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DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL

DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL. UNIVERSIDAD CONTINENTAL. DERECHO REGISTRAL. DENOMINACION: ESPAÑA: DERECHO HIPOTECARIO ARGENTINA: DERECHO REGISTRAL PERU: DERECHO REGISTRAL. CONCEPTO DE DERECHO REGISTRAL.

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DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL

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Presentation Transcript


  1. DERECHO REGISTRAL Y NOTARIAL UNIVERSIDAD CONTINENTAL

  2. DERECHO REGISTRAL • DENOMINACION: ESPAÑA: DERECHO HIPOTECARIO ARGENTINA: DERECHO REGISTRAL PERU: DERECHO REGISTRAL

  3. CONCEPTO DE DERECHO REGISTRAL 1.- FUNCION DEL REGISTRO: OTORGAR PUBLICIDAD PARA FACILITAR EL CONOCIMIENTO DE LAS SITUACIONES JURIDICAS • DETERMINAR TITULARIDAD DEL DERECHO • PARA ADQUIRIR TAL CERTIDUMBRE, EXISTEN DOS POSIBILIDADES: • CONSTATACION PERSONAL • ESTADO SATISFACE ESTA NECESIDAD MEDIANTE UNA ORGANIZACIÓN DE PUBLICIDAD REGISTRAL EL FUNDAMENTO DE LA PUBLICIDAD SE ENCUENTRA EN DAR PUBLICA COGNOSCIBILIDAD DE DETERMINADOS HECHOS, ACTOS, SITUACIONES O EVENTOS DE LA VIDA JURIDICA, DE TAL MANERA QUE CUALQUIER INTERESADO PUEDE CONOCER ESTA INFORMACION Y QUE PREVIENE CONFLICTOS, ASI SE TUTELAN DERECHOS Y SE ASEGURAN ADQUISICIONES

  4. 2.- FINALIDAD DEL REGISTRO : JUSTICIA Y SEGURIDAD EN EL TRAFICO JURIDICO • JOSE LACRUZ Y FRANCISCO SANCHO: PROTECCION DEL TRAFICO Y AGILIZACION DE LAS TRANSACCIONES INMOBILIARIAS • MANUEL PEÑA: LA SEGURIDAD PROPORCIONADA POR LOS DERECHOS INSCRITOS FACILITA SU TRAFICO, EL CREDITO Y CONTRIBUYE EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA • JOSE LOPEZ MENDEL: DISTINGUE A) SEGURIDAD NEGATIVA • SEGURIDAD POSITIVA • EHREMBERG: (1903) PROPUSO: SEGURIDAD DINAMICA (SEGURIDAD DE TRAFICO) SEGURIDAD ESTATICA (SEGURIDAD DE DERECHOS)

  5. DISPUTA FILOSOFICA ENTRE: JUSTICIA = INTERES DEL PROPIETARIO SEGURIDAD JURIDICA= INTERES DEL TERCERO SI EL REGISTRO ES UNA INSTITUCION DE SEGURIDAD DEBE ENTONCES PREFERIRSE LA SEGURIDAD JURIDICA POSICION JUS-FILOSOFICA, QUE NIEGA EL CONFLICTO, PUES LA SEGURIDAD JURIDICA PROTEGE INTERESES VALIOSOS, COMO CERTEZA Y ESTABILIDAD QUE TAMBIEN SON EXPRESIONES DE JUSTICIA.

  6. NO SE PUEDE PROCLAMAR LA VERDAD DOGMATICA DEL REGISTRO Y OLVIDARSE DE: • SUS LIMITES INTRINSECOS • SUS LIMITES EXTRINSECOS • EL REGISTRO ES UNA INSTITUCION CREADA PARA DAR RESPUESTA A LAS APREMIANTES NECESIDADES DE FACILITACION DEL TRAFICO PATRIMONIAL, DE CERTIDUMBRE EN LA TITULARIDAD DE LOS DERECHOS Y DE ESTABILIDAD EN LA CIRCULACION DE LA RIQUEZA, POR LO QUE DEBE ENCUADRARSE COMO UNA FIGURA DE SEGURIDAD JUSTA, Y NO SOLO UN INSTITUTO DE MERA SEGURIDAD VACIADO DE CONTENIDO O SIN FINALIDADES VALIOSA.

