550 likes | 1.25k Vues
De los derechos y deberes de los niños y los padres. De los derechos y deberes de los niños y los padres. Introducción: Derechos ¡y deberes! que tienen tanto los padres como los hijos Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
E N D
De los derechos y deberes delos niños y los padres • Introducción: Derechos ¡y deberes! que tienen tanto los padres como los hijos • Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños • Análisis e implicaciones de la Convención de los Derechos de los Niños. Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange • Los derechos de la familia • Lo positivo y negativo de los Derechos de los Niños • Conclusión
I. Introducción: Derechos ¡y deberes! que tienen tanto los padres como los hijos. • Toda persona es sujeto de derechos y deberes que derivan de su propia naturaleza y dignidad. Corresponden a sus necesidades materiales y espirituales y pertenecen a todos en cualquier etapa de su vida. • La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) asienta que la persona no puede renunciar a sus derechos y que nadie debe violar ni privar a otros de ellos; se deben reconocer y respetar. • Cada derecho conlleva un deber, son dos caras de una misma moneda, por tanto, hablar de los derechos del niño es también hablar de sus deberes. Por supuesto también los padres y educadores tienen derechos y deberes.
I. Introducción: Derechos ¡y deberes! que tienen tanto los padres como los hijos. “Nuevos derechos” • En la actualidad, algunos clasifican y reinterpretan los derechos. • Parten de características secundarias como el sexo o las diferentes etapas de la vida: derechos del niño, del joven, de la mujer. • En los derechos de los niños, hay dos tendencias que no siempre se concilian: • La necesidad de que los padres protejan al niño dada su fragilidad. • El derecho del niño a la libertad individual como si fuera un adulto, cuando todavía no lo es. • Entre ellos se encuentran los “derechos reproductivos”, abarcan el acceso al aborto, a la esterilización, al divorcio fácil, un “estilo de vida” de la juventud que propicia la banalización del sexo y el debilitamiento de la justa autoridad de los padres en la educación de los hijos.
II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños a) Los derechos humanos [1] • Los derechos del hombre nacen de la dignidad connatural que pertenece a todo ser humano. Son independientes de la voluntad de los seres humanos, del Estado y de los poderes públicos. Son universales porque están presentes en todos los seres humanos; son inviolables, por ser inherentes a la persona humana y a su dignidad; son inalienables, porque no se puede privar legítimamente de estos derechos a nadie. [1]Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Nos. 152 al 155
Los derechos humanos corresponden a las exigencias de la dignidad humana y a la satisfacción de las necesidades materiales y espirituales de la persona en todas las fases de la vida y en cualquier contexto. El primer derecho es el derecho a la vida, desde su concepción hasta su conclusión natura. Éste, condiciona el ejercicio de cualquier otro derecho y comporta la ilicitud de toda forma de aborto provocado y de eutanasia. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
b) Derechos y deberes [2] Existe una recíproca complementariedad entre derechos y deberes, se encuentran indisolublemente unidos. En la sociedad humana, a un determinado derecho natural de cada hombre corresponde en los demás el deber de reconocerlo y respetarlo. Los derechos del hombre se confrontan hoy con una dolorosa realidad de violaciones, guerras y violencias de todo tipo. Todos estamos llamados a anunciar, defender y a promover los derechos fundamentales del hombre. [2]Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Nos. 156 y 157 II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
c) Los derechos de los niños [3] Existe una exigencia a respetar la dignidad de los niños, especialmente en la familia. Esto adquiere una urgencia singular cuando el niño es pequeño y necesita de todo, está enfermo, delicado o es minusválido. Los derechos de los niños deben ser protegidos por los ordenamientos jurídicos. Es necesario el reconocimiento público del valor social de la infancia. El primer derecho del niño es a nacer en una familia verdadera, un derecho cuyo respeto ha sido siempre problemático y que hoy conoce nuevas formas de violación debidas al desarrollo de las técnicas genéticas. [3]Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia Nos. 235, 244 y 245 II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
