1 / 68

Efectos en resultados financieros: caso España

Foro Efectos prácticos en la aplicación de las N IIF San José, Costa Rica 23 de noviembre del 2007. Efectos generales - Visión sobre la contabilidad - Resultados financieros - Gobierno corporativo - Regulaciones fiscales - Procesos regulatorios.

louvain
Télécharger la présentation

Efectos en resultados financieros: caso España

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Foro Efectos prácticos en la aplicación de las NIIFSan José, Costa Rica23 de noviembre del 2007

  2. Efectos generales - Visión sobre la contabilidad - Resultados financieros - Gobierno corporativo - Regulaciones fiscales - Procesos regulatorios

  3. Efectos generales: contabilidad- Realce de la profesión contable- Presentación de estadosConfiabilidad Comparabilidad- Revelación de información financiera - Registro contable

  4. Estudio de la Comisión Nacional de Valores Efectos en resultados financieros: caso España

  5. - Mejores revelaciones en las notas a los EF - Revelaciones sobre riesgos Financieros Cualitativos – NIC 32 Cuantitativos – NIIF 7 De seguros – NIIF 4 - Información por segmentos - NIC 14 - Informe de gestión Efectos en Gobierno Corporativo

  6. Efectos en regulaciones fiscales

  7. Efectos en Entidades Regulatorias

  8. Problemas en la aplicación y utilización de las NIIF

  9. Efectos aplicables a todas las industrias en general • Instrumentos financieros: • Reconocimiento y medición • Activos y pasivos con relación a arrendamientos financieros; • Impuesto diferido activo y pasivo originados por las diferencias temporarias. • Provisiones de acuerdo con NIC 37; • Propiedad, planta y equipo cuando los períodos de depreciación o amortización no cumplen con NIIF • Presentación de instrumentos de patrimonio como pasivos al existir clausulas de pago obligado de dividendos

  10. Clasificación de activos financieros

  11. Efectos en Industrias/Sectores Específicos

  12. Efectos aplicables a sectores e industrias específicas Sector cooperativasNorma NIC 32 y Norma interpretativa CINIIF 2

  13. Particularidades de la NIC 32 y la norma interpretativa CINIIF 2 • Desconocen las particularidades del modelo cooperativo. • Están diseñadas para sociedades anónimas y para aquellas que emiten valores negociables. • Ignoran el capital social cooperativo. • Las sociedades cooperativas no pueden quedar al margen de las Normas Internacionales de Contabilidad. • La NIC 32 aporta el instrumento para calificar las aportaciones sociales cooperativas: instrumentos financieros compuesto.

  14. Definición de pasivo financiero NIC 32 • Un pasivo financiero es cualquier pasivo que presente una de las siguientes formas: a) Una obligación contractual: i) entrega de efectivo u otro activo financiero a otra entidad. ii) intercambio de activos o pasivos financieros con otra entidad aún en condiciones desfavorables. b) Un contrato que sea o pueda ser liquidado utilizando los instrumentos de patrimonio propio de la entidad y sea: i) un instrumento no derivado según el cual la entidad estuviese obligada a entregar instrumentos de patrimonio propio. ii) un instrumento derivado que fuese liquidado mediante una forma distinta al intercambio de una cantidad fija de efectivo o de otro activo financiero por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propio de la entidad.

  15. Definición de Instrumento de Patrimonio • La NIC 32 define un instrumento de patrimonio como “cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, después de deducir sus pasivos”. • La NIC 32 afirma que algunos instrumentos toman la forma legal de instrumentos de patrimonio, pero en el fondo, son pasivos financieros.

  16. Ejemplo del pasivo financiero • Algunas entidades cooperativas, pueden conceder a sus propietarios o partícipes el derecho a recibir el reembolso de sus aportaciones en cualquier momento, por un importe efectivo igual a su participación proporcional en el valor del activo emisor. Si la entidad no tuviese un derecho incondicional de evitar la entrega de efectivo u otro activo financiero, con el objetivo de liquidar una obligación contractual, esta obligación cumplirá la definición de pasivo financiero.

