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DERECHOS A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL.

DERECHOS A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL. Derechos Individuales-Colectivos. Empleados Públicos tienen los ss Derechos Individuales que ejercen de forma colectiva (15 y 31): Libertad Sindical (límites LOLS).

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DERECHOS A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL.

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  1. DERECHOS A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN INSTITUCIONAL.

  2. Derechos Individuales-Colectivos Empleados Públicos tienen los ss Derechos Individuales que ejercen de forma colectiva (15 y 31): • Libertad Sindical (límites LOLS). • Negociación Colectiva y Participación en determinación Condiciones de Trabajo. • Ejercicio de la Huelga (mantenimiento servicios esenciales). • Planteamiento de Conflictos Colectivos de Trabajo, según legislación aplicable. • Reunión. • Representación. • Participación Institucional. Proceso de Funcionarización

  3. PRINCIPIOS GENERALES Definiciones: • Negociación Colectiva: Derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los Empleados de las AAPPs. • Representación: Facultad de elegir representantes y constituir órganos unitarios de interlocución con las AAPPs. • Participación Institucional: Derecho a participar (organizaciones sindicales) en órganos de control y seguimiento de entidades u organismos que legalmente se determine. Proceso de Funcionarización

  4. PRINCIPIOS GENERALES Organizaciones Sindicales (+ representativas) están legitimadas para Interponer Recursos en Vía Administrativa y Jurisdiccional contra Resoluciones de Órganos de Selección. Ejercicio de Derechos de este Capítulo respetará contenido del EBEP y Leyes de Desarrollo. Procedimientos para determinar las condiciones de trabajo en las AAPPs tendrán en cuenta las previsiones de los Convenios Colectivos y Acuerdos Internacionales. Proceso de Funcionarización

  5. PERSONAL LABORAL Se regirá por la Legislación Laboral, salvo preceptos que expresamente les sean de Aplicación. Proceso de Funcionarización

  6. NEGOCIACIÓN COLECTIVA Principios que Regulan: • Legalidad. • Cobertura Presupuestaria. • Obligatoriedad. • Buena Fe Negocial. • Publicidad. • Transparencia. Reconocimiento a la Capacidad Representativa de las Organizaciones Sindicales. Las AAPPs podrán crear Órganos Técnicos (estrictamente) para: • Desarrollo de las Actividades de Negociación Colectiva. • Previas Instrucciones Políticas. • Ratificación de Acuerdos Alcanzados por Órganos Gobierno o Administrativos competentes Proceso de Funcionarización

  7. MESAS DE NEGOCIACIÓN Negociación Colectiva de Funcionarios Públicos se constituirán Mesas Generales de Negociación en: • La Administración General del Estado. • Las Comunidades Autónomas. • Las Ciudades de Ceuta y Melilla. Competencias MGN-FP: • Negociación de Materias Relacionadas con Condiciones de Trabajo Comunes. Mesas Sectoriales: • Acuerdo de las Mesas Generales de Negociación. • Condiciones Específicas de Trabajo o Sectores concretos de Funcionarios Públicos y su número. Competencias: • Temas comunes a los Funcionarios del Sector que no hayan sido objeto de decisión de la MGN-FP. • Temas Reenviados o Delegados por la MGN-FP. Proceso de Funcionarización

  8. MESAS NEGOCIACIÓN Corporaciones Locales: • Legitimación Negocial a Asociaciones de Municipios y Entidades de ámbito Supramunicipal. • Capacidad de Adhesión de Municipios a Negociación Colectiva. Adhesión a Acuerdos: • AAPP, Entidades Publicas: Se pueden adherir en el ámbito de cada CCAA o en un ámbito Supramunicipal. Apertura Negociación: • Común Acuerdo Partes:Mayoría Representación Sindical + AAPPs. • Ausencia de Acuerdo: En el Plazo máximo de 1 mes desde que Mayoría de una Parte lo promueva (excepto pacto o causa legal lo impida). • Buena Fe Negocial e Información Precisa. Proceso de Funcionarización