La situación de muchos niños en el mundo dista mucho de ser satisfactoria (tráfico de niños, el trabajo infantil, el fenómeno de los « niños de la calle », el uso de niños en conflictos armados, el matrimonio de las niñas, la utilización de niños para el comercio de material pornográfico), por la falta de condiciones que favorezcan su desarrollo integral, a pesar de la existencia de un específico instrumento jurídico internacional para tutelar los derechos del niño, la Convención sobre los derechos del niño que ha sido ratificada por la casi totalidad de los miembros de la comunidad internacional. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
La investigación en el campo de la reproducción plantea delicadas cuestiones que exigen la intervención de la sociedad y normas que regulen este ámbito de la convivencia humana. Conviene recordar que el deseo de maternidad y paternidad no justifica ningún «derecho al hijo», en cambio, son evidentes los derechos de quien aún no ha nacido, al que se deben garantizar las mejores condiciones de existencia, mediante la estabilidad de la familia fundada sobre el matrimonio y la complementariedad de las dos figuras, paterna y materna. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
d) De la Declaración Universal a la Convención de los Niños [4] El 10 de Diciembre de 1948, se asentó ante la Asamblea General de las Naciones Unidas en París en un documento internacional porqué es que los seres humanos tienen dignidad y cuáles son los derechos fundamentales que esta dignidad les confiere. Este documento llegó a ser la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). La redactaron representes de diferentes antecedentes étnicos y culturales, legítimamente puede decirse que incluía un amplio espectro de lo que constituye la familia humana. [4]CINCUENTA AÑOS DESPUÉS DE LA DECLARACIÓN. El Récord de Naciones Unidas en Derechos Humanos.Teresa Wagner y Leslie Carbone. University Press of América y Family Research Council. 2001 II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
Los derechos enumerados en la Declaración son universales porque se adhieren a la esencia de lo que nos hace humanos; esa que es anterior a la diferenciación otorgada por él género, color, credo, clase, ciudadanía geográfica. Actualmente se pretende “reinterpretar” su mismo significado para impulsar una agenda peligrosa. La reinterpretación de los derechos humanos para crear “nuevos derechos” se aceptaría si ésta se impone desde arriba. Las legislaturas de varios países impulsan y pretenden promover este tipo de conductas destructivas convirtiéndolas en ley. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “Nuevos derechos” [5] Nacen en la Conferencia de Pekin, en 1995, sobre la mujer y la Asamblea del Milenio para convertir el aborto en derecho. [5] La ONU y el caso a la verdad. Michael Schooyans en http://perso.infonie.be/le.feu/ms/framesp/grensp.htm II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “Nuevos derechos” Moldean las costumbres, los "valores" que inspiran las conductas. Resultan de procedimientos consensuales. Despiertan el deseo de imitación. Inducen las conductas miméticas. Muchos acaban imitando el comportamiento definido por los "nuevos derechos" y por los "nuevos valores". Los medios masivos de comunicación propagan esta tendencia imitativa al conjunto de la sociedad. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “nuevos derechos” Les caracteriza el no-respeto por la dignidad ni la vida humana. No se reconocen por su valor intrínseco y la fuerza de la verdad. Se imponen por la voluntad de quienes adhieren al consenso, eso es, finalmente, por la fuerza de la mayoría. Algunas veces difieren de la verdad sobre el hombre y su valor. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “Nuevos derechos” Entre los "nuevos derechos" figuran: los "derechos reproductivos“ los nuevos modelos de uniones: homosexuales, lesbianas Eutanasia Aborto La emancipación sexual de los adolescentes. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
Los llamados derechos gay, el derecho al aborto y otros seudo derechos, atentan contra las instituciones más preciadas de nuestra sociedad como la familia, las relaciones de los padres con los hijos, y la moralidad básica tradicional. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
La reinterpretación del derecho humano implica: Ignora el respeto a la dignidad connatural del ser humano. Son dependientes de la voluntad, pactados por los seres humanos, el Estado y los poderes públicos. No son universales porque no están presentes en todos los seres humanos. No son derechos inviolables, por ya no son inherentes a la persona humana y a su dignidad. No son inalienables, porque hoy se priva legítimamente de estos derechos a algunos en beneficio de otros, muchas veces atacando su propia naturaleza. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
