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DEL RIESGO DEL TRABAJO

DEL RIESGO DEL TRABAJO. Accidentes de trabajo :

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DEL RIESGO DEL TRABAJO

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Presentation Transcript


  1. DEL RIESGO DEL TRABAJO

  2. Accidentes de trabajo: • Es toda lesión medicoquirúrgica o perturbación psíquica o funcional, permanente o transitoria, inmediata o posterior, o la muerte, producido por la acción repentina de una causa exterior que puede ser medida, sobrevenida durante el trabajo, en ejercicio de este, o como consecuencia del mismo; y toda lesión interna determinada por un violento esfuerzo, producida en las mismas circunstancias La ley Federal del Trabajo en su artículo 474 define al accidente de trabajo como: Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste

  3. Artículos que se relacionan: • Artículo 477: cuando los riesgos se realizan pueden producir: • Incapacidad temporal • Incapacidad permanente parcial • Incapacidad permanente total • Muerte • Artículo 478: incapacidad temporal es la perdida de facultades o actitudes que imposibilitan parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. • Artículo 479: incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o actitudes de una persona para trabajar.

  4. Artículo 480: incapacidad permanente total es la perdida de facultades o actitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. • Artículo 487: los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tendrán derecho a: • Asistencia médica y quirúrgica • Rehabilitación • Hospitalización cuando el caso lo requiera • Medicamentos y material de curación • Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios • La indemnización fijada en el presente titulo

  5. Las causas de los accidentes se clasifican en : • Directas o próximas, existen dos formas: • Condiciones inseguras • Prácticas inseguras • Indirectas o remotas Definición de GEMA: Conjunto de elementos o subsistemas bien interrelacionados e interactuando de manera armónica, estos dan lugar a los resultados operacionales y financieros que la empresa ha planeado obtener. Estos subsistemas están compuestos por gente, equipo, materiales y ambiente.

  6. Definición de riesgo: La probabilidad que un peligro (causa inminente de pérdida), existente en una actividad determinada durante un periodo definido, ocasione un incidente con consecuencias factibles de ser estimadas. Los riesgos en general, se pueden clasificar en riesgo puro y riesgo especulativo. El riesgo especulativo: es aquel riesgo en la cual existe la posibilidad de ganar o perder, como por ejemplo las apuestas o los juegos de azar. El riesgo puro :es el que se da en la empresa y existe la posibilidad de perder o no perder pero jamás ganar.

  7. El riesgo puro en la empresa a su vez se clasifica en: • El riesgo inherente : Es aquel riesgo que por su naturaleza no se puede separar de la situación donde existe. Es propio del trabajo a realizar. Es el riesgo propio de cada empresa de acuerdo a su actividad, por ejemplo los mostrados en la siguiente tabla. • TIPO DE EMPRESA PRINCIPALES RIESGOS INHERENTES • Transporte Choques, colisiones, volcamiento • Metalmecánica Quemaduras, golpes, • Construcción Caída distinto nivel, golpes, atrapamiento • Minería Derrumbes, explosiones, caídas atrapamiento • Servicios Choque, colisiones, lumbago, caídas • El riesgo incorporado: es aquel riesgo que no es propio de la actividad, sino que producto de conductas poco responsables de un trabajador, el que asume otros riesgos con objeto de conseguir algo que cree que es bueno para el y/o para la empresa, como por ejemplo ganar tiempo, terminar antes el trabajo para destacar, demostrar a sus compañeros que es mejor, etc.

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