  9. MESAS DE NEGOCIACIÓN Constitución Válida MGN: • AAPPs + Organizaciones Sindicales representen, como mínimo, la Mayoría Absoluta de Miembros de Órganos Unitarios de Representación. Designación Componentes: • Partes Negociadoras. • Asesores: Voz, sin Voto. Composición Numérica: Según Normas Desarrollo EBEP, no superior a 15 miembros. Proceso de Funcionarización

  10. MESA GENERAL NEGOCIACION AAPPs Constituye Mesa General de Negociación de las AAPPs (afecta a Funcionarios y Laborales): • Representación Unitaria: Preside AGE, Representantes CCAAs, FEMP y Ceuta y Melilla. • Organizaciones Sindicales (LOLS). Objeto de Negociación: • Incremento Global de Retribuciones del Personal al Servicio de las AAPPs. • Materias (art.37) susceptibles de regulación estatal con carácter de Norma Básica, sin perjuicio de Acuerdos de CCAAs. Proceso de Funcionarización

  11. MESA GENERAL NEGOCIACION AAPPs Constituirán Mesas Generales de Negociación (afecta a Funcionarios y Laborales) en: • La Administración General del Estado. • Las Comunidades Autónomas. • Las Ciudades de Ceuta y Melilla. • Entidades Locales. Criterios de Representación Organizaciones Sindicales (Funcionarios y Laborales): • Idem criterios establecidos en Mesas General Negociación AAPPs. • Organización Sindical con 10% ámbito de representantes Funcionarios o Laborales. Proceso de Funcionarización

  12. MATERIAS Objeto de Negociación: • Ámbito Respectivo. • Competencias de cada AAPP. • Alcance legal que proceda. Las siguientes Materias: • Aplicar Incremento Retribuciones (LPGE y de CCAAs). • Determinar y Aplicar Retribuciones Complementarias (F). • Planes de Previsión Social Complementaria. • Propuestas sobre Derechos Sindicales y Participación. • Establecidas en Normas de Prevención RRLL. • Afecten a Condiciones de Trabajo y Retribuciones de Funcionarios (exigencia legal). • Referidas a Calendario Laboral, Horarios, Jornadas, Vacaciones, Permisos, Movilidad Funcional y Geográfica. Proceso de Funcionarización

  13. MATERIAS (Continuación): • Normas que fijen Criterios Generales en materia de: • Acceso. • Carrera. • Provisión. • Sistemas de Clasificación de Puestos de Trabajo. • Planes e Instrumentos de Planificación de RRHH. • Normas para Fijar Criterios y Mecanismos Generales en Evaluación del Desempeño. • Criterios Generales de: • Planes y Fondos para Formación y Promoción Interna. • Prestaciones Sociales y Pensiones de Clases Pasivas. • Acción Social. • Ofertas de Empleo Público. • Planificación Estratégica de RRHH (aspectos condiciones de trabajo de Empleados Públicos). Proceso de Funcionarización

  14. MATERIAS EXCLUIDAS de la Obligatoriedad de Negociación: • Decisiones de las AAPPs que afecten a sus Potestades de Organización. Si éstas tienen repercusión en Condiciones de Trabajo de los Funcionarios Públicos, procederá negociación con Organizaciones Sindicales. • Regulación Ejercicio Derechos de Ciudadanos y Usuarios. • Procedimiento de Formación de Actos y Disposiciones Administrativas. • Determinación Condiciones de Trabajo de Personal Directivo. • Poderes de Dirección y Control Propios de la Relación Jerárquica. • Regulación y Determinación concreta de: • Sistemas. • Criterios. • Órganos. • Procedimientos de Acceso al Empleo Público. • Procedimientos de Promoción Profesional. Proceso de Funcionarización