La Convención para los Derechos de los Niños Fue precipitadamente firmada por 130 naciones con poco debate sin prever sus efectos legales. Contiene frases ambiguas que dan a los niños autonomía y libertad, especialmente libertad del control de los padres. Introdujo el concepto de los derechos de los niños que el gobierno se encarga de proteger. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
Las más grandes civilizaciones han sido destruidas desde dentro. El resquebrajamiento de la familia puede ser el colapso de la nuestra. Los padres responsables saben que el niño necesita protección hasta de las propias acciones que emanan de su inmadurez. La Convención, al invalidar la autoridad de los padres hace que esto sea imposible. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
En el contexto de los “derechos del niño”, la mentalidad que prevalece ha cambiado el interés por el bienestar del niño por una visión falsa de un niño autónomo con los mismos derechos objetables que propone para los adultos, cuando éste aún no lo es. Esta visión puede llegar a ser una amenaza para la autoridad de los padres y para la integridad de la familia. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
En un principio, se contempló el mejor interés del niño dentro de una familia integrada y bajo el cuidado, guía y control de los padres. II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de los Niños
Introducción Los derechos humanos deben reconocerse a los niños con el mismo título que a todos los demás seres humanos. Honrar los derechos del niño es, sobre todo, deber de los padres. Son los primeros llamados a respetar la vida de sus hijos, a alimentarlos, a cuidarlos, a educarlos. III. Análisis e implicaciones de la Convención de los Derechos de los Niños. Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange
Introducción Sin embargo hoy se observa una tendencia a privar a los padres de la protección que deben garantizar a los hijos. Los hijos tendrían derecho a una libertad individual -que se puede traducir en acceso a la contracepción, a la píldora del día después, al aborto- que puede menoscabar el derecho de control de los padres. III. Análisis e implicaciones de la Convención de los Derechos de los Niños. Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange
Introducción Se enfrentan así dos concepciones del derecho de los hijos. Una reconoce en los padres a los primeros garantes de estos derechos; la otra tiende a privar a los padres de sus responsabilidades y procura transferirlas a competencias públicas o a los delegados de las mismas. III. Análisis e implicaciones de la Convención de los Derechos de los Niños. Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange
Los niños eran siempre las primeras víctimas de epidemias, hambrunas y conflictos, por ello inicia el movimiento a favor y en defensa de los derechos de los niños. Eglantyne Jebb, fundadora de Internacional Save the Children Union permitió adoptar en 1924 la primera Declaración sobre los derechos de los niños (declaración de principios, sin valor obligatorio). Bajo el impulso de Polonia, la primera Declaración desemboca en la adopción de la Convención internacional relativa a los derechos del niño, el 20 de noviembre de 1989. Ésta es una referencia obligada para todos los países que se adhieren y la ratifican por vía parlamentaria. 1. ¿Cómo surge la Convención de los Derechos del niño (CDN)?
Algunas características de la CDN: Reconoce al niño como sujeto singular atribuyéndole derechos propios, mismos que también le confieren deberes. Es un texto esencial pero también puede ser ambiguo; puede suscitar legítimos interrogantes. 1. ¿Cómo surge la Convención de los Derechos del niño (CDN)?
Manifiesta una toma de conciencia universal y política sobre los problemas de la infancia. Atribuyendo al niño los derechos fundamentales del hombre, le reconoce una cierta igualdad y dignidad con el hombre.[6] Es el único texto jurídico que define al niño.[7] Constituye para el niño un estatuto de protección mínima. Garantiza el respeto de los derechos enunciados y su ejercicio a todo niño que depende de la jurisdicción de los Estados Partes sin discriminación alguna.[8] Establece el principio del “interés superior del niño”[9] Impone la obligación de respetar los derechos y deberes que tienen los padres u otras personas responsables del niño[10]Esta disposición establece el principio de primacía del rol de la familia respecto del de otras autoridades. [6] M. Bossuyt, « La Convention des Nations Unies sur les droits de l´enfant » : Revue universelle des droits de l´homme 4 (1990) 2, 141-144. [7] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 1. [8] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 2. [9] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 3. [10] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 5. 2. La Convención sobre los derechos del niño, un texto de referencia