  7. 3.- DEFINICION TECNICA DE LA PUBLICIDAD REGISTRAL SISTEMA DE DIVULGACION DESTINADA A DAR A CONOCER DETERMINADAS SITUACIONES JURIDICAS PARA LA TUTELA DE LOS DERECHOS Y LA SEGURIDAD DEL TRAFICO, ESTA PUBLICIDAD LEGAL ES UN SERVICIO DEL ESTADO, UNA FUNCION PUBLICA, EJERCIDA EN INTERES DE LOS PARTICULARES, ESTE FENOMENO PUBLICITARIO SE LLEVA A CABO A TRAVEZ DE UNA OFICINA DEL REGISTRO, ENTIDAD PUBLICA DONDE SE RECIBEN DATOS O DERECHOS DE INTERES GENERAL Y A DONDE SE PUEDE ACUDIR PARA CONOCER LA EXISTENCIA Y ALCANCE DE DICHOS DATOS, LOS CUALES ESTAN RODEADOS DE UNA GARANTIA Y DAN CONFIANZA AL CONSULTANTE

  8. DEFINICION DE DERECHO REGISTRAL EL CONJUNTO DE PRINCIPIO Y NORMAS QUE ESTUDIA LA TUTELA DE CIERTAS SITUACIONES JURIDICAS SUBJETIVAS A TRAVES DEL SISTEMA DE PUBLICIDA LEGAL (ORGANIZACIÓN PUBLICA) QUE PRODUCE DIVERSOS Y DETERMIDAS EFECTOS JURIDICOS SUSTANTIVOS DE DERECHO PRIVADO (TALES COMO EL NACIMIENTO, PREFERENCIA Y OPONIBILIDAD DE DICHAS SITUACIONES JURIDICAS), Y CUYO FINALIDAD ES DOTAR DE SEGURIDAD Y JUSTICIA AL TRAFICO DE INTERESES ECONOMICOS.

  9. NATURALEZ JURIDICA DEL DERECHO REGISTRAL DERECHO PRIVADO: PUBLICIDAD DE LA VIDA INTER PRIVADOS DERECHO PUBLICO: CARÁCTER IMPERATIVO Y SERVICIO ESTATAL

  10. CARACTERES DEL DERECHO REGISTRAL • ES UN DERECHO HETEROGENEO • ES UN DERECHO LIMITADO • ES UN DERECHO FORMALISTA

  11. RELACION CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO • CON EL DERECHO CIVIL • CON EL DERECHO ADMINISTRATIVO • CON EL DERECHO COMERCIAL • CON EL DERECHO PROCESAL • CON EL DERECHO TRIBUTARIO • CON EL DERECHO NOTARIAL GARCIA GOÑI “AL SABER HACER DEL NOTARIO” DEBE SEGUIR “EL HACER SABER” DEL REGISTRADOR.

  12. SISTEMAS REGISTRALES CONCEPTO DE SISTEMA SISTEMA REGISTRAL: DENOMINACION: ESTA LIGADA AL NOMBRE DEL PAIS QUE LE DIO SU ORIGEN. CLASIFICACION: SEGÚN JAVIER COMEZ GALLIGO, LOS SISTEMAS REGISTRALES SE CLASIFICAN EN TRES CLASES

  13. SISTEMAS REGISTRALES 1.- SISTEMAS DE MERO DEPOSITO DE TITULOS, EEUU, SOLO SE DEPOSITAN LOS TITULOS 2.- SISTEMAS DE TRANSCRIPCION O DE MERA OPONIBILIDAD FRENTE A TERCEROS: PROPIO DE FRANCIA, LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO RESULTA OPONIBLE AL TERCERO Y POR TANTO, LO NO INSCRITO NO LE AFECTA, TIENE ALGUNOS FILTROS DE CONTROL 3.- SISTEMAS DE INSCRIPCION O DE FE PUBLICA REGISTRAL: ALEMAN, SUIZO Y EL ESPAÑOL; EL REGISTRO NO SOLO GARANTIZA LA INOPONIBILIDAD DE LO NO INSCRITO, SINO QUE ADEMAS ASEGURA LA TITULARIDAD PERU ADOPTA EL SISTEMA REGISTRAL DE LA INSCRIPCION, EL CUAL ESTA REGIDO POR DETERMINADOS PRINCIPIOS, QUE LE DAN SU NOTA CARACTERISTICA.

