1 / 187

Taller de Llenado de Pedimento Presentación Marzo 2013

Taller de Llenado de Pedimento Presentación Marzo 2013. Índice Introducción General……………………………………. 3 Normatividad del Llenado de Pedimento……………. 5 Pedimento Normal ……………………………………….... 9 Rectificación de Pedimento Normal ……………………… 25 Anexo 22 de las RCGMCE……………………………… 27

gaye
Télécharger la présentation

Taller de Llenado de Pedimento Presentación Marzo 2013

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Taller de Llenado de Pedimento Presentación Marzo 2013

  2. Índice Introducción General……………………………………. 3 Normatividad del Llenado de Pedimento……………. 5 Pedimento Normal……………………………………….... 9 Rectificación de Pedimento Normal……………………… 25 Anexo 22 de las RCGMCE……………………………… 27 Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012………………. . 27 Distribución de Copias……………………………………. 122 Anexo 1 de las RCGMCE……………………………….. 125 Pedimento………………………………………………….. 125 Formato para “Impresión Simplificada del Pedimento”..135 Bibliografía y Mesografía ............................................ 142

  3. Introducción general El comercio exterior en México es considerado el motor de crecimiento para elevar la competitividad, fortalecer el crecimiento económico en el país y una actividad para encaminar la economía al desarrollo sustentable. En el sector donde realizamos nuestras actividades, tenemos la encomienda de brindar soporte en materia aduanera para satisfacer los requerimientos de nuestros clientes. De esta forma el llenado de pedimentos es un punto álgido en las necesidades de los usuarios de los servicios de comercio exterior. Por tanto, el conocimiento que se desprende del taller de llenado de pedimento, está conformado con bases experienciales que se presentan en las oficinas de los agentes aduanales y se complementa con elementos de normativos de las leyes que rigen esta actividad en México.

  4. Introducción general Este curso pretende ser un laboratorio donde se identifique en lo subsecuente los documentos de donde se extrae la información para el llenado de pedimentos, la normatividad que lo rige, y las bases experienciales que se utilizan para presentar un documento adecuado en el despacho aduanero. Así, comenzaremos con identificar la normatividad que establece el llenado de pedimentos, continuaremos con la identificación de los campos del llenado de pedimento normal y por último se relacionará con la normatividad establecida en el anexo 1 para su impresión. Este curso pretende brindar al participante elementos BÁSICOS Y PRÁCTICOS del comercio exterior mexicano para que llegado el momento pueda identificar mejores prácticas. 

  5. Normatividad del llenado de pedimento En la actualidad existen 3 distintas operaciones de comercio exterior: las de importación (definitiva, temporal, depósito fiscal o fiscalizado), exportación (definitiva, temporal, depósito fiscal o fiscalizado) y de tránsito (interno e internacional). Cada una tiene distintos procesos y procedimientos para llevarse a cabo, por ejemplo, las importaciones, en general, tienen el siguiente proceso:

  6. PROVEEDOR FIN DE LA OPERACION AGENTE ADUANAL Identificar Mercancía Definir INCOTERM Lavado de contenedor vacío* Recepción de contenedor vacío Solicita maniobras Recibe documentos Clasifica la mercancía Elabora y valida COVE Elabora Pedimento Calcula aranceles Valida pedimento Pago pedimento aduana EMBARQUE ORIGEN Conocer Puerto de Embarque Definir Puerto de Destino Identificar Línea Naviera REGRESO DE CONTENEDOR DESTINO ALTAMIRA Maniobra de desembarque contenedor Revisión ocular/física de la carga Entrega de contenedor lleno Tarifa de seguridad Muellaje por tonelada Fumigación* ALMACEN DE CLIENTE ADUANA DE ALTAMIRA Primer reconocimiento Segundo reconocimiento (sin costo) VERDE: Libre de revisión ROJO: Revisión de mercancía TRANSPORTE DESTINO FINAL Contratado en su mayoría por el cliente y/o el agente aduanal Normatividad del llenado de pedimento

