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XVIII Convención Nacional de Tributación

XVIII Convención Nacional de Tributación. Tributa 2012 Empresas extractivas. Expositor: Mario Chávez. Industria Pesquera. 1. Tributa 2012. Mejoras de carácter permanente. Reparación y mantenimiento de redes de pesca.

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XVIII Convención Nacional de Tributación

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Presentation Transcript


  1. XVIII Convención Nacional de Tributación Tributa 2012 Empresas extractivas Expositor: Mario Chávez

  2. Industria Pesquera 1 Tributación Sectorial

  3. Tributa 2012 Mejoras de carácter permanente Reparación y mantenimiento de redes de pesca Deben considerarse como mejoras aquellas modificaciones que incrementan la capacidad y condiciones del activo, mas allá del rendimiento estándar que obtuvieron al adquirirse originalmente. RTF No.0313-1-2001 (Se remite a la NIC 16 anterior)

  4. Tributa 2012 Mejoras de carácter permanente • Los paños y redes adquiridos para una red de pesca deben ser considerados como costo, siempre que se verifique la mejora en el rendimiento del activo original. • En caso contrario, se trataría únicamente de un gasto por reparación o parchado de las mismas. RTF No.0147-2-2001 (Se remite a la NIC 16 anterior)

  5. Tributa 2012 Costos posteriores • Decreto Legislativo 1112 (Modificación al IR) • Por costo computable de los bienes enajenados, se entenderá el costo de adquisición, producción o construcción o, en su caso, el valor de ingreso al patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a ley, más los costos posteriores incorporados al activo de acuerdo con las normas contables. • NIC 16 • Sea probable que la entidad obtenga beneficios económicos futuros • El costo pueda ser medido confiablemente • ¿ El mantenimiento mayor puede ser activo para fines tributarios? Entonces ¿Qué conceptos deben activarse?

  6. Tributa 2012 Amortización de Intangibles • Amortización de activos intangibles de duración limitada: • Uno o diez años ¿hasta? • Opción del contribuyente • No incluye intangibles aportados. 1 2 Deducible Amortización de activos intangibles de duración ilimitada: • Marcas • Patentes • Procedimientos de fabricación • Licencias de Pesca No Deducible

  7. Tributa 2012 Amortización de Intangibles Reglamento: • Intangibles de duración limitada: Por ley o naturaleza (no por contrato). • Derechos de llave • Derechos de autor • Diseños, planos, fórmulas • Software • El plazo de amortización es uno o hasta diez años, no pudiendo ser inferior a la vida del intangible. Hay que probarlo • Por el precio pagado • Desde que se utilicen en generar renta gravada

  8. Tributa 2012 Caso Licencia de Pesca A través del informe No. 010-2011, la Administración Tributaria señala que los “permiso de pesca” corresponden a intangibles de duración ilimitada, por tanto el precio pagado por su adquisición no es deducible para la determinación de la renta neta imponible de tercera categoría, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso g) del artículo 44° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta.  Se deja sin efecto el criterio contenido en la conclusión del Informe N.° 040-2007-SUNAT/2B0000. 

  9. Tributa 2012 Diferencia en cambio - Activos • Establece que las diferencias de cambio originadas por pasivos en moneda extranjera relacionados con activos fijos existentes o en tránsito u otros activos permanentes a la fecha del balance general, deberán afectar el costo del activos. Las diferencias de cambio originadas por pasivos en moneda extranjera relacionados y plenamente identificables, ya sea que se encuentren en existencia o en tránsito a la fecha del balance general, deberán afectar el valor neto de los inventarios correspondientes. Inciso f) del articulo 61 de la LIR Inciso e) del articulo 61 de la LIR 2 1 Derogado

  10. Tributa 2012 Diferencia en cambio Control extracontable Año Resultados Activo Fijo DJ 1 Pérdida IncrementaAdicionar pérdida 2 Ganancia Disminuye Deducir la ganancia Adicionar la depreciación Deducir depreciación

  11. Tributa 2012 Diferencia en cambio - inversiones Caso: El 01.01.12, la Compañía Mar Azul S.A. compro el 100% de las acciones de Monte Blanco S.A. a la Compañía Mar Rojo S.A.. La compra de las acciones fue financiada mediante un préstamo sindicado de US$300 millones. Con fecha 30.06.2012 Mar Azul absorbe a Monte Blanco mediante un proceso de reorganización. Mar Azul Monte Blanco Resultado Costo

  12. Tributa 2012 Diferencia en cambio - inversiones Informe 021 – 2012 – SUNAT/4B000 La diferencia de cambio originada en un préstamo en moneda extranjera con el que, primero se adquiere la totalidad de acciones de una empresa que es posteriormente absorbida, debe afectar el costo de los activos fijos y permanentes que son transferidos. ¿Qué sucede con la diferencia en cambio cuando estaba vinculada a la inversión? ¿ De que forma se realiza la distribución de la diferencia en cambio, valor razonable o costo histórico?

