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Presentado por: Saralid Yanina Lorenti Mindiola Flor Elena Villafuerte Quizhpi

ANALISIS DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO CORRESPONDIENTE AL PERIODO FISCAL 2008 DE UNA EMPRESA COMERCIAL UBICADA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE ARTÍCULOS DEL HOGAR. Presentado por: Saralid Yanina Lorenti Mindiola Flor Elena Villafuerte Quizhpi. INTRODUCCIÓN.

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Presentation Transcript


  1. ANALISIS DE CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO CORRESPONDIENTE AL PERIODO FISCAL 2008 DE UNA EMPRESA COMERCIAL UBICADA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL DEDICADA A LA COMPRA Y VENTA DE ARTÍCULOS DEL HOGAR Presentado por: Saralid Yanina Lorenti Mindiola Flor Elena Villafuerte Quizhpi

  2. INTRODUCCIÓN La ley de régimen tributario interno determina que los auditores deben anexar a los dictámenes un informe adicional del análisis del correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias que afecten al contribuyente. Distribuidora FLOSAR se dedica a la compra y venta de artículos para el hogar, es de conformación familiar que ha venido sufriendo cambios , por lo que es conveniente realizar una auditoria enfocada al aspecto tributario analizando las cuentas contables vinculadas al cumplimiento tributario para emitir un informe de cumplimiento y conclusiones sobre la realidad de la empresa, con la finalidad de estar seguros que sus actividades se llevan con conformidad a lo establecido en la leyes

  3. AUDITORÍA TRIBUTARIA Es un procedimiento destinado a fiscalizar el correcto cumplimiento por parte de los contribuyentes de su obligación tributaria, como también de la normativa legal. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA TRIBUTARIA Identificar la existencia de contingencias y valorar su importancia económica, a partir de una evaluación de cumplimiento de las diversas obligaciones tributarias ALCANCE Analizar las cuentas del Estado de Resultado y el Balance General, la revisión de los comprobantes de compra, venta y retenciones, Declaración del Valor Agregado (IVA), Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta, Declaración del Impuesto a la Renta. PLANEAMIENTO Desarrollar una estrategia general y un enfoque detallado para la naturaleza, oportunidad y alcance de la Auditoria. EJECUCIÓN Se realiza lo planeado, aplicando los procedimientos de auditoria respectivos. INFORME Elaboración y presentación del informe; determinación de la deuda tributaria

  4. ANÁLISIS ECONÓMICO Las empresas dedicadas a la compra y venta de artículos del hogar está ubicado en un mercado donde su demanda se encuentra ligada a la corriente opuesta de dinero por precios. En este mercado, existen muchas empresas que se dedican a esta actividad de compra y venta de artículos del hogar. Las empresas pueden ser tantas, que una de ellas por sí sola no puede afectar al mercado. Además pueden entrar y salir de ese mercado, porque no hay barreras de entrada, regulaciones que lo impidan. Teóricamente, desde un punto de vista económico, estamos en un mercado competitivo. Este tipo extremo de mercado se llama competencia perfecta.

  5. ANÁLISIS FINANCIERO

  6. PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA En estaetapa se determinaránlasactividades a realizarparaconocersi se estáncumpliendo con los lineamientostributariosexigidospor la administracióntributaria. • PRUEBAS SUSTANTIVAS • Ventas (Formulario 101 vs Formulario 104) • Cuentas Incobrables • Activos fijos • Compras (Formulario 101 vs Formulario 103) • Gastos de viaje • Gastos de gestión • Jubilación Patronal • Pruebas de Conciliación Tributaria

  7. VENTAS (FORMULARIO 101 VS FORMULARIO 104)

  8. Determinación de la Muestra Determinación de la materialidad Datos para determinar la muestra AFIJACIÓN UNIFORME Error tolerable n= (n0 / (1+n0/N)) n=253

  9. EJECUCIÓN VENTAS Se analizó la información declarada tanto en el formulario 101 conforme al impuesto a la renta como la del Formulario 104 del IVA y se determino una diferencia de $61.115,25 la misma que supera la materialidad.

  10. CUENTAS INCOBRABLES

  11. PROVISIÓN DE CUENTAS INCOBRABLES Balance General Cuentas por cobrar por crédito comerciales 438.015,00 <= 10% de la cartera Valor máximo de la provisión acumulada según LORTI 43.081,50 <= 1% de los créditos concedidos Valor máximo para crédito incobrable del periodo 4.380,15 <= Provisión acumulada Estado de Resultado Cuentas incobrables según la empresa 0,00 <= 10% de la cartera <= 1% de los créditos concedidos LORTI Art 10 Numeral 11 Las provisiones para créditos incobrables originados en operaciones del giro ordinario del negocio, efectuadas en cada ejercicio impositivo a razón del 1% anual sobre los créditos comerciales concedidos en dicho ejercicio y que se encuentren pendientes de recaudación al cierre del mismo, sin que la provisión acumulada pueda exceder del 10% de la cartera total.

