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Subsistema de Formación Profesional Continua

Subsistema de Formación Profesional Continua. Entrada en vigor: 1 de enero de 2004. REAL DECRETO 1046/2003 de 1 de agosto. Subsistemas de Formación Profesional. FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA Integrada en Sistema Educativo. FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL

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Subsistema de Formación Profesional Continua

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Presentation Transcript


  1. Subsistema de Formación Profesional Continua Entrada en vigor: 1 de enero de 2004 REAL DECRETO 1046/2003 de 1 de agosto

  2. Subsistemas de Formación Profesional FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA Integrada en Sistema Educativo FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL Formación para inserción trabajadores en desempleo • FORMACIÓN • PROFESIONAL • CONTINUA • Actualización competencias • trabajadores activos • ANFC (I-II-III) • Real Decreto subsistema de • Formación Prof. Continua ADMINISTRACIÓN LABORAL ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA

  3. Finalidad de la Formación Continua Finalidad: proporcionar a los trabajadores ocupados la formación que puedan necesitar a lo largo de su vida laboral con el fin de que obtengan los conocimientos y prácticas adecuados a los requerimientos que en cada momento precisen las empresas y permita compatibilizar su mayor competitividad con la mejora de la capacitación profesional y promoción individual del trabajador.

  4. Principios generales del Nuevo Modelo • Protagonismo de agentes sociales • Importancia negociación colectiva • Unidad de caja de la cuota de F.P. • Unidad de mercado de trabajo • Libre circulación de trabajadores en el desarrollo de acciones formativas • Formación Continua como instrumento de formación permanente y en el marco de la Ley de Cualificaciones

  5. Iniciativas de formación continua  Acciones de formación continua en empresas, que incluyen los permisos individuales de formación • O.M. TAS/500/2004 de 3 de FEBRERO  Contratos programa para la formación de trabajadores • O.M. TAS/2783/2004 de 30 de JULIO • RESOLUCIÓN 17 de agosto de 2004 (BOE de 26 de agosto)  Acciones complementarias y de acompañamiento a la formación • O.M. TAS/2782/2004 de 30 de JULIO RESOLUCIÓN 17 de agosto de 2004 (BOE de 27 de agosto)

  6. Acciones de formación continua en las empresas ACCIONES DE FORMACION CONTINUA: Las empresas que cotizan por F.P. disponen de un crédito para formación continua que resulta de aplicar a la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, un porcentaje de bonificación, en función del tamaño de la empresa.  relacionadas con la actividad de la empresa y  de carácter general dirigidas a proporcionar competencias profesionales transferibles PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACION:  es un crédito horario que la empresa podrá conceder a un trabajador para recibir, en horario de trabajo, una formación con titulación oficial dirigida a la mejora de su capacitación personal y profesional.

  7. Contratos programa • Planes de formación de las confederaciones empresariales y sindicales más representativas que afecten a más de una comunidad autónoma • Planes de formación continua amparados en la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal • Planes de la economía social y autónomos con ámbito estatal

  8. Acciones Complementarias Tienen por objeto: la investigación y prospección del mercado de trabajo para anticiparse a los cambios en los sistemas productivos el análisis de la repercusión de la formación continua en la competitividad de las empresas y en la cualificación de los trabajadores, y determinar las necesidades de formación necesarias para coadyuvar al progreso económico de los sectores productivos en el conjunto de la economía

  9. Acceso a la formación de colectivos prioritarios A fin de garantizar la no discriminación y el acceso a la formación de trabajadores con mayores dificultades, se presta especial atención a: Trabajadores de PYMES, especialmente las de menos de 50 trabajadores Mujeres trabajadoras  Trabajadores discapacitados  Trabajadores mayores de 45 años  Trabajadores no cualificados

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