520 likes | 777 Vues
RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL. Causa fuente: inejecución de una obligación emergente de un contrato. Vínculo preexistente Deber jurídico específico Deudor prestación contractual Deudor prestación indemnizatoria Obligación principalObligación principal+accesoria
E N D
Prof.Norma Beatriz MARTINEZ RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL
Causa fuente: inejecución de una obligación emergente de un contrato • Vínculo preexistente • Deber jurídico específico • Deudor prestación contractualDeudor prestación indemnizatoria • Obligación principalObligación principal+accesoria • Conducta obrada =/= Conducta esperada Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Incumplimiento+mora • Contrato (art.1137)= norma individual • Principio de autonomía de la voluntad (art.1197) • Artículo 1198 (buena Fe) • INCUMPLIMIENTO (TOTAL,PARCIAL,DEFECTUOSO) • Incumplimiento+moraRESPONSABILIDAD CIVIL • MORA: ARTÍCULO 509, CC • MORA: FALTA DE CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LA PRESTACIÓN Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
MORA • CONSTITUCIÓN EN MORA • ¿Cómo se constituye en mora? • ¿Cuándo se constituye en mora? • Quién constituye en mora? • INTERPELACIÓN: REQUERIMIENTO DE PAGO • VÍA JUDICIAL/VÍA EXTRAJUDICIAL • INCUMPLIMIENTO POR ERROR/INCUMPLIMIENTO POR DECISIÓN Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Incumplimiento • Incumplimiento reprochable= sanción • DOLO/CULPA • Factor de imputación subjetivo • RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL: ARTÍCULOS 506/514 Y 519/522 Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
normativa • Artículo 506: incumplimiento doloso. • Dolo en sus 3 acepciones: • 1.dolo vicio: 931, CC • 2.dolo obligacional: 521, CC • 3.dolo delictual: 1072, CC • DOLO OBLIGACIONAL: 2 ELEMENTOS • 1.ELEMENTO POSITIVO: POSIBILIDAD DE CUMPLIR • 2.ELEMENTO NEGATIVO: PREVISION DEL SUJETO DE NO CUMPLIR. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Dolo obligacional • Efectos del dolo obligacional • Extensión del resarcimiento: consecuencias inmediatas+mediatas (artículo 521: también) • Artículos 901+903+904 • Previsibilidad objetiva agravada por el manejo del curso causal (< álea del resultado) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
DOLO OBLIGACIONAL • ARTÍCULO 506: DOLO DEL DEUDOR • DOLO DEL ACREEDOR = • Prueba del dolo. Principio general (todo aquel que invoca un hecho en base al cual funda un derecho debe probarlo) • Recurrir a indicios concordantes y objetivos • Banco $ 100.000. Debo $ 5000. NO PAGO PORQUE NO QUIERO Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 507 • PROHIBICION DE DISPENSA DEL DOLO FUTURO • Cláusula contractual de dispensa previa • Contrario a la buena fe, a la moral, a las buenas costumbres (artículo 953) • Condición puramente potestativa (artículo 542, CC) • PROHIBICION DE DISPENSA: ABSOLUTA O RELATIVA? Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
ARTÍCULO 507 • NO PUEDE DISPENSARSE EL DOLO FUTURO • PUEDE DISPENSARSE EL DOLO PASADO??? • A falta de pruebas…. Sólo consecuencias inmediatas • Renuncia expresa o tácita • Transacción • Modos extintivos de las obligaciones • Liberación parcial de la obligación (sólo de la accesoria) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 507 • Contrato con cláusula de dispensa futura: nulo o anulable • Nulidad absoluta o relativa • Absoluta: si afecta a una obligación principal • Relativa: se expurga el vicio quitando la cláusula Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 508 • Nos introduce a la mora • Deudor moroso: responde por su morosidad • Cumplimiento tardío o defectuoso • Si hay daño: reparar. • Si paga fuera de término y el acreedor entrega recibo de pago: la obligación se extingue (sin derecho a reclamo de daños y perjuicios) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 508 • Si deudor paga fuera de término y acreedor hace reserva de pago: tiene derecho a percibir los daños y perjuicios que se le causaron • Lo accesorio sigue la suerte de lo principal Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 509 • MORA: falta de cumplimiento oportuno de la prestación • Mero incumplimiento es relevante jurídicamente? • Actividad del acreedor: constitución en mora • La mora se regula según la exigibilidad de la obligación. • Modalidad: plazo (exigencia de la prestación). Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 509 • Antes de la Ley 17711: siempre había que interpelar • Después de la Ley 17711: no siempre hay que interpelar • Primer párrafo 509: obligaciones a plazo cierto: mora automática (incumplimiento=responsabilidad civil) • Ejemplo: contrato de alquiler. Pago canon del 1 al 5 Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 509 • Excepciones: • 1) autonomía de la voluntad (igual interpelar) • 2) existencia de un factor impeditivo (1201=510) • Segundo párrafo: obligación a plazo incierto pero surge de la naturaleza y circunstancias de la obligación. Hay que interpelar. • Escritura de la venta de un bien inmueble se firmará cuando estén los certificados respectivos. • INTERPELAR: VÍA JUDICIAL O EXTRAJUDICIAL Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 509 • Tercer párrafo: obligaciones sin plazo. • SOLO VIA JUDICIAL • EL ACREEDOR PUEDE ACUMULAR LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN • TE PRESTO $10000 HASTA QUE MEJORES DE FORTUNA… Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
ARTÍCULO 509 • INTERPELAR: INTIMAR AL DEUDOR A QUE PAGUE • INTERPELACION: REQUISITOS EXTRÍNSECOS (PRUEBA FEHACIENTE)+REQUISITOS INTRÍNSECOS (categórico, imperativo, apropiado, circunstanciado) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
interpelación • Categórico/imperativo: intimo a Ud. a que proceda a abonar la suma de pesos… • Apropiado: intimo a Ud a que proceda a abonar la suma de pesos …. ($.....) que como obligación asumiera mediante contrato de compraventa formalizado con Ud. el día 27/7/09, la que se encuentra incumplida… • Circunstanciado: intimo a Ud. a que en el plazo de 48 horas proceda a abonar la suma…. A tal fin deberá hacerse presente en el estudio jurídico de…. Sito en calle…. De la ciudad de…. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
mora • Incumplimiento+mora+interpelación responsabilidad civil • De todos modos hay incumplimientos sin responsabilidad: si media caso fortuito o fuerza mayor • Factores ajenos o extraños al sujeto incumplidor • El incumplimiento no le es imputable • El daño tampoco le es imputable al deudor incumplidor Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
eximentes • Caso fortuito y fuerza mayor operan como eximentes (artículos 513 y 514, CC) • Hechos de la naturaleza o del príncipe derivados de cursos causales sobrevinientes • Otra eximente: acreedor moroso (obligaciones recíprocas bilaterales) • No hay mora en los actos ilícitos ni en obligaciones de no hacer Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
EFECTOS DE LA CONSTITUCIÓN EN MORA • A) identifica al deudor incumplidor de la prestación contractual como deudor de la prestación indemnizatoria • B) opera la traslación de los riesgos (contingencias a que se somete la cosa cierta debida por una causa ajena a las partes) • Inhabilita al moroso a constituir en mora al deudor recíproco y a resolver el contrato Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
mora • Cesa por el pago • Cesa por la renuncia del acreedor (entrega recibo de pago sin reserva o expresamente renuncia a su derecho al reclamo de daños y perjuicios) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Exceptio non adimpleti contractus • Del derecho romano • Artículo 510= 1201 • Caso de obligaciones recíprocas y conexas • El incumplimiento de una parte habilita el incumplimiento de la otra sin responsabilidad y con resolución Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 511 • Inejecución culposa de la prestación contractual • Concordancia con el artículo 520 • Dolo o culpa= reparar daños y perjuicios aunque en distinta medida • Factor de atribución subjetivo • Casos de responsabilidad contractual objetiva (contratos de espectáculo público o deportivo, de transporte o relaciones de consumo. Factor de atribución: obligación de seguridad o garantía) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
CULPA • ARTÍCULO 512. • CULPA SUPONE ACTUAR REPROCHABLE • ERROR DE CONDUCTA • FALTA DE DILIGENCIA/FALTA DE PRUDENCIA/FALTA DE PERICIA • OMISIÓN DE LAS DILIGENCIAS QUE EXIGE LA NATURALEZA DE LA OBLIGACIÓN SEGÚN LAS CIRCUNSTANCIAS DE PERSONA, DE TIEMPO Y DE LUGAR Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