  17. Interpretación CINIIF 2 • Existe una falta de claridad en la aplicación de la NIC 32 al capital de las cooperativas, por lo que se aprobó la interpretación CINIIF 2, bajo el capítulo “Aportaciones de socios en entidades cooperativas e instrumentos similares”. • La CINIIF 2 es, en principio, categórica cuando afirma: Las aportaciones de los socios podrían clasificarse como patrimonio neto en caso de que los socios no tuvieran derecho a solicitar su rescate. Añade que se clasificarán como instrumento de patrimonio si el rescate estuviera incondicionalmente prohibido por la ley local, por reglamento o por los estatutos de la cooperativa.

  18. Prohibición parcial de rescate • La norma especifica que esta prohibición puede ser parcial, es decir que el rescate se limite a que el capital no caiga por debajo de un determinado importe. • En este caso se debería producir una división de las aportaciones de los socios, siendo patrimonio neto el importe no rescatable y un pasivo el importe con derecho de rescate

  19. Como deben evaluarse las condiciones de rescate ? • La cuestión no admite una respuesta tajante ni general, hay que tener presente todos los términos y condiciones de las aportaciones sociales, incluyendo lo previsto en las normas legales aplicables y en los estatutos sociales de la cooperativa concreta ante la que estemos.

  20. Cooperativas en Costa Rica • En el caso de las cooperativas la devolución de los aportes es obligatoria y no es a discreción de la cooperativa, por lo que no se tiene un derecho incondicional a rechazarla. • Ha sido práctica común que las cooperativas en Costa Rica registren estas aportaciones como parte del patrimonio, pero …. … para establecer que los estados financieros cumplen con NIIF deben cumplir con esta interpretación

  21. Pronunciamiento del CCPA – Circular 11-2007 • Las NIIF establecen requisitos de reconocimiento, medición, presentación e información a revelar y éstas son aplicables a todos los estados financieros con propósito generales. • Las NIIF podrían no coincidir con las leyes vigentes o normas dictadas en el país, según corresponda en su competencia, y en la actualidad la clasificación de aportes en el patrimonio deben cumplir con los requisitos de presentación e información requeridos por la aplicación de la Norma Contable 32 y su respectiva interpretación, lo que difiere al tratamiento utilizado de ciertas empresas o entidades.

  22. Pronunciamiento del CCPA • Mientras dichas entidades por su naturaleza realizan un proceso de transición total a las NIIF, la interpretación CINIIF – 2, “Aportaciones de socios de entidades cooperativas e instrumentos similares”, entrará totalmente en vigencia a partir del periodo económico que inicia el 1 de octubre de 2008 o 1 de enero 2009, según les corresponda al periodo de cierre 30 de septiembre para entidades que coinciden con el periodo fiscal o el 31 de diciembre a las entidades con periodo natural.

  23. Pronunciamiento del CCPA • Sin embargo, se recomienda su aplicación antes de la fecha indicada. No obstante lo anterior, durante el período de transición dispuesto, no podrán ser registrados como parte del patrimonio la devolución de aportes solicitada por sus asociados, así como renuncias o retiros exigidos, los que deben ser clasificados como un pasivo de conformidad con lo indicado por la Norma Internacional Contable 32 y la CINIIF 2.

  24. Pronunciamiento del CCPA • La entidad o empresa que decida postergar la Interpretación Internacional Contable ya referida debe revelar en las notas a los estados financieros dicha disposición y el efecto que existiría de haber aplicado adecuadamente la CINIIF 2.

  25. Pronunciamiento del CCPAVigencia de las Normas • Toda modificación a las Normas o Interpretaciones en vigor, así como las nuevas Normas o Interpretaciones que sean en el futuro debidamente aprobadas por el IASB, se considerarán automáticamente incorporadas a la normativa de aplicación obligatoria en Costa Rica, recomendando su aplicación desde la fecha de emisión indicado por el Consejo, esa nueva norma o interpretación será oficial en el momento que esté disponible en el idioma español.