  13. Industria Minera e hidrocarburos 2 Tributación Sectorial

  14. Tributa 2012 Determinación de la vida útil • La depreciación del activo fijo se calcula sobre la base de los máximos permitidos por la legislación tributaria. • No se revisa la vida útil de los bienes del activo fijo después de su reconocimiento inicial. Práctica común • La vida útil de los bienes del activo fijo se debe determinar sobre la base de la expectativa de la contribución del activo a la generación de ingresos futuros. • La vida útil de los bienes del activo fijo se debe revisar al cierre de cada ejercicio. NIIF

  15. Hasta el ejercicio 2010, la Compañía XYZ S.A.C. depreciaba sus activos fijos aplicando las tasas tributarias vigentes, no obstante que conocía que la vida útil de sus activos era distinta. Por el ejercicio 2011, la Compañía efectúaunacorrección de la vida útil de sus activos, a fin de reflejar los saldoscorrectos. Tributa 2012 Vida útil de los activos fijos

  16. Tratamiento financiero vs. tratamiento tributario Tributa 2012 Vida útil de los activos fijos

  17. Al efectuar la corrección de vidas útiles, se debe ajustar la depreciación de ejercicios anteriores. Tributa 2012 Vida útil de los activos fijos ¿Este registro contable tiene incidencia tributaria?

  18. ¿Cómo se calcula la depreciación de 2011 en adelante? Tributa 2012 Vida útil de los activos fijos

  19. Tributa 2012 Determinación del valor residual Práctica común La base de depreciación de los bienes del activo fijo no contempla su valor residual. NIIF La base de depreciación de los bienes del activo fijo corresponde a su costo menos su valor residual.

  20. ABC S.A.C. deprecia el valor total de sus activos fijos, no obstante que ya conocía que los mismos tenían un valor residual. A partir de 2011 ha optado por corregir esta situación. Tributa 2012 Valor residual de los activos fijos Ejemplo

  21. Tratamiento financiero vs. Tratamiento tributario - ajustes Tributa 2012 Valor residual de los activos fijos Ejemplo (continua)

  22. Tributa 2012 Tratamiento de los repuestos Práctica común No se discrimina qué repuestos, partes y piezas se deben considerar como bienes del activo fijo. NIIF Los repuestos importantes y el equipo de reemplazo, que se espera utilizar durante más de un período en un activo específico, por lo general cumplen con las condiciones para ser calificados como activo fijo.

  23. Tributa 2012 Componetización Práctica común El registro de los bienes del activo fijo no contempla reconocerlos por componentes importantes. NIIF Se debe depreciar de forma separada cada componente de cada elemento de activo fijo que tenga un costo significativo con relación al costo total del elemento.

  24. Tributa 2012 Componetización Ejemplo Que vemos acá? Es solo una máquina?

  25. Tributa 2012 Componetización • Se identifican cuatro componentes: • 1.- Molino, función principal moler el mineral a niveles de tratamiento (fino) • 2.- Catalina - contra eje, canal de transmisión de energía que proporciona el movimiento al molino. • 3.- Equipo de computo que gobierna la maquina.4.- Motor, primer transmisor de energía hasta el reductor. • A nivel de costos la distribución puede ser la siguiente: • Molino S/. 1´000,000 • Catalina S/. 500,000 • Equipo de computo S/. 500,000 • Motor S/. 300,000 2 1 4 3

  26. Molino: S/. 1’000,000 (Vida útil 5 años) Catalina: S/. 500,000 (Vida útil 4 años) Equipos de cómputo: S/. 500,000 (Vida útil 2 años) Motor: S/. 300,000 (Vida útil 2 años) ___________________________________________ Total: S/. 2´300,000 Tributa 2012 Componetización de activos Ejemplo Antes ….

  27. Tributa 2012 Componetización de activos Ejemplo (continuación) Escenario N° 1Tratamiento financiero vs. Tratamiento tributario Deducción condicionada al registro del IR diferido

  28. Tributa 2012 Componetización de activos Ejemplo (continuación) Escenario N° 2Tratamiento financiero vs. Tratamiento tributario Deducción condicionada al registro del IR diferido

  29. Tributa 2012 Costo de producción- Depreciación leasing Depreciación Tributaria S/. 150,000 Depreciación S/. 100,000 100 unid Costo de producción En stock 20 unid Vendidas 80 unid ¿Es correcto el cálculo de esta deducción tributaria?