  15. PACTOS Y ACUERDOS Mesas de Negociación se podrán concertar Pactos y Acuerdos sobre determinación de condiciones de trabajo de los Funcionarios (en cada ámbito). Pactos: • Materias estrictamente del ámbito competencial del Órgano Administrativo y se aplicarán directamente al personal del mismo. Acuerdos: • Materias competencia de Órganos de Gobierno de las AAPPs. • Validez y Eficacia es necesario Aprobación Expresa y Formal por dichos Órganos. • Si competencia Órganos, Aplicación directa al personal de dicho ámbito. • Podrá requerir derogación o modificación de normativa reglamentaria. • Si tratan sobre materias Reservadas a Ley, su contenido carecerá de Eficacia Directa. El Órgano de Gobierno deberá remitir Proyecto de Ley para su Aprobación por Cortes Generales o Asambleas Legislativas. • Si No se Ratifica un Acuerdo o existe Negativa Expresa para incorporarlo a un Proyecto de Ley, se debe Renegociar las Materias del Acuerdo en el plazo de 1 mes, si así se solicita la mayoría de una de las partes. • Si No se produce Acuerdo, agotados los Procedimientos de Solución Extrajudicial de Conflictos, corresponde a los Órganos de Gobierno de las AAPPs establecer condiciones de trabajo de los Funcionarios (excepciones 11, 12 y 13). Proceso de Funcionarización

  16. PACTOS Y ACUERDOS Pactos y Acuerdos determinarán: • Partes Conciertan. • Ámbito Personal, Funcional, Territorial y Temporal. • Forma, Plazo de Preaviso y Condiciones de Denuncia. • Comisiones Paritarias de Seguimiento: Composición y Funciones. • Vigencia de su contenido y Duración: Se prorrogarán de Año en Año si no media Denuncia Expresa. • Sucesión de Pactos y Acuerdos: Derogan en Integridad, salvo aspectos que se mantengan. • Efectos y Consideración previstos en art. 38.8 EBEP a los Funcionarios y al art. 83 ET para Laborales. Pactos y Acuerdos podrán establecer la Estructura de la Negociación Colectiva y Fijar Reglas para resolver Conflictos de Concurrencia Proceso de Funcionarización

  17. ORGANOS DE REPRESENTACION Delegados de Personal: Unidades de menos de 50 Funcionarios: 1 a 3. Juntas de Personal: Unidades mínimo 50 Funcionarios. Unidades Electorales: Establecimiento se regulará por Estado y CCAA en ámbito de competencias. Junta de Personal compone de número de representantes, en función del Número de Funcionarios de Unidad Electoral, de acuerdo con la siguiente escala (E.T) : • De 50 a 100 funcionarios: 5. • De 101 a 250 funcionarios: 9. • De 251 a 500 funcionarios: 13. • De 501 a 750 funcionarios: 17. • De 751 a 1.000 funcionarios: 21. • De 1.001 en adelante, dos por cada 1.000 o fracción, con el máximo de 75. Proceso de Funcionarización

  18. FUNCIONES ORGANOS Juntas de Personal y Delegados de Personal: • Recibir Información, sobre Política de Personal y Datos Evolución de Retribuciones, Evolución Probable del Empleo y Programas de Mejora del Rendimiento. • Emitir informe (solicitud de AAPP) sobre Traslado Total o Parcial de Instalaciones e Implantación o Revisión de Sistemas de Organización y Métodos de Trabajo. • Informados de Sanciones impuestas por Faltas Muy Graves. • Tener conocimiento y Ser Oídos en Establecimiento de Jornada Laboral y Horario de Trabajo, así como en Régimen Vacaciones y Permisos. • Vigilar Cumplimiento de Normas Vigentes en Condiciones de Trabajo, PRL, Seg.Social y Empleo y Ejercer, en su caso, Acciones Legales oportunas ante los organismos competentes. • Colaborar con Administración Conseguir el Establecimiento de Medidas procuren el Mantenimiento e Incremento de la Productividad. Proceso de Funcionarización