Lo distingue del adulto y reconoce en él derechos particulares debidos a su falta de madurez, a sus necesidades de protección y a los cuidados apropiados dentro de la familia. Pone acento sobre la importancia de la familia y reconoce que el niño no puede ser apartado de su medio familiar: “El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.”[11] [11]Convención sobre los Derechos del Niño. Preámbulo. 3. La CDN consagra formalmente la especificidad del niño y enfatiza la importancia de la familia
Otorgar derechos a los niños no puede descargarnos de ninguna manera de la exigencia educativa que está en el corazón de la problemática planteada por la filosofía de los derechos del niño. 4. El niño y la exigencia educativa
En cuanto a la exigencia educativa hay que tomar en cuenta dos consideraciones, que no siempre son conciliables: la necesidad de proteger al niño[12], por tener en cuenta su fragilidad particular, y la de reconocerle el derecho a la libertad de expresión, a la libre elección de sus opiniones y adhesiones[13]; es decir, la de considerarlo como un adulto responsable, lo que, precisamente, todavía no lo es. [12]Convención sobre los Derechos del Niño. Preámbulo. [13]Convención sobre los Derechos del Niño. Art. 13, 1. 4. El niño y la exigencia educativa
La educación a la que tiene derecho el niño debe inculcarle al niño el respeto de sus padres, de su identidad, de sus valores culturales. Al respecto, la Convención señala que el niño tiene derecho a expresar su opinión y que ésta será tomada en consideración en atención a su edad y a su grado de madurez [14]. Así la Convención nos introduce en el corazón de la conciliación entre la necesaria autoridad del adulto y la toma en consideración de la libertad y de la palabra del niño. Sin embargo, “no se puede ni educar ni tratar a los niños como a personas mayores”[15]. [14]Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 12.1. [15] H. Arendt, La crise de la culture (Folio, Paris 1972-1989) 223. 4. El niño y la exigencia educativa
El niño necesita límites y reglas para desarrollarse de manera equilibrada. Hay que mirar con prudencia, y a veces rechazar las reivindicaciones de los “nuevos derechos” de los niños. Éstos se presentan bajo la fórmula de “libertad de elegir”, derechos cuyo ejercicio, es inadecuado a la edad del niño. Un ejemplo de los “nuevos derechos”: Los derechos sexuales que incluyen la confidencialidad para recibir servicios de salud sexual y reproductiva como la anticoncepción, la esterilización y el aborto. 4. El niño y la exigencia educativa
Así como el respeto debido a los padres está en armonía con el respeto debido a los niños, no hay lugar para querer oponer los derechos del niño a los de sus padres: los unos y los otros se apoyan mutuamente y son complementarios. 5. Los derechos de los niños y los derechos de los padres se complementan
El derecho a la libertad es también el deber de respetar al otro; el derecho a la expresión es también el deber de dejarle al otro expresarse; el derecho de ser educado es también el deber de escuchar al que enseña. Por esto, la CDN, confiriéndole al niño una cierta autonomía, le garantiza derechos, pero le otorga también responsabilidades. 6. Los derechos confieren deberes
El equilibrio entre niños y padres estará asegurado cuando quede garantizado un derecho fundamental del niño: el de ser considerado como un niño, es decir, el de ser tomado en cuenta con sus esperanzas, sus vulnerabilidades y su sed de amar y ser amado. 7. El derecho fundamental de todo niño: el derecho a ser considerado como niño
No está explicitado en ninguna Declaración o Convención internacional, pero es el más importante: el derecho al amor. Los padres tienen un deber de amor para con sus hijos: acogerlos por lo que son, con lo que son y con lo que no son. El derecho al amor permite además reconocer el derecho de nacer, que es el primer derecho del niño (“el niño, en razón de su falta de madurez física e intelectual, tiene necesidad de una protección jurídica especial, tanto antes como después del nacimiento” [16].) [16] Declaración de los Derechos del Niño. 8. El derecho que pocos mencionan: el derecho al amor
Cuatro tesoros qué dar a los niños Dar su tiempo a los niños: indispensable para su crecimiento y desarrollo, lo deben compartir con sus padres, hermanos, familia amplia. Dar su paz a los niños: esa que pierden en el torbellino de la vida de los adultos y cuando son esclavizados por la televisión. Trabajar por la familia es también dar a nuestros niños la paz y la perspectiva de un futuro. Escuchar a los niños: el niño tiene la necesidad de expresarse y esta facultad es indispensable para su desarrollo personal, para su comprensión del mundo y para su inserción en la sociedad. El derecho a expresarse sin embargo, no debe ser considerado de manera absoluta, sino tomando en cuenta sus opiniones de acuerdo a su grado de madurez. Dar su alegría a los niños: lo que más le caracteriza essu inocencia y su alegría, su percepción ingenua del mundo y su capacidad de alegrarse de la belleza que el mundo le ofrece. 8. El derecho que pocos mencionan: el derecho al amor