culpa • Análisis concreto, subjetivo y ex ante (todo lo contrario que en la relación de causalidad) • Basta con que el sujeto haya estado en condiciones de prever las consecuencias de sus actos • Goldenberg/Los Arcos: “verdadera pieza jurídica” • Nota: la sola ley es la conciencia del juez….el artículo se limita a ser un consejo para el juez quien debe ponderar en cada caso concreto, acorde a la naturaleza de la obligación y las circunstancias de personas, de tiempo y de lugar…. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Prueba de la culpa • La culpa se presume • Basta acreditar la existencia del contrato y su no cumplimiento • Se invierte la carga probatoria: el deudor debe probar que cumplió • Si no cumplió es porque no adoptó las diligencias necesarias…. Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Dispensa de la culpa • La dispensa de la culpa no está prohibida por ley • Está permitida la dispensa de la culpa anticipada??? • Obligaciones asumidas con la condición de no recibir sanción alguna ante la falta de diligencia para su cumplimiento atentan contra el bien común, la moral y las buenas costumbres…. Fomentan la desidia Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Dispensa de culpa • Dispensa anticipada de culpa total: no • Dispensa anticipada de culpa parcial: si • Principio de autonomía de la voluntad • Dispensa de culpa pasada: derecho disponible y renunciable Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículos 513 y 514: eximentes • Caso fortuito y fuerza mayor • Eximentes de responsabilidad= suponen la liberación del deudor • Artículo 513: el deudor incumplidor NO RESPONDE POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS que resultan de caso fortuito o fuerza mayor (ppio.gral.) • EXCEPCIONES A LA EXIMENTE: • 1) convención por la que deudor asume el caso fortuito (pacto de garantía) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
EXIMENTES • 2) SI CF O FM ocurre por culpa del deudor (hecho del deudor por el que debe responder) • 3) CF o FM ocurre cuando el deudor ya está en mora (opera la traslación de los riesgos) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
eximentes • Artículo 514: caso fortuito es aquel que no puede preverse o que previsto no puede evitarse • Imprevisiblidad o inevitabilidad • Supera la previsibilidad objetiva • CF o FM sinónimos (= consecuencia jurídica) • Eximen porque cortan el nexo causal • Curso causal ajeno o extraño al sujeto incumplidor • Supone una imposibilidad absoluta de cumplimiento (ni el deudor ni nadie pueden cumplir) Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
eximentes • Curso sobrevinientes • Caso fortuito: hechos de la naturaleza • Extraordinarios (contrarios a ordinarios según el curso natural…) • Casus: robo de un automotor en Bs As??? • Atentado de la eta en Argentina??? Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
PRUEBA DEL CASO FORTUITO • PRINCIPIOS GENERALES Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
ARTÍCULO 519 • SIENTA UN PRINCIPIO GENERAL DE LA RESPONSABILIDAD • CONCUERDA CON EL ARTÍCULO 1068 • DEUDOR INCUMPLIDOR DEBE SATISFACER LA PÉRIDA SUFRIDA Y LA UTILIDAD DEJADA DE PERCIBIR POR LA INEJECUCIÓN • DAÑOS Y PERJUICIOS • DAÑOS PATRIMONIALES Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
ARTÍCULO 520 • JUNTO AL 521 regulan la extensión del resarcimiento (consecuencias por las que el deudor debe responder) • 520: pone en cabeza del deudor incumplidor las consecuencias inmediatas (901-903) que son siempre imputables Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 521 • Adjudica las consecuencias mediatas sólo al deudor incumplidor doloso (901-904). Basta con que haya podido preverlas Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
Artículo 522 • Daño moral. • El juez PODRÁ • No es normal que se generen perturbaciones extraordinarias al espíritu en el ámbito de los negocios Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
DAMINIFICADOS • SOLO DIRECTOS • ARTÍCULOS 1191 Y 1195 • RES INTER ALIOS ACTA Prof.Norma Beatriz MARTINEZ
prescripción • Artículo 4023, CC: 10 años Prof.Norma Beatriz MARTINEZ