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Día Internacional de la Mujer 2011

Día Internacional de la Mujer 2011. El 8 de marzo de 2011 se celebra en muchas partes del mundo el 100º aniversario del Día Internacional de la Mujer.

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Día Internacional de la Mujer 2011

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Presentation Transcript


  1. Día Internacional de la Mujer 2011 El 8 de marzo de 2011 se celebra en muchas partes del mundo el 100º aniversario del Día Internacional de la Mujer. El tema oficial del Día Internacional de la Mujer 2011 es «La igualdad de acceso a la educación, la capacitación y la ciencia y la tecnología: Camino hacia el trabajo decente para la mujer».

  2. El Perfil de la Dirección Centros EficacesFunciones de la Inspección Educativa Curso Internacional de Formación Medarda LORENZO VICENTE (8 DE MARZO DE 2011)

  3. Centros eficaces “No porque las cosas sean difíciles no nos atrevemos, sino porque no nos atrevemos, es por lo que son difíciles” ( Séneca )

  4. Analizar algunos factores que favorecen la calidad y equidad de la educación. Comparar dichos factores en los distintos sistemas educativos. Objetivos de la sesión:

  5. La autonomía de los centros: pedagógica, organizativa y de gestión. El Director: funciones. Selección del Director. El Proyecto de Dirección. La Inspección de educación y la autonomía de los centros. La Evaluación de los centros y los Planes de Mejora. Contenido de la sesión:

  6. INTRODUCCIÓN (I) Teóricos y expertos de la educación, así como Administraciones Educativas parecen estar de acuerdo a la hora de considerar se precisa deuna gestión eficazde los centros docentes para poder dar respuesta a los retos que tiene planteados la educación en el S. XXI.

  7. INTRODUCCIÓN (II) Los centros educativos, en tanto que organizaciones, precisan estructurar la intervención de las personas que trabajan en ellos mediante un andamiaje de roles que posibilite la consecución de sus objetivos: • El gobierno del centro • El desarrollo del currículo. • La gestión de los recursos personales , materiales y funcionales. • Las relaciones del centro con el entorno. Son actuaciones interdependientes y con un cierto grado de complejidad, que exigen cierta especialización en la ejecución de las tareas que comportan

  8. INTRODUCCIÓN (III) Durante las últimas décadas del S. XX se había detectado un escaso interés por acceder a los cargos directivos de los centros públicos. Es lo que algunos denominan “crisis de la dirección” • ¿ Escasa preparación para ejercer la función directiva? • ¿ Falta de incentivación económica y profesional? • ¿ Ausencia de nuevos modelos organizativos en los centros en consonancia con la nueva situación educativa?

  9. Leyes que Regulan el Sistema Educativo Español El Sistema Educativo Español actual está regulado por dos Leyes Orgánicas: • La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE). • La ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

  10. Principios en que se Fundamenta el Sistema Educativo (I) a) La calidad de la educaciónpara todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias. b) La equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad. e) La flexibilidadpara adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

  11. h) El esfuerzo compartidopor alumnado, familias,profesores, centros educativos, Administraciones, Instituciones y el Conjunto de la Sociedad. La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que corresponden al Estado, a las Comunidades Autónomas, a las Corporaciones Locales y a los centros. j) La participación de la Comunidad Educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes. Principios en que se Fundamenta el Sistema Educativo (II)

  12. Fines de la Educación Los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto defactores que favorecen la calidadde la enseñanza y, en especial: • La cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo. • La dotación de recursos educativos. • La investigación, la experimentación y la renovación educativa. • El fomento de la lectura y el uso de bibliotecas. • La autonomía pedagógica, organizativa y de gestión. • La función directiva. • La orientación educativa y profesional. • La inspección educativa • La evaluación.

  13. Reflexión Personal-Grupal ¿ Qué se entiende por autonomía? ¿En qué aspectos deberían tener los centros autonomía? ¿Autonomía total o autonomía parcial? ¿En qué áreas debería ser un centro autónomo? ¿Qué relación existe entre autonomía y evaluación?

