1 / 12

Cuestionario 1 RESPONSABILIDAD CIVIL

TALLER REGIONAL DIRIGIDO A PROMOVER LA RATIFICACION DEL PROTOCOLO DE RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIONES POR DAÑOS CAUSADOS POR LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACION. Cuestionario 1 RESPONSABILIDAD CIVIL.

dionne
Télécharger la présentation

Cuestionario 1 RESPONSABILIDAD CIVIL

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. TALLER REGIONAL DIRIGIDO A PROMOVER LA RATIFICACION DEL PROTOCOLO DE RESPONSABILIDAD E INDEMNIZACIONES POR DAÑOS CAUSADOS POR LOS MOVIMIENTOS TRANSFRONTERIZOS DE DESECHOS PELIGROSOS Y SU ELIMINACION Cuestionario 1 RESPONSABILIDAD CIVIL

  2. MARCO LEGAL GENERAL EN MATERIA DE INGRESO DE RRSS PELIGROSOS • LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS (LGRS)(11.07.00): INTERNAMIENTO DE RRSS: • Se prohibe el internamiento de residuos sólidos al territorio nacional. • Excepcionalmente, la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) puede permitir dicho internamiento si es para actividades de reciclaje, reutilización o recuperación. Ello no es aplicable a los peligrosos. • Requisitos para autorizar importación: • Memoria Descriptiva del proceso al que va a ser destinado el residuo y el uso que se dará al producto final • Notificación de Autoridad Competente del país exportador • Certificado de composición de los residuos emitido por organismo de certificación del país de origen o empresa verificadora internacional • Información sobre registro de empresa comercializadora, de ser el caso • No se permite, sin admitir excepción alguna, el internamiento o el tránsito por el territorio nacional de residuos radioactivos. • Tránsito de rrss peligrosos.

  3. MARCO LEGAL GENERAL EN MATERIA DE INGRESO DE RRSS PELIGROSOS • CODIGO DEL MEDIO AMBIENTE (1990, modificado en 1998): • Las responsabilidades civil, administrativa y penal son independientes entre sí. • Sanciones administrativas: • En caso de internamiento de residuos tóxicos o peligrosos, la multa será no inferior al monto total de lo internado. • CODIGO PENAL(1991, modificado en 1997): • El que ilegalmente ingresare al territorio nacional residuos peligrosos • pena privativa de la libertad no menor de 3 años y de 150-300 días multa

  4. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOS • Para determinar la responsabilidad civil derivada de un accidente ocurrido durante el movimiento transfronterizo de rrss debe tenerse en consideración: • Las reglas establecidas en tratados internacionales ratificados por el Perú en la materia • Las reglas de Derecho Internacional Privado del Código Civil (CC) • Las Reglas de Responsabilidad Civil establecidas en la LGRS, complementadas por las reglas de responsabilidad civil establecidas en el CC

  5. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOS • CODIGO CIVIL (1984): Libro de Derecho Internacional Privado • El derecho aplicable para regular relaciones jurídicas vinculadas con ordenamientos jurídicos extranjeros se determina de acuerdo con los tratados internacionales ratificados por el Perú que sean pertinentes; y a falta de éstos, se aplica este Libro. • Juez competente: • Los tribunales peruanos tienen competencia para conocer acciones de contenido patrimonial aún contra domiciliados en el extranjero ... cuando se trata de acciones civiles derivadas de delitos cuyos resultados se hayan producido en la República. Es competencia exclusiva. • Ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual: • Se aplica la ley del país donde se realice la principal actividad que origina el perjuicio.

  6. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTAS 1,4 • LGRS: El que causa un daño durante el manejo de residuos sólidos peligrosos está obligado a repararlo, de acuerdo a las reglas de la responsabilidad civil objetiva del CC • CODIGO CIVIL: Libro de Fuentes de las Obligaciones, Sección Responsabilidad Extracontractual • Responsabilidad objetiva • “Aquél que mediante un bien riesgoso o peligroso, o por el ejercicio de una actividad riesgosa o peligrosa, causa un daño a otro, está obligado a repararlo” • En caso de varios responsables: Responsabilidad solidaria • El juez determina la proporción en el pago de la indemnización que le corresponda a cada uno de los responsables, según la gravedad de la falta de cada uno de los participantes. • Si no fuera posible determinar el grado de responsabilidad de cada uno, la obligación de reparar se comparte en partes =s.