  7. Normatividad del llenado de pedimento DOCUMENTOS DE REFERENCIA PARA EL LLENADO DE PEDIMENTOS: * LEY ADUANERA * REGLAMENTO DE COMERCIO EXTERIOR * RCGMCE * BOLETINES * CIRCULARES * LEYES: IVA, IEPS, ISAN, DERECHOS, RRNA, ETC. * CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN * MANUAL SAAIM3 * HOJAS INFORMATIVAS VUCEM * CRITERIO DE LA ADUANA DE DESPACHO

  8. Normatividad del llenado de pedimento El despacho aduanero se define como: Artículo 35 LA. Se entiende por despacho el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras y los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes o apoderados aduanales. En el anterior contexto nos enfocaremos a conocer la normatividad que rige el pedimento y que detallaremos en seguida.

  9. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Ley Aduanera Art. 36 Documentos que se anexan a un pedimento Quienes importen o exporten mercancías están obligados a presentar ante la aduana por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría.En los casos de las mercancías sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias cuyo cumplimiento se demuestre a través de medios electrónicos, el pedimento deberá incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o parcial de esas regulaciones o restricciones.

  10. Dicho pedimento se deberá acompañar de: l. En importación: a) La factura comercial. b) El conocimiento de embarque en tráfico marítimo o guía en tráfico aéreo c) Los documentos que comprueben el cumplimiento de las regulaciones y restricciones no arancelarias a la importación. d) El documento con base en el cual se determine la procedencia y el origen de las mercancías. e) El documento en el que conste la garantía otorgada mediante depósito efectuado en la cuenta aduanera de garantía. f) El certificado de peso o volumen. g) La información que permita la identificación, análisis y control que señale la Secretaría mediante reglas.

  11. II. En exportación: a) La factura o, en su caso, cualquier documento que exprese el valor comercial de las mercancías. b) Los documentos que comprueben el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias. El agente o apoderado aduanal deberá imprimir en el pedimento su código de barras o usar otros medios de control… En el caso de mercancías susceptibles de ser identificadas individualmente, deberán indicarse, parte, marca, modelo, o, en su defecto, las especificaciones técnicas o comerciales necesarias para identificar las mercancías y distinguirlas de otras similares, cuando dichos datos existan. Esta información podrá consignarse en el pedimento, en la factura, en el documento de embarque o en relación anexa que señale el número de pedimento correspondiente, firmada por el importador, agente o apoderado aduanal.

  12. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal RCGMCE 1.2.1 - Formas, declaraciones, avisos e informes Para los efectos del artículo 31 del Código, las formas, declaraciones, avisos e informes, con sus respectivos instructivos de llenado, aprobados por el SAT, que deben ser utilizados por los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de comercio exterior, son los que se relacionan en el Anexo 1 de la presente Resolución, los cuales deberán ser llenados conforme a su instructivo. ………….

  13. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal RCGMCE 3.1.4 - Impresión simplificada del pedimento Para los efectos del artículo 36 de la Ley, el pedimento deberá presentarse en un ejemplar, sólo con los campos contenidos en el formato denominado “Impresión Simplificada del Pedimento” asentando el código de barras correspondiente conforme a lo establecido en el Apéndice 17 del Anexo 22 y declarando el número del COVE y los e-documents correspondientes.

  14. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal REGLA 3.1.15 - Mecanismo de selección - Documentos en los que se imprime su resultado Para los efectos del artículo 43 de la Ley, el módulo de selección automatizado imprimirá el resultado de la selección únicamente en el pedimento, impresión simplificada de pedimento o impresión simplificada del COVE.