  14. ¿QUÉ ENTENDEMOS POR AUTONOMÍA ? “ Capacidad para tomar decisiones en distintos ámbitos de la vida escolar” (López Martínez 2007) El modelo de autonomía debe de tender a un equilibrio entre: Mayor capacidad de los centros para regular su actividad Pedagógica, su organización y sus recursos Necesaria coordinación y Control por parte de la Administración Educativa Para que el Sistema Educativo pueda cumplir con los fines que la sociedad le demanda

  15. La Autonomía Pedagogía Organizativa y de Gestión (I) Concesión de un espacio propio de autonomíaa los centros docentes. Reconocer su capacidad de decisión en su organización y funcionamiento. Finalidad: Mayor adecuación y aprovechamiento de los recursos asignados o disponibles. Ajuste de la acción docente o pedagógica y organizativa a las necesidades específicas de los alumnos y a las características del entorno. La flexibilidad Objetivo: conseguir el éxito escolar de todos los estudiantes

  16. La Autonomía Pedagógica Organizativa y de Gestión (II) EVALUACIÓN / RENDICIÓN DE CUENTAS

  17. La Autonomía Pedagógica Organizativa y de Gestión (III) LA AUTONOMÍA SE DEFINE A TRAVÉS DE DOCUMENTOS INSTITUCIONALES

  18. Participación en el Funcionamiento y el Gobierno de los Centros

  19. Órganos de los Centros Públicos

  20. Organigrama Centros Públicos (I)

  21. Organigrama Centros Públicos(II)

  22. Principios que Rigen la Autonomía de los Centros La autonomía de los centros debe basarse en los siguientes principios: • Legalidad: respeto a las normas establecidas. • Competencia: atribuciones que tiene cada órgano. • Planificación: a través de los Documentos Institucionales. • Participación: Consejo, Claustro, Órganos de Coordinación docente • Dimensión Comunitaria: relaciones con entidades, empresas, organismos próximos. • Recompensación o gratificación: medidas de apoyo al profesorado. • Transparencia o evaluación ( externa e interna ): rendición de cuentas sobre procesos y resultados. • Modelo de dirección más profesionalizado y liderazgo de los Equipos Directivos. • Margen de autonomía según la titularidadde los centros

  23. Proyecto de Autonomía del Centro ( PAC):CONTRATOS DE AUTONOMÍA ( Comunidad Autónoma de Cataluña) • Desde el año 2005, han sido 635 centros los que han iniciado su propio Plan Estratégico de Autonomía. • El centro implicado se compromete con una serie de objetivos de mejora y se dota de más capacidad organizativa. • La Administración aporta los recursos adicionales para la implementación del Plan. • El Plan estratégico que firma cada centro es un documento que recoge: • Diagnóstico • Objetivos • Actuaciones • Responsables. • Temporalización • Estrategias y recursos • Evaluación e indicadores para el seguimiento Proyecto para la mejora de la calidad de los centros educativos públicos Los planes son seguidos, evaluados y orientados por la Inspección Educativa

  24. La Dirección Escolar como Factor de Calidad Nuestras metas solo pueden ser alcanzadas a través de unplan,en el cual creamos totalmente y sobre el cual actuemosvigorosamente.No existe otra ruta hacia el éxito. –StephenA. Brennan

  25. Reflexión Personal-Grupal ¿ Cualquier edad es válida para acceder a la dirección? ¿Debe impartir clase el director? ¿Durante cuánto tiempo se debería ser director? ¿ Cualquier profesor es apto para el desempeño de funciones directivas si cumple el requisito de ser un docente experimentado? EL DIRECTOR: ¿Debe contratar/despedir al personal del centro? ¿ Por qué sigue siendo más frecuente que los cargos directivos estén ocupados por hombres?

  26. El Perfil de la Dirección

  27. El Perfil de la Dirección La ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación,( LOE) establece nueva regulaciónpara selección de Directores. Decreto 63/2004, de 15 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el procedimiento para la selección, nombramiento y cese de directores de centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid en los que se impartan enseñanzas escolares . RESOLUCIÓN anual, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento para la selección de Directores de diversos centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

  28. El Equipo Directivo LOE Artículo 131. El equipo directivo. 1. El equipo directivo, órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos, estaráintegrado por el director, el jefe de estudios, el secretario y cuantos determinen las Administraciones educativas. 2. El equipo directivo trabajaráde forma coordinada 3. El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario de entre los profesores con destino en dicho centro. 5. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio de la función directiva en los centros docentes, mediante la adopción de medidas que permitan mejorar la actuación de los equipos directivos.

  29. Funciones del Director (I) a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa. b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro de profesores y al Consejo Escolar. c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro. d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

  30. Funciones del Director (II) e) Ejercer la jefatura de todo el personal f) Favorecer la convivencia en el centro, imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos,en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

  31. Funciones del Director (III) i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores del centro. j) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, k) Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del Equipo Directivo l) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa.