  26. Instituciones financieras reguladas

  27. El CONASSIF ha establecido la adopción en forma parcial de las NIIF. Esta situación se aparta del espíritu de la NIIF 1 que requiere que se cumplan todas las normas y sus interpretaciones si se adoptan las NIIF. Ha establecido cuáles políticas contables deben ser utilizadas en casos en que las NIIF incluyen un tratamiento alternativo. Mantiene el término y condiciones contables de lo antes denominado errores fundamentales. Eso fue variado y actualmente solo incluye errores que obliga a restablecer los estados financieros donde existieron.

  28. Algunas estimaciones, provisiones y reservas se establecen con base en la legislación pertinente o requerimientos de las entidades reguladoras, con valores que no conforman necesariamente la realidad económica de los hechos que fundamentan la aplicación de las normas. Tales estimaciones y provisiones incluyen principalmente las siguientes: a. Estimación por deterioro e incobrabilidad para cartera de créditos b. Estimación para deterioro del valor e incobrabilidad de cuentas y productos por cobrar. c. Estimación por deterioro de bienes realizables

  29. a. Estimación por deterioro e incobrabilidad para cartera de créditos La evaluación se efectúa considerando los parámetros y porcentajes de estimación definidos en el acuerdo de SUGEF 1-05 que dejan por fuera otros aspectos significativos que son válidos en la determinación de las expectativas de cobrabilidad y realización de esos activos. b. Estimación para deterioro del valor e incobrabilidad de cuentas y productos por cobrar. Independientemente de la probabilidad de cobro, si una partida no es recuperada en un lapso de 120 días desde su exigibilidad se debe contabilizar una estimación de 100% del valor registrado, (artículo No.20 SUGEF 1-05)

  30. c. Estimación por deterioro de bienes realizables La normativa emitida por la SUGEF indica que el valor contable de los bienes realizables no vendidos en el plazo de dos años contados a partir de la fecha de su adquisición deben ser considerados como un deterioro, independientemente de su valor de mercado u otros métodos de medición establecidos en la NIC 36 “Deterioro en el Valor de los activos”

  31. EFECTOS NIIF 4CONTRATOS DE SEGUROS

  32. I. Objetivo de la Norma • Es la primera guía sobre contabilidad para contratos de seguros. • Está en proceso una segunda etapa del proyecto • El IASB emitió la NIIF 4 para mejorar las revelaciones en los contratos de seguros y mejorar las prácticas de medición.

  33. II. Alcance de la Norma • Aplica a todos los contratos de seguros (incluyendo contratos de reaseguros). • No aplica a otros activos y pasivos de un asegurador, como son los activos y pasivos financieros dentro del alcance de la NIC 39 – Instrumentos Financieros

  34. Conceptos importantes • IV. Políticas contables, estimaciones y cambios • V. Medición y reconocimiento • VI. Información a revelar

  35. III. Políticas contables, estimaciones y cambios

  36. Desarrollo y aplicación de una política contable (par 10) • Deben suministrar información que sea: • relevante para la toma de decisiones; y • fiable, en el sentido de que los estados financieros: • presenten de forma fidedigna la situación financiera, el desempeño financiero y los flujos de efectivo de la entidad; • reflejen la esencia económica de las transacciones, otros eventos y condiciones, y no simplemente su forma legal; • sean neutrales, es decir, libres de prejuicios o sesgos; • sean prudentes; y • estén completos en todos sus extremos significativos.

  37. Particularidades de la NIIF 4 sobre políticas contables (par 13) La NIIF 4 exime a las aseguradoras de cumplir con el procedimiento establecido en la NIC 8 (parrafo 10 y 11) sobre desarrollo de políticas contables para los contratos de seguro que emita y para los reaseguros de los que sea tomadora, en aquellos casos en no haya otra norma que las prescriba No obstante, no exime de cumplir con dichos criterios en ciertos casos, por ejemplo, prohíbe presentar las reservas de contingencias como pasivos (párrafo 14-a), compensar saldos y transacciones de reaseguros con aquellas de seguros y deben realizarse pruebas de adecuaciones de pasivos

  38. Particularidades de la NIIF 4 sobre políticas contables (par 23, 25 y 26) Se puede continuar con las prácticas siguientes, pero no puedo introducirlas de nuevo: • No descontar los pasivos de contratos de seguro • (b) Utilizar políticas contables no uniformes para los contratos de seguro (así como para los costos de adquisición diferidos y los activos intangibles conexos) de las subsidiarias, salvo lo permitido por el párrafo 24. • Prudencia • No se tiene que cambiar las políticas contables para contratos de seguro con el fin de eliminar un exceso de prudencia. No obstante, si la aseguradora ya valora sus contratos de seguro con suficiente prudencia, no deberá introducir aún más prudencia.

