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PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Ley N 20.652 DO 26.01.2013

PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Ley N 20.652 DO 26.01.2013. Unidad de Apoyo Municipal División de Planificación y Presupuesto Ministerio de Educación. CONTENIDOS. 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE LA LEY 1.1.- BENEFICIARIOS BONIFICACIÓN POR RETIRO

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PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Ley N 20.652 DO 26.01.2013

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  1. PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓNLey N 20.652 DO 26.01.2013 Unidad de Apoyo Municipal División de Planificación y Presupuesto Ministerio de Educación

  2. CONTENIDOS 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE LA LEY 1.1.- BENEFICIARIOS BONIFICACIÓN POR RETIRO 1.2.- CARACTERÍSTICAS DEL BENEFICIO 1.3.- PLAZOS DE POSTULACIÓN DEL ASISTENTE 1.4 .- COMPATIBILIDAD BONO POST LABORAL 2.- FLUJO DEL PROCESO: FASES 1 y 2 3.- FASE 1: POSTULACIÓN BONO RETIRO 3.1.- POSTULACIÓN DEL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN 3.2.- ANTECEDENTES POSTULACIÓN DEL ASISTENTE 3.3.- ANTECEDENTES PRESENTACIÓN SOSTENEDOR 3.4.- EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES EN MINEDUC 4.- FASE 2: SOLICITUD DE RECURSOS Y PAGO BONO RETIRO 4.1.- SOLICITUD DE RECURSOS 4.2.- PAGO BONIFICACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

  3. 1. ANTECEDENTESGENERALES DE LA LEY Ley N°20.652 (DO 26.01.2013): Otorga al personal Asistente de la Educación una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional por antigüedad y las compatibiliza con los plazos de la Ley Nº 20.305 Asistentes de la Educación de que se desempeñan en: • Establecimientos educacionales administrados directamente por las Municipalidades o a través de Corporaciones Municipales • Establecimientos educacionales regidos por Decreto Ley Nº 3.166 de 1980, • En la administración central de la educación Municipal, sea DAEM, DEM o Corporación. • En entidades administradoras de establecimientos educacionales regidos por el Decreto Ley Nº 3.166 de 1980 BENEFICIARIOS DEL PLAN

  4. 1.1 BENEFICIARIOS BONIFICACIÓN POR RETIRO Se distinguirán 3 grupos de beneficiarios según fecha de cumplimiento de edad para jubilar: 1 Edad para jubilar hasta el 19.01.2008 y se mantienen como asistentes al 26-01-2013 GRUPO 2 Edad para jubilar entre el 20-01-2008 y el 31-12-2012 3 Edad para jubilar entre el 01-01-2013 y el 30-06-2014 NOTA: Se entenderá como edad para jubilar 60 años, en caso de mujeres, y 65 años, en caso de hombres

  5. 1.2 CARACTERISTICAS DEL BENEFICIO Bono Asistentes Bonificación por retiro Bonificación Antigüedad (cargo sostenedor) + (cargo fiscal) INCOMPATIBILIDADES: con toda indemnización que, por termino de relación laboral o por años de servicio, pudiese corresponder a los asistentes, especialmente con las indicadas en el Art. 163º del Código del Trabajo. • Un mes de remuneración por años de servicio (con un máximo de 11) • Monto en base a remuneración mensual imponible últimos 12 meses promedio reajustados por IPC • Se financia con anticipo de subvención (Art. 11 Ley N°20.159) o recursos propios del sostenedor • Grupo 1: Funcionarios con 15 años de servicios o más al 26-01-2013 (UF 50,7) • Grupo 2 y 3: Funcionarios con 15 años de servicios o más (Máximo de 395 UF, para quienes tienen 44/45 hrs. de contrato y 35 o más años de servicio, es proporcional con menos)

  6. 1.3 PLAZOS DE POSTULACION DEL ASISTENTE • Los cupos establecidos para el GRUPO 3 podrán ser incrementados con los cupos no utilizados en el GRUPO 2. • Los postulantes del GRUPO 2 que cumplan requisitos y no hayan sido seleccionados por falta de cupos, tendrán derecho preferente en el GRUPO 3, sin necesidad de nueva postulación. • El término de la relación laboral se producirá cuando el empleador ponga a disposición del asistente la totalidad de la bonificación a que tenga derecho.