  32. AUTORIDAD DIRECTOR DIRECTOR PODER INFLUENCIA

  33. Otras Actuaciones del Director • Elaborar junto con el E. Directivo la Propuesta de PGA. • Garantizar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la Comunidad Educativa. • Elaborar una Memoria Anual. • Adscribir al profesorado a los cursos, ciclos,… de la forma más conveniente. • Controlar la asistencia del profesorado y el régimen general de los alumnos. • Conocer y decidir las solicitudes de permiso del personal del centro. • Imponer sanciones a los alumnos • Dar traslado a la administración de las necesidades de las instalaciones y cualquier incidencia que perturbe el normal funcionamiento.

  34. Selección del Director. (LOE Artículo 133) En la selección del director participen la Comunidad Educativa y la Administración Educativa. Objetivo: seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la Comunidad Educativa. La selección y nombramiento se efectuará mediante concurso de méritos entre profesores funcionarios de carrera que impartan alguna de las enseñanzas encomendadas al centro. La selección se realizará de conformidad con los principios deigualdad, publicidad, mérito y capacidad.

  35. Requisitos para ser Candidato a Director: a) Tener una antigüedad de, al menos, 5 años como funcionario de carrera b) Haber impartido docencia directa como funcionario, al menos 5 años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el Centro a que se opta. c) Estar prestando servicios en un Centro público, en alguna de las enseñanzas de las que imparta el Centro al que se opta, con una antigüedad en el mismo de, al menos, un curso completo en la C.M. d) Presentar un Proyecto de Dirección. e) No haber sido cesado como Director por incumplimiento grave de las funciones del cargo o haber transcurrido más de 4 años desde dicho cese. El número máximo de Centros a solicitar será de tres

  36. Composición de la Comisión de Selección. Estará integrada por seis (6) miembros (incluido el Presidente): a) Dos (2) serán designados por la Dirección General de Recursos Humanos, a propuesta de las Direcciones de Área Territorial, de entre funcionarios de los Subgrupos A1 y A2 que presten servicios en la Comunidad de Madrid. b) Dos (2) serán elegidos por el Consejo Escolar del Centro por y entre aquellos de sus miembros que no sean profesores del centro de que se trate. c) Dos (2) serán elegidos por el Claustro de profesores del Centro de entre sus miembros. Se designarán suplentes en cada uno de los tres ámbitos.

  37. Procedimiento de Selección(LOE artículo 135) Las Administraciones E. convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración. La selección se realiza en el centro por una Comisión con representantes de la Administración E. y del centro. Corresponde AAEE determinar el número total de vocales de las comisiones. Al menos un tercio de los miembros será profesorado elegido por el Claustro y otro tercio será elegido por y entre los miembros del Consejo E. Tendrán preferencia en la selección las candidaturas de profesores del centro. En ausencia de candidatos del centro o cuando éstos no hayan sido seleccionados, la Comisión valorará las candidaturas de profesores de otros centros

  38. Presentación de Candidatura Cada Candidato deberá entregar, en cada uno de los Centros a que se presente, la siguiente documentación: Solicitud de participación en el Proceso de Selección de Director. Documentación acreditativa de sus méritos profesionales Proyecto de Dirección adaptado a cada uno de los Centros a los que se presente (dos ejemplares)

  39. Fases del Procedimiento de Selección Los méritos objetivos: académicos y profesionales (hasta 10 puntos). El Proyecto de Dirección: Análisis de las características más relevantes del Centro. Objetivos básicos del Programa de Dirección. Líneas generales de actuación y los planes concretos que permitan alcanzar dichos objetivos Forma de evaluación del propio proyecto Cualquier otro aspecto considerado relevante

  40. Exposición y Defensa del Proyecto ante la Comisión de Selección Presentacióny exposición de las características más relevantes del Proyecto. Debate con los miembros de la Comisión para su defensa.