  12. ACTIVOS FIJOS

  13. ACTIVOS FIJOS Al momento de analizar los activos fijos se determinó la depreciación de los mismos y se realizó la comparación con los gastos de depreciación según declaración de la empresa, los mismos que suman $2.829 en el periodo del 2008. Del análisis realizado se pudo determinar que no existen excesos en los gastos de depreciación. Las depreciaciones fueron realizadas según lo establecido en el Art.25 Num. 6 del RLORTI

  14. COMPRAS

  15. RETENCIONES SOBRE GASTOS (101) RETENCIONES SOBRE GASTOS (103) Compras netas de Bienes No Producidos por la Sociedad 1.214.539,60 Honorarios comisiones y dietas a personas naturales 380,52 Mantenimiento y Reparaciones 2.520,74 Por compras locales de bienes no producidos por la sociedad 14.465,19 Arrendamiento de inmuebles propiedad de personas naturales 0,00 Suministros y materiales (N) 2,29 Arrendamiento de inmuebles propiedad de sociedades 0,00 Por concepto de servicio de transporte privado de pasajero o 0,35 servicio público o privado de carga (N) Comisiones a sociedades 0,00 Promoción y Publicidad 1.648,29 Pagos Realizados a Notarios y Registradores de Propiedad o 4,29 Mercantiles Combustibles 4.075,61 Lubricantes 0,00 Por promocion y publicidad 2,50 Seguros y Reaseguros 12.236,51 Por pago de arrendamiento mercantil 107,03 Suministros y materiales 15.822,73 Por pago de seguros y reaseguros 1,64 Gastos de gestión (agasajos a accionistas, trabajadores y clientes) 3.434,28 Por otros servicios 327,98 Gastos de viaje 9.821,39 Por actividades de construcción de obra material inmueble, 368,40 urbanización, lotización o actividades similares Agua, Energia, Luz y Telecomunicaciones 16.933,77 Otros gastos locales 0,00 TOTAL 15.660,19 Honorarios de personas naturales 4.789,55 TOTAL 1.285.822,47 DIFERENCIA 1.270.162,28 COMPRAS (FORMULARIO 101 VS 103) La diferencia encontrada entre lo declarado por la empresa con lo calculado por los autores nos indica una diferencia de $ 1.270.162,28, considerada maderable , producto de Retenciones de Impuestos Renta e IVA.

  16. GASTOS DE VIAJE

  17. GASTOS DE VIAJE Gasto de Viaje Según declaración de la empresa 9.821,39 Calculo para Verificación del Gasto de Viaje Total de Ingresos Gravados 2.903.171,99 Ingresos Exentos --- Total de Ingresos 2.903.171,99 % de Deducción máxima 3% Monto Máximo Permitido para Gastos de Viaje 87.095,16 GASTOS DE VIAJE LORTI Art.10 Num.6 Los gastos de viaje para la generación del ingreso, que se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta que cumplan los requisitos establecidos en el reglamento correspondiente. No podrán exceder del tres por ciento (3%) del ingreso gravado del ejercicio. RLORTI Art.25 Num.1 Estos gastos estarán respaldados por la liquidación que presentará el trabajador, deberá incluir nombre del trabajador que viaja, motivo del viaje, período del viaje, concepto de los gastos realizados, número de documento con el que se respalda el gasto y valor.

  18. GASTOS DE GESTIÓN

  19. GASTOS DE GESTIÓN Gastos de Gestión Según declaración de la empresa 3.434,28 Cálculo para Verificación del Gasto de Gestión Gastos Administrativos 176.125,00 Gastos de Ventas 146.783,00 (-) Gastos de Gestión 3.434,28 Base para el cálculo del máximo de gestión deducibles 319.473,72 Porcentaje de deducción permitida 2% Monto máximo permitido para gastos deducibles 6.389,47 GASTOS DE GESTIÓN RLORTI Art. 25 Num. 10 Los gastos de gestión, siempre que correspondan a gastos efectivos, debidamente documentados y que se hubieren incurrido en relación con el giro ordinario del negocio, como atenciones a clientes, reuniones con empleados y con accionistas, hasta un máximo equivalente al 2% de los gastos generales realizados en el ejercicio en curso.

  20. JUBILACIÓN PATRONAL

  21. JUBILACIÓN PATRONAL SEGÚN DECLARACIÓN DE LA EMPRESA Provisión para jubilación patronal 6.240,00 Gastos Provisión para Jubilación 0,00 CÁLCULO PARA VERIFICACIÓN DE LAS PROVISIONES Provisión para Jubilación Patronal y desahucio 2.486,00 Pago Jubilación Patronal y desahucio 3.754,00 6.240,00 JUBILACIÓN PATRONAL LORTI Art.10 Num.13 y RLORTI Art.25 Num .1 Lit.f La totalidad de las provisiones para atender el pago de desahucio y de pensiones jubilares patronales, actuarialmente formuladas por empresas especializadas o profesionales en la materia, siempre que, para las segundas, se refieran a personal que haya cumplido por lo menos diez años de trabajo en la misma empresa.

