2.- Nadie puede ser sometido a pena o medida de seguridad sino por resolución del PJ.

  6. NCPP • TITULO PRELIMINAR: VI.- Legalidad de las medidas limitativas de derechos: Solo se podrán dictar por autoridad judicial, respetando el principio de proporcionalidad. VII.- Vigencia e interpretación de la ley procesal . 1.- Es de aplicación inmediata. 2.- Si se refiere a derechos individuales del imputado tiene carácter retroactivo. 3.- interpretación restrictiva, si se refiere a la libertad .. La interpretación extensiva y la analogía están prohibidas, mientras no favorezcan a la libertad o derechos. 4.- En caso de duda insalvable se aplicara la ley más favorable al reo.

  7. NCPP • TITULO PRELIMINAR: Articulo VIII.- Legitimidad de la Prueba.- Solo se valoran las pruebas que han sido obtenidas lícitamente. Articulo IX.- Derecho de defensa. 1.- se le informe sus derechos, las imputación en su contra, plazo razonable para preparar su defensa, igualdad en la actividad probatoria. 2.- No puede ser obligado a declarar en su contra, ni contra su cónyuge y parientes (4to y 2do grado). 3.- Garantiza los derechos de la victima.

  8. NCPP • TITULO PRELIMINAR: Articulo X.- Prevalencia de las normas de este Titulo. Las normas de este titulo prevalecen sobre cualquier otra disposición de este Código. Y serán utilizadas como fundamento de interpretación.

  9. Principios y Garantías del Proceso Penal • Principios en el Código Procesal Peruano: 1.- Principio acusatorio.- (inc. 1 art. 356), Sin acusación previa y valida no hay juicio oral, el PJ no puede de oficio iniciar el juzgamiento. 2.- Principio de contradicción.- (numeral 2 del art. I del titulo preliminar) consiste en el reciproco control de la actividad procesal y la oposición de argumentos. 3.- Principio de igualdad de armas.- (num.3 . Art. I TP) todos los ciudadanos que intervengan en el proceso penal recibirán idéntico tratamiento. 4.- Principio de inviolabilidad del derecho de defensa.- (art. 139 inc 14 Const, art. IX TP) defensa material y defensa tecnica.

  10. Principios y Garantías del Proceso Penal • Principios en el Código Procesal Peruano: 5.- Principio de presunción de inocencia.- ( art. 2, inc 24 Const. Art. II TP) antes y durante el proceso penal, solo es desvirtuado mediante la actividad probatoria. 6.- Principio de publicidad.- ( art. 139 inc 4 Const. P. Art. I inc 2 T.P. Art. 357 CPP), la finalidad es que el procesado y la comunidad tengan conocimiento sobre la imputación, la actividad probatoria y la forma como se juzga. 7.- Principio de oralidad.- (Art. I inc 2 T.P. Art. 357 CPP) determina una directa interrelación humana y permite un mayor conocimiento reciproco y personal entre quienes intervienen en el juicio.

  11. Principios y Garantías del Proceso Penal • Principios en el Código Procesal Peruano: 8.- Principio de Inmediación.- impone que el juzgamiento se realice por el mismo tribunal desde el comienzo hasta el final. Junto al principio de contradicción impide que una persona sea juzgada en ausencia. 9.- Principio de identidad personal.- Según este principio ni el juzgador, ni el imputado pueden ser reemplazados por otra persona durante el juzgamiento. 10.- Principio de unidad y concentración.- La razón es que el juzgador el oír y ver todo lo que ocurre en la audiencia va teniendo conocimiento de los hechos y pruebas. El juzgamiento debe realizarse en el plazo estrictamente necesario.

  12. Principios y Garantías del Proceso Penal • Garantías constitucionales del proceso penal 1.- principio de legalidad 2.- derecho a la presunción de inocencia. 3.- derecho a la libertad física. 4.- derecho a no ser incomunicado. 5.- unidad y exclusividad en la función jurisdiccional. 6.- independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional. 7.- observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.