  15. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Ley Aduanera Art. 83 - Cómo, cuándo y dónde se pagan las contribuciones Las contribucionesse pagarán por los importadores y exportadores al presentar el pedimento para su trámite en las oficinas autorizadas, antes de que se active el mecanismo de selección automatizado. ……. Cuando las mercancías se depositen ante la aduana, en recintos fiscales o fiscalizados, el pago se deberá efectuar al presentar el pedimento, a más tardar dentro del mes siguiente a su depósito o dentro de los dos meses siguientes cuando se trate de aduanas de tráfico marítimo, de lo contrario secausarán recargos en los términos del Código Fiscal de la Federación, a partir del día siguiente a aquel en el que venza el plazo señalado en este párrafo, los impuestos al comercio exterior se actualizarán en los términos del artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, a partir de la fecha a que se refiere el artículo 56 de esta Ley y hasta que los mismos se paguen…

  16. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal RCGMCE 1.6.21 - Oficinas autorizadas para presentar pedimentos, declaraciones y avisos 1. Tratándose de pedimentos y declaraciones de contribuciones y accesorios y sus rectificaciones Los módulos bancarios establecidos en las aduanas o sucursales bancarias habilitadas o autorizadas para el cobro de contribuciones al comercio exterior o mediante el servicio de "Pago Electrónico" a que se refiere la regla 1.3.1, antes de activar el mecanismo de selección automatizado En los demás casos, las oficinas de las instituciones de crédito autorizadas, que se encuentren en la circunscripción de la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda al domicilio fiscal del importador o exportador. 2. Tratándose de operaciones en las que se destinen las mercancías al régimen de depósito fiscal, los almacenes generales de depósito autorizados, enterarán las contribuciones y cuotas compensatorias señaladas en el numeral anterior, al día siguiente a aquél en que reciban el pago (Claves de pedimento A4, E1, E2, G1, C3, K2) Para exposición (A5, E3, E4, G2, K3) Industria automotriz(F2, F3, V3) duty free (F8, F9, G6, G7 , V8)

  17. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal RCGMCE 1.6.2 - Medios de pago de contribuciones y de cuotas compensatorias - PECA - Formulario múltiple de pago - Sucursales bancarias habilitadas o autorizadas El agente o apoderado aduanal que utilice el servicio de “Pago Electrónico Centralizado Aduanero”, será el responsable de imprimir correctamente la certificación bancaria en el campo correspondiente del pedimento o en el documento oficial, así como de verificar que los datos proporcionados mediante archivo electrónico por la Institución Bancaria contenidos en dicha certificación, correspondan con los señalados en el Apéndice 20 “Certificación de Pago Electrónico Centralizado” del Anexo 22 de la presente Resolución. Efectivo L1, VU o VF conforme al Apéndice 2 del Anexo 22, tarjeta de crédito o débito pueden usar los pasajeros regla 3.2.2

  18. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Ley Aduanera Art.16A - Requisitos para prestar el servicio de prevalidación de datos contenidos en los pedimentos ………. La prevalidación consiste en comprobar que los datos asentados en el pedimento, estén dentro de los criterios sintácticos, catalógicos, estructurales y normativos, conforme se establezca por el Servicio de Administración Tributaria, para ser presentados al sistema electrónico del propio Servicio. ………

  19. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Ley Aduanera Art.38 - Despacho mediante el empleo de un sistema electrónico El despacho de las mercancías deberá efectuarse mediante el empleo de un sistema electrónico con grabación simultánea en medios magnéticos…. Las operaciones grabadas en los medios magnéticos en los que aparezca la firma electrónica avanzada y el código de validación generado por la aduana, se considerará que fueron efectuados por el agente aduanal, por el mandatario autorizado o por el apoderado aduanal a quién corresponda dicha firma…. El empleo de la firma electrónica avanzada que corresponda a cada uno de los agentes aduanales, mandatarios autorizados y apoderados aduanales, equivaldrá a la firma autógrafa de éstos. Los agentes o apoderados aduanales deberán validar previamente los pedimentos que presenten al sistema electrónico a que se refiere el primer párrafo de este artículo, con las personas autorizadas conforme al artículo 16-A de esta Ley.