  7. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTAS 1,4 • LEY GENERAL DE RESIDUOS SOLIDOS(2000): • Reglas especiales sobre la responsabilidad del generador: • Los generadores de rrss peligrosos pueden contratar una empresa prestadora de servicios de residuos sólidos (EPS-RS) ( o empresa comercializadora de residuos sólidos (EC-RS)). • A partir del recojo, el generador les transmite la responsabilidad por las consecuencias derivadas del manejo de estos residuos. • Los generadores serán responsables si se determina que su negligencia o dolo contribuyó a la generación del daño.

  8. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTA 2 • CODIGO CIVIL: • Qué comprende el concepto “daño” / “indemnización”? • La indemnización comprende las diversas consecuencias que deriven de la acción u omisión generadora del daño, incluyendo el lucro cesante, el daño a la persona y el daño moral. • El daño a la salud y la indemnización por muerte están comprendidos dentro del concepto de daño a la persona. • La legislación sobre responsabilidad extracontractual se centra en las individidualización del daño pero, en el CMA recoje el principio contaminador pagador: • “Los costos de prevención, vigilancia, recuperación y compensación del deterioro ambiental corren a cargo del causante del perjuicio”.

  9. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTA 5 • Plazo prescriptorio: • En C.C. el plazo aplicable para la responsabilidad extracontractual es de 2 años. • Artículo IX.- Aplicación supletoria del Código Civil. • Las disposiciones del Código Civil se aplican supletoriamente a las relaciones y situaciones jurídicas reguladas por otras leyes, siempre que no sean incompatibles con su naturaleza. • En este caso, la ley aplicable sería la ley especial : LGRS. • Pero la LGRS establece, únicamente respecto de los generadores de rrss peligrosos, un plazo de responsabilidad de 20 años. • Esta responsabilidad se aplica si por negligencia o dolo, los generadores hubieran contribuido a la generación del daño. • No se establece otro plazo prescriptorio para los demás responsables y por tanto a éstos corresponde aplicarles la regla general de prescripción de 2 años.

  10. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTAS 6,7 • Límites financieros en materia de responsabilidad: • No existen. • Seguro que cubra daños por movimiento transfronterizo de rrss peligrosos • Manejo de rrss peligrosos al interior del país: Las autoridades sectoriales competentes pueden disponer que las entidades generadoras o los responsables del manejo de residuos peligrosos contraten una póliza de seguro que cubra las operaciones de manejo de los mismos, desde la generación hasta su disposición final (LGRS). • En nueva Ley de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (Ley 28256, 19.06.04) se señala que las Empresas Prestadoras de Servicio de Transporte deben contar con póliza de seguro que cubra todas las operaciones de transporte de residuos peligrosos, así como la afectación de terceros y de intereses difusos en materia ambiental.

  11. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTA 3 – MARCO INSTITUCIONAL • Responsabilidad civil y penal: sede jurisdiccional. • Responsabilidad civil: su desarrollo reglamentario se emitirá en norma de la Presidencia del Consejo de Ministros. • Responsabilidad penal: se requiere contar con opinión de autoridades sectoriales competentes respecto de si se ha infringido o no la legislación ambiental. Este informe debe ser merituado por el Fiscal y el Juez al momento de decidir. • Responsabilidad administrativa: • Ninguna persona puede ser sancionada por más de una autoridad por el mismo hecho. • Ante la sanción impuesta por una autoridad las otras deben abstenerse de hacerlo. • Ministerio de Salud y Municipalidades, respecto de las operaciones de manejo de rrss. • Autoridad Ambiental Sectorial, respecto de manejo de residuos al interior de áreas productivas • Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respecto del transporte de rrss peligrosos

  12. REGIMEN LEGAL DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS OCURRIDOS DURANTE UN MOVIMIENTO TRANSFRONTERIZO DE RESIDUOS PELIGROSOSPREGUNTA 8 • Vacíos en la legislación, en materia de responsabilidad, que pudiera llevar a casos donde el daño causado por accidentes no quede cubierto: • Son eximentes de responsabilidad, aplicables al régimen de responsabilidad subjetiva y objetiva: • El ejercicio regular de un derecho • La legítima defensa • El estado de necesidad. • Son causales de ruptura del nexo causal, aplicables en particular para la responsabilidad objetiva, las siguientes: • caso fortuito o fuerza mayor* • hecho determinante de tercero* • la imprudencia de quien padece el daño • * La doctrina considera que en estos casos la ruptura es aplicable en tanto que éstos sean extraños al riesgo o peligro introducido. • Aparte de estas excepciones, todo otro daño se encuentra sujeto a responsabilidad.

More Related