  13. Principios y Garantías del Proceso Penal • Garantías constitucionales del proceso penal 8.- publicidad en los juicios penales. 9.- motivación de la resoluciones judiciales. 10.- pluralidad de instancia. 11.- el principio de no dejar de administrar justicia por vacio o deficiencia en la ley. 12.- inaplicabilidad por analogía de la ley penal . 13 principio de no ser penado sin proceso judicial, no condenado en ausencia. 14.- el principio del indubio pro reo. 15 .- derecho a la defensa.

  14. ESTRUCTURA DEL PROCESO PENAL

  15. LA DENUNCIA SEGÚN EL NCPP • OBLIGADOS A DENUNCIAR [Art. 326]: • Cualquier persona (Acción penal pública) • Mandato de ley (Profesionales de la salud, educadores, funcionarios) • NO OBLIGADOS A DENUNCIAR [Art. 327]: • Cónyuge y parientes 4to grado de consaguinidad y 2do de afinidad • Conocimiento del hecho amparado por secreto profesional DENUNCIA [Escrita – Oral] • CONTENIDO [Art. 328] • Identidad del denunciante • Narración detallada y veraz de los hechos • Individualización del presunto responsable MINISTERIO PÚBLICO POLICIA NACIONAL

  16. ACTOS INICIALES DE LA INVESTIGACIÓN EL FISCAL PUEDE BAJO SU DIRECCIÓN REALIZAR POR SI MISMO LAS DILIGENCIAS PRELIMINARES [ Art. 330.2] REQUERIR LA INTERVENCIÓN DE LA POLÍCIA [Art. 330.1] • FINALIDAD: Realizar los actos urgentes o inaplazables destinados a determinar: • Si han tenido lugar los hechos objeto de conocimiento y su delictuosidad. • Asegurar los elementos materiales de su comisión, • Individualizar a las personas involucradas en su comisión. Plazo: 20 días [Art. 334.2]

  17. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA ARCHIVO DE LA DENUNCIA • El hecho denunciado no constituye delito • Causas de extinción ORDENAR LA INTERVENCIÓN PNP • El hecho denunciado constituye delito • La acción penal no ha prescrito • Falta la identificación del autor o partícipe. CALIFICACIÓN DE LA DENUNCIA [Art. 334] RESERVA PROVISIONAL INVESTIGACIÓN Cuando el denunciante, ha omitido una condición De procedibilidad que de él depende. • Indicios reveladores de la Existencia del delito • La acción penal no ha prescrito • Individualizado el imputado • Cumpla con los requisitos de procedibilidad FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN MINISTERIO PÚBLICO Cuando de las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y La intervención del imputado en su comisión ACUSACIÓN DIRECTA De acuerdo al art. 2 el Fiscal de la Investigación Preparatoria se puede abstener de ejercer la acción penal PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

  18. FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FORMALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN [Art. 336.1] • CONTENIDO [Art. 336.2] • Nombre completo del imputado • Los hechos y tipificación específica (Fiscal: • tipificación alternativa) • El nombre del agraviado (si fuera posible) • Las diligencias que de inmediato deban actuarse DISPOSICIÓN DE FORMALIZACIÓN [Art. 336.2] MINISTERIO PÚBLICO • NOTIFICACIÓN: Al imputado y al Juez de la Investigación Preparatoria. • PLAZO: 120 días naturales (+60 días de ampliación), si es un proceso complejo: 8 meses (+8 meses de ampliación). • FUNCIONES DEL JIP • Controla el plazo de la Inv. Preparatoria. • Resolver requerimientos de imposición de medidas de coerción personal y real etc. JUEZ DE LA INV. PREPARATORIA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA [Art. 342] Dentro de los 15 días REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO FORMULA ACUSACIÓN

  19. ETAPA INTERMEDIA (SOBRESEIMIENTO) Plazo: 10 días Exp. Fiscal TRASLADO DEL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO SUJETOS PROCESALES REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO [Art. 345] JUEZ DE LA INV. PREPARATORIA OPOSICIÓN AL DE ARCHIVO Audiencia de Control de sobreseimiento [Art. 345] • PROCEDE [Art. 344] • El hecho objeto de la causa no puede • Atribuírsele al imputado • El hecho imputado no es típico • La acción penal se ha extinguido • No existen elementos de convicción • suficientes [Art. 346] Plazo: 15 días AUTO ELEVA AL FISCAL SUPERIOR AUTO DE SOBRESEIMIENTO [Total – Parcial] [Art. 347] 10 días NO RATIFICA EL REQUERIMIENTO RATIFICA EL REQUERIMIENTO [Art. 346.5] El JUEZ: Si lo considera admisible y fundado dispondrá la realización de una Inv. suplementaria ORDENA A OTRO FISCAL A FORMULAR ACUSACIÓN