  20. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal RCGMCE 2.2.3 - Recinto Fiscalizado - Requisito para que entregue las mercancías y cómo verifica la autenticidad de los datos asentados en el pedimento presentado para su retiro …..las personas que cuenten con autorización o concesión en recintos fiscalizados, estarán obligadas a entregar las mercancías que se encuentren bajo su custodia cuando el agente o apoderado aduanal, además de presentar el pedimento conforme lo previsto en el artículo señalado, entregue una copia simple y legible de dicho pedimento o del pedimento… Para efectuar la verificación electrónica en el SAAI de los pedimentos y las facturas a que se refiere esta regla, se deberá instalar el sistema electrónico y el software que les sea proporcionado por la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información y efectuarla de conformidad con el manual del usuario de consulta de pedimentos para recintos fiscalizados.

  21. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal RCGMCE 2.2.3 - Recinto Fiscalizado - Requisito para que entregue las mercancías y cómo verifica la autenticidad de los datos asentados en el pedimento presentado para su retiro …..las personas que cuenten con autorización o concesión en recintos fiscalizados, estarán obligadas a entregar las mercancías que se encuentren bajo su custodia cuando el agente o apoderado aduanal, además de presentar el pedimento conforme lo previsto en el artículo señalado, entregue una copia simple y legible de dicho pedimento o del pedimento… Si se detecta que no han sido pagadas las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan o los datos del pedimento, de la factura o del conocimiento de embarque no coinciden con el pedimento, el recinto fiscalizado se abstendrá de entregar las mercancías, retendrá el pedimento y demás documentos que le hubieran sido exhibidos y de esta circunstancia dará aviso de inmediato al administrador de la aduana de su circunscripción.

  22. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Ley Aduanera Art.43 - Activación del mecanismo de selección automatizado Elaborado el pedimento y efectuado el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias determinadas por el interesado, se presentarán las mercancías con el pedimento ante la autoridad aduanera y se activará el mecanismo de selección automatizado que determinará si debe practicarse el reconocimiento aduanero de las mismas. En caso afirmativo, la autoridad aduanera efectuará el reconocimiento ante quien presente las mercancías en el recinto fiscal. Concluido el reconocimiento, se deberá activar nuevamente el mecanismo de selección automatizado, que determinará si las mercancías se sujetarán a un segundo reconocimiento. …………………..

  23. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Código Fiscal de Federación Art.020 - Forma y medios de pago de contribuciones y de accesorios: Las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional. ………………… Para determinar las contribuciones y sus accesorios se considerará el tipo de cambio a que se haya adquirido la moneda extranjera de que se trate y no habiendo adquisición, se estará al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federaciónel día anterior a aquél en que se causen las contribuciones. Los días en que el Banco de México no publique dicho tipo de cambio se aplicará el último tipo de cambio publicado con anterioridad al día en que se causen las contribuciones. ……………………

  24. Normatividad del llenado de pedimento: Pedimento Normal Código Fiscal de Federación Art.020 - Forma y medios de pago de contribuciones y de accesorios: La equivalencia del peso mexicano con monedas extranjeras distintas al dólar de los Estados Unidos de América que regirá para efectos fiscales, se calculará multiplicando el tipo de cambio a que se refiere el párrafo tercero del presente artículo, por el equivalente en dólares de la moneda de que se trate, de acuerdo con la tabla que mensualmente publique el Banco México durante la primera semana del mes inmediato siguiente a aquél al que corresponda. …….. Para determinar las contribuciones se considerarán, inclusive, las fracciones del peso. No obstante lo anterior, para efectuar su pago, el monto se ajustará para que las que contengan cantidades que incluyan de 1 hasta 50 centavos se ajusten a la unidad inmediata anterior y las que contengan cantidades de 51 a 99 centavos, se ajusten a la unidad inmediata superior.