  19. GARANTIAS REPRESENTACION • Acceso y Libre Circulación por Dependencias, sin entorpecer Normal Funcionamiento, dentro de Horarios Habituales de Trabajo. • Distribución Libre de Publicaciones: Profesionales y Sindicales. • Audiencia en Expedientes Disciplinarios a que se sometan sus Miembros durante Tiempo de Mandato y durante el año inmediatamente posterior, sin perjuicio de la audiencia al interesado regulada en el procedimiento sancionador. • Crédito de Horas Mensuales dentro de Jornada de Trabajo y Retribuidas, siguiente escala: • Hasta 100 funcionarios: 15. • De 101 a 250 funcionarios: 20. • De 251 a 500 funcionarios: 30. • De 501 a 750 funcionarios: 35. • De 751 en ade lante: 40. Proceso de Funcionarización

  20. GARANTIAS REPRESENTACION • Miembros de Junta de Personal y Delegados de Personal Misma Candidatura: Acumulación de Créditos Horarios. • No ser Trasladados ni Sancionados por causas ejercicio de Mandato, ni durante la vigencia del mismo, ni en el año siguiente a su extinción. • No podrán ser discriminados en Formación ni Promoción Económica o Profesional por desempeño de su Representación. • Observarán Sigilo Profesional en todo lo referente a los asuntos en que la Administración señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato. • Ningún documento Reservado Entregado por AAPP podrá ser utilizado fuera para fines distintos de los que motivaron su entrega. • Mandato: Será de 4años, pudiendo ser reelegidos. Se entiende prorrogado si, a su término, no se hubiesen promovido nuevas elecciones. Proceso de Funcionarización

  21. PROMOCIÓN ELECTORAL • Sindicatos más representativos a nivel estatal. • Sindicatos más representativos a nivel de Comunidad Autónoma, cuando la unidad electoral afectada esté ubicada en su ámbito geográfico. • Sindicatos que, sin ser más representativos, hayan conseguido al menos el 10 % de los representantes a los que se refiere este Estatuto en el conjunto de las Administraciones Públicas. • Sindicatos que hayan obtenido al menos un porcentaje del 10 % en la unidad electoral en la que se pretende promover las elecciones. • Funcionarios de la unidad electoral, por acuerdo mayoritario. Proceso de Funcionarización

  22. PROCEDIMIENTO ELECTORAL Determinación Reglamentaria con los siguientes Criterios Generales: • Elección por Sufragio Personal, Directo, Libre y Secreto. Emitido por correo u otros medios Telemáticos. • Electores y Elegibles: Funcionarios en Servicio Activo. • Candidaturas: Organizaciones sindicales o Coaliciones y Grupos de Electores (número triple de miembros a elegir). • Juntas Personal: Listas Cerradas y Sistema Proporcional Corregido. • Delegados Personal: Listas Abiertas y Sistema Mayoritario. • Órganos Electorales: Mesas Electorales. • Impugnaciones: Procedimiento Arbitral (excepciones) Proceso de Funcionarización

  23. SOLUCIONES EXTRAJUDICIALES • AAPP y Organizaciones Sindicales podrán acordar la Creación, Configuración y Desarrollo de Sistemas de Solución Extrajudicial de Conflictos Colectivos. • Conflictos derivados de Negociación, Aplicación e Interpretación de Pactos y Acuerdos (art.37), salvo materias reservadas a Ley. • Sistemas podrán estar Integrados por Procedimientos de Mediación y Arbitraje. • Mediación: Obligatoria si lo solicita una de las Partes y las Propuestas de Solución de los Mediadores podrán ser libremente Aceptadas o Rechazadas. • Arbitraje: Partes acuerdan voluntariamente encomendar a un Tercero la resolución del Conflicto, comprometiéndose a aceptar el contenido del Arbitraje. Proceso de Funcionarización

  24. DERECHO DE REUNIÓN Legitimados: Organizaciones Sindicales (Delegados Sindicales). • Delegados de Personal. • Juntas de Personal. • Comités de Empresa. • Empleados Públicos (no inferior al 40%). Se autorizarán Fuera de las Horas de Trabajo, salvo acuerdo. Celebración de Reuniones no perjudicará la prestación de los servicios y los convocantes de la misma serán responsables de su normal desarrollo. Proceso de Funcionarización

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