  7. 1.4 COMPATIBILIDAD CON BONO POST LABORAL Bono Post Laboral Ley N°20.305 Bono Retiro Asistentes Ley N°20.652 Compatible • Los Asistentes de la Educación que postulen a retiro voluntario durante los años 2013 y 2014, bajo el marco de la Ley Nº20.652, tienen derecho a postular, conjuntamente, al Bono Post Laboral establecido en la Ley Nº20.305. • Esto, sin atenerse al plazo de doce meses establecidos en la Ley Nº20.305 para su tramitación. • La postulación al Bono Post Laboral se realiza ante el sostenedor de la institución donde se desempeñe, quien procederá a la tramitación de dicha solicitud, en los plazos y condiciones establecidas por Tesorería General de la República.

  8. 2. FLUJO DEL PROCESO: FASES 1 y 2 Asistente: Presenta renuncia y certificado Sostenedor: Recopila antecedentes , prepara presentación y envía al MINEDUC MINEDUC: Revisa y valida antecedentes FASE 1: Postula Bonificación Sostenedor: Prepara información remuneraciones y evalúa financiamiento disponible MINEDUC: Otorga beneficio e informa a sostenedor Asistente: Es informado de obtención del bono Sostenedor: Solicita recursos, indicando fuentes de financiamiento MINEDUC: Evalúa y aprueba solicitud de recursos FASE 2: Solicita Recursos para Pago Asistente: Recibe bonificación por retiro MINEDUC: Transfiere recursos a cada sostenedor Sostenedor: Ejecuta pago de bonificación y establece procesos de cese funciones Sostenedor: Efectúa rendición de cuentas de todos los recursos recibidos MINEDUC: Aprueba/Rechaza Rendición

  9. FASE 1: POSTULACIÓN BONO RETIRO

  10. 3.1 FASE 1: POSTULACIÓN DEL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN POSTULACIÓN Los Asistentes de la Educación, que cumplan los requisitos establecidos en la Ley, deberán presentar sus antecedentes ante sus sostenedores para postular al beneficio, en los plazos y condiciones estipuladas. ASISTENTES DE TODOS LOS GRUPOS SÓLO ASISTENTES GRUPO 1 1. Certificado de nacimiento 2. Carta de renuncia voluntaria firmada 3. Ficha de postulación firmada 4. Certificado histórico cotizaciones pre-visionales con todos sus empleadores 1. Presentar certificado médico emitido por una institución de salud que acredite enfermedad grave, crónica o terminal. 2. Certificado de licencias médicas de los últimos 2 años.

  11. Deben ser presentados al sostenedor municipal: 3.2 FASE 1: ANTECEDENTES PARA POSTULACIÓN DEL ASISTENTE 1. Ficha de postulación firmada: indicando antecedentes de antigüedad laboral y años servidos en el sistema (formato tipo en www.mineduc.cl) 2. Certificado de nacimiento del Asistente de la Educación 3. Carta de renuncia voluntaria firmada (de carácter irrevocable) a la totalidad de horas servidas (formato tipo en www.mineduc.cl) 4. Certificado histórico de cotizaciones previsionales desde que ingresó al sistema Nota: En caso que requiera le sean reconocidos tiempos servidos con otros sostenedores, deberá adjuntar contratos de trabajo (con anexos y/o modificaciones), decretos o resoluciones de nombramiento, que demuestren la carga horaria y la totalidad de años de servicio.