  25. Normatividad del llenado de pedimento: Rectificación de Pedimento Normal Ley Aduanera Art.89 Rectificación de datos contenidos en el pedimento: Los datos contenidos en el pedimento son definitivos y sólo podrán modificarse mediante la rectificación a dicho pedimento. …podrán rectificar los datos contenidos en el pedimento el número de veces que sea necesario, antes de activar el mecanismo de selección automatizado. Una vez activado el mecanismo de selección automatizado, se podrá efectuar la rectificación de los datos declarados en el pedimento hasta en dos ocasiones,… siempre…no semodifique alguno de los conceptos siguientes: I. Las unidades de medida II. La descripción, III. Los datos que permitan la identificación de las mercancías, en su caso. IV. Los datos que determinen el origen de las mercancías. V. El registro federal de contribuyentes del importador o exportador. VI. El régimen aduanero al que se destinen las mercancías VII. El número de candados oficiales

  26. Normatividad del llenado de pedimento: Rectificación de Pedimento Normal Reglamento de la Ley Aduanera Art.121 - Cómo se realiza la rectificación de datos contenidos en los pedimentos Para efectos del artículo 89 de la Ley, la rectificación de los datos contenidos en los pedimentos, deberá realizarse mediante la presentación de un pedimento de rectificación en la forma oficial aprobada por la Secretaría, al cual se deberá anexar copia del que se rectifica. (anexo 1, anexo 22 y apéndices de las RCGMCE para 2012)

  27. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012  ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  28. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  29. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  30. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  31. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  32. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  33. Código Fiscal de Federación Art.020: Forma y medios de pago de contribuciones y de accesorios: Las contribuciones y sus accesorios se causarán y pagarán en moneda nacional. ………………… Para determinar las contribuciones y sus accesorios se considerará el tipo de cambio a que se haya adquirido la moneda extranjera de que se trate y no habiendo adquisición, se estará al tipo de cambio que el Banco de México publique en el Diario Oficial de la Federación el día anterior a aquél en que se causen las contribuciones. Los días en que el Banco de México no publique dicho tipo de cambio se aplicará el último tipo de cambio publicado con anterioridad al día en que se causen las contribuciones. Ejemplo: Publicación del DOF Fecha 19/03/2010 BANCO DE MEXICO ……..el tipo de cambio obtenido el día de hoy conforme al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $12.4729 M.N. Fecha 18/03/2010 BANCO DE MEXICO …… el tipo de cambio obtenido el día de hoy conforme al procedimiento establecido en el numeral 1 de las Disposiciones mencionadas, fue de $12.4892 M.N.

  34. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  35. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  36. ADUANA DE ENTRADA AL PAÍS PIEDRAS NEGRAS (270) *En tránsito se declarar a donde arriba el tránsito AICM (471) ADUANA DE DESPACHO AICM (471) *En tránsito se declara aduana de despacho Piedras Negras (270) TRANSPORTE HACIA ADUANA DESPACHO TRÁNSITO Aduana ENTRADA Y DESPACHO Importación

  37. ADUANA DE SALIDA DEL PAÍS, PIEDRAS NEGRAS (270) * En tránsito es aduana de ARRIBO ADUANA DE DESPACHO, AICM (471) *En tránsito es aduana de INICIO TRANSPORTE HACIA ADUANA SALIDA TRÁNSITO Aduana DESPACHO Y SALIDA Exportación

  38. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  39. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  40. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  41. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  42. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  43. Campo 13: Valor aduana *Exportación en blanco *Importación, LA. Arts. 64 a 78-C.: Caso 1. Suma de valor aduana de mercancías(2partidas) 1,297,711+129,771 = 1,427,482 Redondeado Caso 2. Suma Precio pagado con incrementables 1,373,812 + 36,862 + 16,808= 1,427482 Redondeado

  44. Campo 12: Valor dólares Exportación: Suma del valor dólares de las mercancías Importación: Valor aduana moneda nacional entre tipo de cambio 1427482 / 12.4892 = 14,297.31 USD con dos decimales

  45. Anexo 22 de las RCGMCE Pedimento (NORMAL) DOF 10/09/2012 ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO

  46. Campo 14: Precio Pagado *Exportación: Suma del valor comercial en pesos de las mercancías *Importación: Pago total de las mercancías en pesos (tipo de cambio o equivalencia) 110,000 X 12.4892 = 1,373,812 Redondeado

More Related