  39. V. Medición y Reconocimiento

  40. V. Medición y Reconocimiento • Prueba de adecuación de pasivos Es una evaluación de si el importe en libros de un pasivo derivado de contrato de seguros necesita ser incrementado o disminuido a partir de una revisión de los flujos de efectivo futuros, considerando los activos relacionados, tales como costos de adquisición diferidos o de los activos intangibles. Excepción: si no es política de la compañía aplicar esta prueba, debe entonces determinar los pasivos siguiendo los lineamientos de la NIC 37 “Provisiones”

  41. VI. Información a revelar Aquella que ayude a los usuarios a entender: • Las cifras de los estados financieros del asegurador que se derivan de los contratos de seguros • La cantidad, el tiempo y la incertidumbre de los flujos de caja futuros de los contratos de seguros. • Incluyendo riesgos de segur

  42. A. Información que ayude a los usuarios a entender las cifras de los estados financieros del asegurador que se suscitan de lo contratos de seguros • Políticas contables para los contratos y los correspondientes activos, pasivos, ingresos y gastos. • Los activos, pasivos, ingresos, gastos y flujos de caja que se derivan de los contratos. • Si el asegurador es un cedente, se requieren ciertas revelaciones. • Información sobre los supuestos que tengan mayor efecto sobre la medición de activos, pasivos, ingresos y gastos, incluyendo, si es práctico, la revelación cuantificada de esos supuestos. • El efecto de los cambios en los supuestos. • Conciliaciones de cambios en pasivos de seguros, activos de reaseguro, y si hay, los costos diferidos de adquisición.

  43. B. Información que ayude a los usuarios a entender la cantidad, el tiempo y la incertidumbre de los futuros flujos de caja de los contratos de seguros: • Manejo de riesgos: objetivos y políticas. • Aquellos términos y condiciones de los contratos que tengan un efecto material sobre la cantidad, tiempo e incertidumbre de los futuros flujos de caja. • Información sobre riesgo de seguro (tanto antes como después de la mitigación del riesgo por parte del reaseguro).

  44. Información sobre riesgo de seguro (tanto antes como después de la mitigación del riesgo por parte del reaseguro), incluyendo información sobre: • La sensibilidad de la ganancia o pérdida y equidad a los cambios en variables que tengan efecto material sobre ellos. • Concentraciones de riesgos de seguros. • Reclamos actuales comparados con estimados anteriores. • La información sobre la tasa de interés y la tasa de riesgo que requeriría el NIC 32 si los contratos estuvieran dentro del alcance del NIC 32. • Información sobre exposiciones al riesgo de tasa de interés y al riesgo del mercado bajo derivados contenidos en un contrato de seguro, si al asegurador no se le requiere, o no aplica, la medición de los derivados al valor justo.

  45. NIC 19 Beneficios a los Empleados

  46. CONCEPTOS CLAVE • La Norma establece la forma en que los empleadores deben tratar contablemente y revelar información acerca de los beneficios a los empleados • Esta Norma identifica cuatro categorías de beneficios a los empleados: • beneficios a corto plazo a los empleados actuales • beneficios a los empleados retirados • otros beneficios a largo plazo para los empleados • beneficios por terminación

  47. Contabilización de los planes de beneficios definidos (párrafo 50) • Estimar beneficios devengados a la fecha, utilizando técnicas actuariales • Utilizar el método de unidad de crédito proyectada para determinar el valor presente de la obligación (párrafos 64 a 66). • Determinar el valor razonable de cualesquiera activos del plan (véanse los párrafos 102 a 104). • Determinar el importe total de las ganancias o pérdidas actuariales, así como el importe de aquéllas ganancias o pérdidas a reconocer (véanse los párrafos 92 a 95).

More Related