Preguntémonos si la familia es capaz de tejer los aprendizajes elementales y de ser una escuela de solidaridad estimulante y estructurante. La familia es el único lugar donde se teje, a través de cada persona, un conjunto de relaciones interpersonales e introduce a cada uno de nosotros en la familia humana. Tiene por misión revelar y comunicar el amor, debe estar sostenida y confortada, testimoniando que ella es una imagen viva de paz y de dulzura, de intercambio y de respeto. 9. Reafirmar el rol de la familia
La Declaración Universal de Derechos Humanos en su art. 16, inciso 3, dice: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado". IV. Los derechos de la familia
La familia debe ser reconocida en su naturaleza de sujeto social. Tiene derecho a la protección del Estado de la comunidad internacional. IV. Los derechos de la familia
IV. Los derechos de la familia Carta de los Derechos de la Familia presentada por la Santa Sede: es una formulación completa y ordenada de los derechos fundamentales de la familia
Sus textos se inspiran en: Declaración Universal de los Derechos Humanos Declaración sobre los Derechos del Niño Convención Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos Convención Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales Carta Social Europea expertos en la materia de culturas diversas. IV. Los derechos de la familia “Carta de los Derechos de la Familia”
Está destinada a: los Gobiernos para: elaborar la legislación, la política familiar y programas de acción. las familias para: toma de conciencia de su importancia. se unan para la defensa y la promoción de sus derechos. cumplan su deber y sean reconocidas en el mundo actual. a todos, hombres y mujeres, para: que se comprometan a asegurar que los derechos de la familia sean protegidos. la institución familiar sea fortalecida para bien de toda la humanidad. IV. Los derechos de la familia “Carta de los Derechos de la Familia”
La Carta contiene: Normas propiamente vinculantes en el plano jurídico. Postulados y principios fundamentales para la legislación y desarrollo de la política familiar. La institución familiar debe ser respetada y defendida contra toda agresión. Familias y padres deben recibir el apoyo y estímulo necesarios para el cumplimiento de la tarea. IV. Los derechos de la familia “Carta de los Derechos de la Familia”
V. Lo positivo y negativo de los Derechos de los Niños La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) Está fundada sobre principios que buscan el bien de los niños y de la humanidad, la promoción del progreso social, de los derechos y libertades de los niños, elevar el nivel de vida y el desarrollo de la personalidad dentro de una familia. Conforme ha pasado el tiempo, estos derechos se han reinterpretado hasta convertirse en una expresión de búsqueda de independencia del niño. Es importante prepararnos en el tema de los derechos del niño y saber analizarlos con juicio crítico, ya que pueden tener implicaciones que muchas veces no alcanzamos a dimensionar.
VI. Conclusión Los verdaderos deberes en la práctica De los padres para con los hijos Amarlos y compartir con ellos la vida y el tiempo: acompañarlos a jugar, soñar, crecer y desarrollarse. Dar a los niños la paz que los adultos pierden en el torbellino de la vida y los niños ante la televisión y las disputas de los padres. Escucharlos sin proyectar las propias respuestas, responder las preguntas planteadas, guardar sus confidencias para merecer su confianza, dejar lugar al silencio para madurar el pensamiento. Darles alegría y aprender de ellos su capacidad de maravillarse ante la vida. Delegarles tareas y responsabilidades de acuerdo a sus capacidades.
VI. Conclusión Los verdaderos deberes en la práctica Sociedad y Gobierno Crear condiciones para que la familia pueda ejercer plenamente sus funciones. Asegurar a los padres los medios para acoger y criar a sus hijos. Trabajar por el fortalecimiento de la familia como medio natural de desarrollo que da a los niños la paz y la perspectiva de un futuro. Respetar los derechos y responsabilidades de los padres.
VI. Conclusión Los verdaderos deberes en la práctica Los hijos Amar, respetar y obedecer a padres y maestros. Escuchar y aprender de sus educadores. Cuidarse a sí mismos y a sus hermanos. Ingerir alimentos saludables. Ser amables y respetuosos con sus compañeros. Colaborar en las labores del hogar.