  30. Tributa 2012 Participación en las utilidades Informe SUNAT No. 033-2012-SUNAT/4B0000 “El artículo 10° del Decreto Legislativo N° 892 establece que la participación en las utilidades a que se refiere la norma y las que el empleador otorgue unilateralmente a sus trabajadores o por convenio individual o convención colectiva constituyen gastos deducibles para la determinación de la renta imponible de tercera categoría. (…) (…) Como se aprecia, aun cuando contablemente la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas podría ser reconocida como parte del costo de un activo, para la determinación del Impuesto a la Renta ello no es posible, dado que existe una regulación tributaria específica que dispone que dicho concepto debe ser deducido como gasto. (…)

  31. VA: S/. 1’000,000 VA1: S/. 400,000 01/01/09 01/01/01 VA2: S/. 500,000 31/12/2021 Gasto financiero VA1-VA2 = 100,000 S/. 12,500 por año Deprec. Anual (5%): S/. 20,000 VA: S/. 400,000 Tributa 2012 Costos de desmantelamiento

  32. Tributa 2012 Pérdidas tributarias 4 años contados desde el año siguiente al de su generación. A Dos Sistemas Compensar la pérdida sin plazo de expiración. Se aplica un límite del 50% de las rentas netas de ejercicios siguientes. B

  33. Tributa 2012 Oportunidad de la elección del sistema de compensación de pérdidas La opción se efectúa en la Declaración Jurada correspondiente al ejercicio en que se genera la pérdida. Se impide cambiar el sistema una vez ejercida la opción. Es posible cambiar el sistema en el ejercicio en que no existan pérdidas de ejercicios anteriores, por haberse compensado o por haber vencido el plazo para su compensación. Informe N° 069-2010 – SUNAT/2B0000: Los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría se encuentran facultados a presentar una declaración rectificatoria de su Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta para modificar el sistema de arrastre de pérdidas inicialmente elegido. El plazo máximo es el día anterior a la presentación de la Declaración Jurada Anual del ejercicio siguiente o la fecha de su vencimiento, lo que ocurra primero

  34. Tributa 2012 Principio de causalidad RTF Nos.01275-2-2004 y 710-2-99 “(…) el principio de causalidad es la relación de necesidad que debe establecerse entre los gastos y la generación de renta o el mantenimiento de la fuente, noción que en nuestra legislación es de carácter amplio pues se permite la sustracción de erogaciones que no guardan dicha relación de manera directa, contrario a lo estimado por la Administración en el presente caso, en el que exige que el gasto sea necesario en un sentido restrictivo, esto es que sin la realización del mencionado desembolso no habría renta o la misma no podría subsistir, lo que no se condice ni con la legislación tributaria, ni con la opinión de este Tribunal”. Noción amplia

  35. Tributa 2012 Gastos de responsabilidad social RTF No. 01424-5-2005 Posición SUNAT: Se repara el gasto efectuado por una empresa minera por la compra de insumos para el cuidado y tratamiento de tierras agrícolas, por tratarse de gastos ajenos al giro del negocio, al considerarse que no cumplen con el principio de causalidad, ya que los gastos no están vinculados con la generación de renta gravada. Posición Tribunal Fiscal: Los desembolsos antes indicados corresponden a gastos de responsabilidad social y protección del medio ambiente, y podrán ser considerados razonables en la medida que estén vinculados al giro del negocio, constituyendo gastos deducible. No obstante , en el caso examinado la recurrente no presentó documento alguno u otra prueba a efecto de demostrar que los bienes adquiridos fueron destinados a los fines antes mencionados.

  36. Tributa 2012 Gastos de responsabilidad social RTF No. 01424-5-2005 “(…) es razonable que las empresas que se dedican a actividades mineras adquieran insumos para el cuidado o tratamiento de tierras agrícolas dentro de los programas que puedan tener implantados de responsabilidad social y protección del medio ambiente, y que por lo tanto las adquisiciones que con tal fin se realicen están vinculadas al giro de negocio”. “Que al respecto debe señalarse que si bien es razonable que las empresas que se dedican a actividades mineras adquieran insumos para el cuidado o tratamiento de tierras agrícolas dentro de los programas que pueden tener implantados de responsabilidad social y protección del medio ambiente, y que por lo tanto las adquisiciones que con tal fin se realicen están vinculadas al giro del negocio y otorgan derecho al crédito fiscal, en el presente caso la recurrente no presentó documento alguno u otra prueba a efecto de demostrar que los bienes adquiridos fueron destinados a los fines antes mencionados, no obstantede que ello le fue expresamente requerido en la fiscalización, por lo que no habiendo acreditado la relación de causalidad de tales gastos, es decir, que eran necesarios para producir la renta gravada o mantener la fuente productora de la misma, corresponde mantener el reparo ”.

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