  12. El sostenedor debe enviar al MINEDUC: 3.3 FASE 1: ANTECEDENTES PRESENTACIÓN DEL SOSTENEDOR 1. Oficio conductor (formato tipo en www.mineduc.cl) 2. Ficha de presentación de postulantes(formato tipo en www.mineduc.cl) en la que se indica información personal de los asistentes postulantes, horas vigentes y años servidos, tanto con el respectivo sostenedor como con otras entidades públicas mencionadas en el art. 1º (en los casos que corresponda). 3. Certificado del secretario municipal, en el que se acredita la fecha en que fueron recibidas las postulaciones y renuncias. 4. Antecedentes del Asistente de la Educación: ficha de postulación; certificado nacimiento; carta de renuncia; certificado de cotizaciones; y copia de contratos, decretos o resoluciones que acrediten antigüedad laboral y años de servicio. IMPORTANTE: Las presentaciones de los sostenedores, con todos los antecedentes requeridos, se recibirán dentro de los 30 días posteriores a la fecha de cierre de postulación de cada grupo.

  13. 3.4 FASE 1: EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES EN MINEDUC • Una vez recepcionadas las presentaciones de cada sostenedor, el Ministerio de Educación procederá a la revisión de cumplimiento de requisitos y validación de información de cada asistente. • En base a lo anterior, dictará los actos administrativos correspondientes para el otorgamiento el beneficio. • Cada nómina de seleccionados, por cada grupo de postulación (ateniéndose al máximo de cupos disponibles) , se informará a los sostenedores. • Habiendo tomado conocimiento de los asistentes a quienes se les otorgó el bono, los sostenedores generarán las solicitudes de los recursos necesarios para su pago. CASOS ESPECIALES: Para el GRUPO 1, la evaluación implicará la consideración de situaciones agravantes, de acuerdo a criterios establecidos en la Ley

  14. CASOS ESPECIALES: CRITERIOS DE SELECCIÓN GRUPO 1 • Mayor antigüedad y con enfermedad de carácter grave, crónica o terminal, que impida la continuidad del desempeño de sus labores • Mayor edad y años de servicio • Mayor edad y menor renta *De acuerdo a patologías garantizadas por Plan AUGE

  15. FASE 2: SOLICITUD DE RECURSOS Y PAGO BONO RETIRO

  16. 4.1 FASE 2: SOLICITUD DE RECURSOS Habiendo sido informado de los beneficiarios del bono, el sostenedor deberá remitir al MINEDUC la solicitud de recursos en un plazo mínimo de 60 días anteriores a la fecha en que el asistente manifiesta hacer efectiva su renuncia. 1. Oficio conductor (formato tipo en www.mineduc.cl) 2. Ficha de solicitud de recursos(formato tipo en www.mineduc.cl) que indica cálculo del promedio de remuneración reajustado por IPC, señala fuentes de financiamiento. 3. Copia simple de las últimas 12 liquidaciones de sueldo de cada asistente de la educación. 4. Acuerdo de Concejo Municipal que autoriza anticipo de subvención Art. 11 de la Ley 20.159 (SÓLO SI UTILIZA ESTE FINANCIAMIENTO) DOCUMENTOS PARA PRESENTAR SOLICITUD

  17. 4.2 FASE 2: PAGO BONIFICACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS • Una vez aprobadas las solicitudes de recursos,y tramitado el acto administrativo que entrega los recursos, estos serán transferidos al sostenedor en la cuenta que percibe subvención. • En un plazo de 30 días siguientes a la fecha de la transferencia, el sostenedor debe ejecutar el pago al asistente e informar al MINEDUC del uso de los recursos. • Siempre debe respetarse la fecha de renuncia indicada por el Asistente de la Educación en su carta. • Las rendiciones de cuenta deben ser enviadas al Subsecretario de Educación, con oficio tipo, ficha de rendición y antecedentes de desvinculación (incluye copia simple de decretos de ceses o finiquitos). • La Subsecretaría de Educación deberá poner en conocimiento de Contraloría General de la República los hechos que no se ajusten a las disposiciones establecidas en la Ley .

  18. PLAN DE RETIRO ASISTENTES DE LA EDUCACIÓNLey N 20.652 DO 26.01.2013 Unidad de Apoyo Municipal División de Planificación y Presupuesto Ministerio de Educación

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