  20. ETAPA INTERMEDIA (ACUSACIÓN) Plazo: 10 días TRASLADO DE LA ACUSACIÓN SUJETOS PROCESALES FORMULA ACUSACIÓN 10 días JUEZ DE LA INV. PREPARATORIA • CONTENIDO: [Art. 349] • Datos que identifiquen al imputado • Relación clara y precisa de los hechos • Elementos de convicción • La participación que se atribuye • Relación de circunstancias modificatorias • Artículo de la ley penal – cuantía de la pena • Monto de la reparación civil- bienes embargables • Medios de prueba para la audiencia Objeciones planteadas por los sujetos procesales [Art. 350]: OBSERVAR LA ACUSACIÓN POR DEFECTOS FORMALES DEDUCIR EXCEPCIONES Y OTROS MEDIOS DE DEFENSA El MP, podrá señalar ALTERNATIVA ó SUBSIDIARIAMENTE, la calificación de la conducta en un tipo penal distinto IMPOSICIÓN O REVOCACIÓN DE MEDIDAS, PRUEBA ANTICIPADA PEDIR SOBRESEIMIENTO INSTAR CRITERIOS DE OPORTUNIDAD OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO OBJETAR LA REPARACIÓN CIVIL

  21. ETAPA DE ENJUICIAMIENTO AUTO DE ENJUICIAMIENTO [Art. 353] AUTO DE CITACIÓN A JUICIO [Art. 355] DESARROLLO DEL JUICIO [Art. 371 y sgtes.] INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA [Art. 371.1] ALEGATOS PRELIMINARES [Art. 371.2] EL JUEZ INFORMA AL ACUSADO DE SUS DERECHOS [Art. 371.3] EL JUEZ PREGUNTARÁ AL ACUSADO SI ADMITE O NO SER AUTOR O PARTICIPE DEL DELITO Aceptación Total Conclusión del Juicio Conferencia con el Fiscal Para un acuerdo en la pena Se suspende el juicio por breve término Aceptación parcial Se delimita el debate a la pena y reparación civil LAS PARTES PUEDEN OFRECER NUEVOS MEDIOS DE PRUEBAS No excederá más de dos días No podrá suspenderse por más de tres días (Enfermedad). DEBATE PROBATORIO: EXAMEN DEL ACUSADO, ACTUACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA ADMITIDOS Y ORALIZACIÓN DE LOS MEDIOS PROBATORIOS ALEGATOS FINALES: EXPOICIÓN ORAL DEL FISCAL, ALEGATOS DE LOS ABOGADOS, AUTODEFENSA DEL ACUSADO Transcurrido el plazo sin que se produzca el fallo el juicio se repetirá en otro juzgado. Dentro de las 48 hrs. de la Notificación se hará llegar la resolución. Las actuaciones, objetos incautados y Se pondrá a su orden los presos preventivos DELIBERACIÓN Y LA SENTENCIA Art. 392 y sgtes.]

  22. LA DELIBERACIÓN Y LA SENTENCIA • Datos generales • Enunciación de hechos y pretensiones penales • Motivación • Fundamentos de derecho • La parte resolutiva • La firma del juez o jueces Sólo se lee la parte dispositiva Juez: Relato sintético de los fundamentos LECTURA PARCIAL SENTENCIA [Art. 394 y sgtes] Se enuncia el día y hora para la Lectura integral, En un plazo no max. De 8 días. LECTURA INTEGRAL Apelación: Oral en la audiencia Apelación: Formalización por escrito (5 días) SENTENCIA CONDENATORIA [Art. 399] SENTENCIA ABSOLUTORIA [Art. 398] Registro PJ Inscripción de penas y Medidas de seguridad RECURSO DE APELACIÓN SALA PENAL 2 INSTANCIA

  23. MATERIAL PREPARADO POR LA ESCUELA DEL MINISTERIO PUBLICO CON EL APOYO DE LA ONUD

More Related