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INTEGRACIÓN EMPLEADOS DE HOGAR EN RÉGIMEN GENERAL. Normativa. 1.- Normativa. Ley 27/2011 de 1 de agosto (BOE 2 de agosto) sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social. Disposición adicional trigésima novena. Características generales.
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INTEGRACIÓN EMPLEADOS DE HOGAR EN RÉGIMEN GENERAL
Normativa 1.- Normativa Ley 27/2011 de 1 de agosto (BOE 2 de agosto) sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social. Disposición adicional trigésima novena.
Características generales 2.- Características generales • Integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en Régimen General con fecha 01-01-2012. • Creación de un Sistema Especial para Empleados de Hogar. • Establecimiento de un periodo transitorio de 6 meses durante el cual van a convivir el Régimen Especial y el nuevo Sistema Especial. • Desaparición del Régimen Especial de Empleados de Hogar en fecha 30.06.2012. • Situación especial de quienes estén en IT/Maternidad/Riesgo ….
Personas a quienes afecta 3.- Personas a quienes afecta • Empresarios con CCC en régimen 1211. • Trabajadores de alta en CCC de régimen 1211. • Trabajadores en alta como trabajadores discontinuos. • Situaciones de Convenio Especial. • Trabajadores en situación de IT/Maternidad/Riesgo …..
Identificación del S. E. para Empleados de Hogar 4.- Identificación del Sistema Especial para Empleados de Hogar El Sistema Especial se ha identificado en el Fichero General de Afiliación con la clave de régimen 0138, con la denominación: 0138 – Régimen General. Sistema Especial para Empleados de Hogar. Operativo 01-01-2012.
SITUACIONES: 1.- Trabajadores que a 1 de Enero estuvieran de alta en el Reg. 1211 (fijos) 2.- Trabajadores de alta en Reg.1211 (fijos) para una empleador y presta servicios para otro que gestiona su alta en el Sistema Especial. 3.- Trabajadores de alta en Reg. 1221 (discontinuos) a 1 de Enero. 4.- Trabajadores de alta en Reg. 1221 (discontinuos) que tramitan alta en el nuevo Sistema Especial 5.- Situaciones de IT / MT/ RI : a) Alta de IT/ MT/ RI durante el período transitorio. b) Alta de IT/ MT/ RI al finalizar el período transitorio. c) Trabajadores que comienzan la IT durante el período transitorio.
Actuaciones a 30-06-2012 MODELO ACDFDTB1
Actuaciones a 30-06-2012 MODELO ACDFETB1
Transacciones Aclaración Se calculan dividiendo la Base de Cotización por la cuantía correspondiente a la base mínima de cotización horaria aplicable a los contratos a tiempo parcial • Horas Teóricas: Calculadas las horas teóricas el CTP se establece según una regla de tres, partiendo de que a 160 horas teóricas le corresponde un CTP de 1000 • Coeficiente a • Tiempo Parcial: 11