  22. PRUEBAS DE CONCILIACIÓN TRIBUTARIA • Análisis de caducidad de declaraciones. • Décimo Tercera Remuneración • Décimo Cuarta Remuneración

  23. PAGOS Y DECLARACIONES DE IMPUESTOS OPORTUNOS La Distribuidora FLOSAR tiene como noveno dígito de su RUC el número 7 su fecha de máxima de declaración son los 22 del mes siguiente al que fue generado el impuesto. RLORTI Art. 68 y 96 La declaración anual del impuesto a la renta se presentará y se pagará el valor correspondiente en los siguientes plazos: Para las sociedades, el plazo se inicia el 1 de febrero del año siguiente al que corresponda la declaración y vence en las siguientes fechas, según el noveno dígito del número del RUC. Los agentes de retención del Impuesto a la Renta, presentarán la declaración de los valores retenidos y los pagarán en el siguiente mes según el RUC.

  24. DECIMO TERCERA REMUNERACIÓN Se encontró una diferencia de $1.272,07 como consecuencia de que no se tomaron en cuenta para la base del cálculo otros ingresos que reciben los empleados tales como bonos, comisiones, etc., sino solamente sueldo más horas extras. Art. 111, Código del Trabajo  Es un beneficio adicional al que tienen derecho todos los trabajadores, el misma que deberá pagarse hasta el 24 de diciembre de cada año y consiste en una suma equivalente a la doceava parte de las remuneraciones totales percibidas en los doce meses comprendidos entre el 1° de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. 

  25. DECIMO CUARTA REMUNERACIÓN Art. 113, Código del Trabajo Esta remuneración debe ser pagada a todo trabajador hasta el 15 de marzo en las regiones de la Costa e Insular. El monto que se debe cancelar es el equivalente a una remuneración básica mínima unificada vigente a la fecha de pago.El período de cálculo es de marzo del año anterior a febrero del año siguiente para la región Costa e Insular, y se deberá presentar el formulario de legalización hasta el 31 de marzo del año en el que se pague el beneficio.

  26. CONCILIACIÓN TRIBUTARIA RLORTI Art. 43.- Base imponible.- Como norma general, la base imponible está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios gravados con impuesto a la renta, menos las devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones imputables a dichos ingresos. No serán deducibles los gastos y costos directamente relacionados con la generación de ingresos exentos.

  27. CONCLUSIONES • La Distribuidora FLOSAR Cía. Ltda. No ha realizado adecuadamente el cálculo para determinar el pago de la Decimotercera remuneración, pues se la ha hecho sólo en base al sueldo más horas extras exceptuando los beneficios adicionales que los empleados perciben. • Se encontró una diferencia de $5.079,26 dentro del aporte que la empresa realiza mensualmente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, la misma que es consecuencia de la incorrecta determinación de la base imponible para dicho rubro, dado que no se incluyó en ésta ninguno de los beneficios adicionales que el empleado percibe durante cada mes así como horas extras, bonos, etc. • Al momento de comparar los valores de la información declarada tanto en el formulario 101 conforme al impuesto a la renta como la del Formulario 104 del IVA y se determino una diferencia de $61.115,25. Dicha diferencia antes mencionada está dada como consecuencia de una mala planificación en cuanto a las actividades de cobro de las ventas. • Se observó que las compras realizadas según la información declarada difieren de el calculo realizado muestra una diferencia de $1.270.162,28 producto de declaraciones de Retenciones de Impuesto Renta y Impuesto a la Renta considerada materiable, sin embargo un 65% de la diferencia encontrada corresponde a compras de artículos que no gravan IVA y a compras menores de 50 dólares.

  28. CONCLUSIONES • La empresa posee un adecuado nivel de liquidez, dado que por cada dólar que ésta adeuda tiene dos dólares con cincuenta centavos para cancelar. • Se pudo constatar que la empresa no tiene la capacidad de adquirir deudas a largo plazo. • Se evidenció que el inventario posee un promedio elevado de número de días en bodegas, el mismo que corresponde a 109. • Los porcentajes de depreciación están aplicados según la normativa legal vigente en el periodo. • Los auditores emitieron un informe con salvedades dado que se encontraron diferencias materiales. • Haciendo una relación entre los ingresos de la empresa y los impuestos que esta paga se determino que tiene una presión tributaria muy baja.

  29. RECOMENDACIONES • La compañía deberá realizar los cálculos pertinentes para determinar los valores que los empleados dejaron de percibir por concepto de la Decimo tercera remuneración para su posterior cancelación. • Determinar el valor que se ha dejado de aportar al IESS con sus respectivos recargos para su posterior pago mediante una corrección. • Planear de manera adecuada las actividades relacionadas con compra y venta dado que afectan de manera directa a la presentación y declaración de los datos. • Mantener al personal capacitado para optimizar la utilización de los recursos y adecuada presentación de la información financiera. • Comprobar que los comprobantes de las compras realizadas cumplan con los requisitos establecidos en la ley de comprobantes.

  30. ¡GRACIAS!

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