  41. La Comisión de Selección evaluará la calidad y viabilidad del Proyecto de Dirección y su adecuación a las características del Centro educativo y de su entorno: Evaluación del Proyecto Calidad y viabilidad del Proyecto de Dirección : objetivos básicos, líneas de actuación, planes de mejora (hasta 5 puntos). Adecuación a las características del Centroy su entornoeducativo: características del alumnado, del Centro y de las enseñanzas que imparte, entorno social, cultural y económico, relaciones del Centro con la Comunidad Educativa y otras instituciones (hasta 3 puntos). Adecuación de la propuesta de organización interna del Centro: relaciones con los órganos de participación en el control y gestión del Centro, organización del Equipo Directivo, distribución de funciones y tareas, coordinación y formas de participación de los órganos de coordinación docente (hasta 2 puntos). Total: 10 puntos

  42. Consideraciones Finales Puntuación mínima y final. Para ser seleccionados los candidatos deberán obtener, al menos, 5 puntos en cada una de las fases. La puntuación final será la suma de la obtenida en cada fase. Criterio de prelación. Tendrán prioridad las candidaturas de funcionarios de carrera con destino definitivo en el Centro. Únicamente en ausencia de candidatos con destino definitivo en el Centro o cuando estos no hayan alcanzado las puntuaciones mínimas establecidas, se valorarán otras candidaturas

  43. Nombramiento (LOE Art. 136) • Los aspirantes seleccionados deberán superar un programa de formación inicial. • Estarán exentos los aspirantes seleccionados que acrediten una experiencia de al menos dos años • La Administración educativa nombrará director por un periodo de cuatro años • El nombramiento de los directores podrá renovarse por periodos de igual duración, previa evaluación positiva al final de los mismos. • Los criterios y procedimientos de esta evaluación serán públicos. • Las Administraciones educativas podrán fijar un límite máximo para la renovación de los mandatos.

  44. Justificación del Proyecto Presentado: estilo de dirección. El contexto del centro: situación, características… Objetivos y actuaciones: Identificación de necesidades. Objetivos básicos. Planes de Mejora. Planes y actividades para alcanzar los objetivos. Líneas de Actuación Gestión de Recursos Organización interna del centro. Evaluación y Seguimiento del Programa de Dirección Conclusiones El Proyecto de Dirección

  45. El Proyecto de Dirección

  46. Cese del Director (LOE Art. 138) El cese del director se producirá en los siguientes supuestos: • Finalización del periodo para el que fue nombrado o de la prórroga del mismo. • Renuncia motivada aceptada por la A. Educativa. • Incapacidad física o psíquica sobrevenida. • Revocación motivada, por la Administración • A iniciativa propia o a propuesta motivada del Consejo Escolar, por incumplimiento grave de las funciones La resolución de revocación se emitirá tras la instrucción de un expediente contradictorio, previa audiencia al interesado y oído el Consejo Escolar.

  47. Evaluación de la Función Directiva Con el fin de mejorar el funcionamiento de los centros educativos, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán elaborar planes para la valoración de la función directiva. • El Servicio de Inspección educativa es el encargado de evaluar a • los directores en los términos: favorable o desfavorable. • En el Informe se tienen en cuenta los siguientes aspectos: • Gestión y Administración: actividad de los órganos de gobierno, • participación de los distintos sectores de la C. Educativa… • Organización Pedagógica: aprovechamiento de los recursos, • Plan de atención a la diversidad, programas e iniciativas de • innovación y formación. • Relaciones Institucionales: colaboración con instituciones, • apertura del centro a la sociedad.

  48. Reconocimiento de la Función Directiva (LOE Art. 139) • Retribución de forma diferenciada, en consideración a la responsabilidad y dedicación exigidas. • Valoración especial a los efectos de la provisión de puestos de trabajo en la función pública docente. • Los directores con evaluación positiva al final de su mandato obtendrán un reconocimiento personal y profesional. • Mantendrán, mientras permanezcan en situación de activo, la percepción de una parte del complemento retributivo correspondiente. • En las convocatorias de acceso al cuerpo de inspectores, las Administraciones educativas podrán reservar hasta un tercio de las plazas para la provisión mediante concurso de méritos destinado a los profesores que, reuniendo los requisitos generales, hayan ejercido con evaluación positiva, al menos durante tres mandatos, el cargo de director.

  49. El Perfil del Director • Carisma: atractivo de la inteligencia original y oportuna. • Líder: persona capaz de inspirar a otros, de soñar y convertir sus sueños en realidad, de generar pasión y energía en todo lo que hace y transmitirla a las personas que les rodean • Habilidades personales • Valores esenciales • Sentido del humor y la fantasía Compromiso personal con la consecución de las metas

  50. Habilidades Personales • Empatía • Coherencia • Adaptabilidad • Capacidad de escucha • Discreción • Paciencia • Sentido común • Humildad • Espíritu abierto • Sencillez • Cercanía • Magnanimidad • Generosidad • Ejemplaridad • Serenidad Nada como representar sus intereses, comprender sus circunstancias, tolerar sus carencias y reconocer sus éxitos

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