  14. SISTEMAS REGISTRALES DIFERENTES REGISTROS O INSCRIPCIONES EN CUANTO A LA CONSTITUCION Y SU EFICACIA CON RESPECTO A TERCEROS, INSCRIPCION CONSTITUTIVA: INSCRIPCION ES UN REQUISITO INELUDIBLE INSCRIPCION DECLARATIVA: SE LIMITA A PUBLICITAR UN HECHO YA SUCEDIDO INDEPENDIENTEMENTE AL REGISTRO

  15. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL SON JUICIOS, REGLAS, NOTAS, RASGOS, DOGMAS O IDEAS FUNDAMENTALES QUE RIGEN U ORIENTAN UN DETERMINADO SISTEMA REGISTRAL, DERIVAN O SON EXTRAIDAS DE LA PROPIA LEY REGISTRAL O POR INDUCCION DE SUS PROPIOS PRECEPTOS, SON “IDEAS – FUERZA”. NO HAY QUE CONFUNDIRLOS CON LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO. ESTAN CONTENIDOS EN EL CODIGO CIVIL Y EN EL TUO DEL RGRP, APROBADO POR RESOLUCIÓN N° 079-2005-SUNARP-SN

  16. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL CLASIFICACION: 1.- PRINCIPIOS REFERIDOS A LOS REQUISTOS DE INSCRIPCION • ROGACION • TITULACION AUTENTICA • LEGALIDAD • TRACTO SUCESIVO • ESPECIALIDAD 2.- PRINCIPIO REFERIDOS A LOS EFECTOS DE LA INSCRIPCION • LEGITIMACION • FE PUBLICA REGISTRAL • PRIORIDAD PREFERENTE • PRIORIDAD EXCLUYENTE

  17. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 1.- PRINCIPIO DE ROGACION - ART. III DEL TP DEL RGRP PRINCIPIO DE LA VOLUNTARIEDAD PRINCIPIO DE INSTANCIA, PETICION O DE SOLICITUD NO PROCEDE LAS INSCRIPCIONES DE OFICIO LIMITES: ALCANZA A TODOS LOS ACTOS INSCRIBIBLES CONTENIDOS EN EL TITULO EXCEPCIONES A LA ROGATORIA ERROR MATERIAL (ART. 76) HIPOTECA LEGAL (ART. 119 DEL C.C.) EN LOS PROCESOS A CARGO DE COFROPI(ART. 1 DE LA LEY N° 26785) MODALIDAD DE LA ROGATORIA SOLICITUD (ART. 12 RGRP) PRESENTACION EN LINEA PRESUNCION DE REPRESENTACION PRESENTACION CAUTIVA

  18. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 2.- PRINCIPIO DE TITULACION AUTENTICA – ART. III DEL TP DEL RGRP TRASLADOS (ART. 9 DEL RGRP) EXCEPCION AL INSTRUMENTO PUBLICO INSTRUMENTO PRIVADO (ART. 10 RGRP): CADUCIDAD LEY DEL SISTEMA FINANCIERO RECTIFICACION EN MERITO DE DOCUMENTO FEHACIENTE (ART. 85 RGRP)

  19. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 3.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD – ART. V DEL TP DEL RGRP LOS ACTOS Y DERECHOS INSCRITOS DEBEN TENER CERTEZA O AL MENOR UNA PRESUNCION DE EXACTITUD SOLO ES INSCRIBIBLE LO QUE ES VALIDO Y EFICAZ CALIFICACION: (ART. 2011 DEL C.C.)ES EL ANALISIS CRITICO QUE REALIZA EL REGISTRADOR ACERCA DE LA LEGALIDAD E INCRIBILIDAD DEL TITULO ALCANCES LEGALIDAD DE LOS DOCUMENTOS CAPACIDAD DE LOS OTORGANTES VALIDEZ DEL ACTO DETERMINAR SI EL DOCUMENTO (EN SENTIDO MATERIAL) ADOLECE O NO DE CAUSALES DE NULIDAD, ANULABILIDAD, INEFICACIA ETC COMPETENCIA DEL REGISTRO POR JURISDICCION TERRITORIAL OBSTACULOS QUE EMANEN DEL REGISTRO TITULOS PENDIENTES TITULOS ARCHIVADOS

  20. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 4.- PRINCIPIO DE TRACTO SUCESIVO – ART. VI DEL TP DEL RGRP ES UNA TECNICA REGISTRAL, PERO DA SUSTENTO A LA FE PUBLICA REGISTRAL. SE EXIGE QUE EL HISTORIAL JURIDICO DE CADA BIEN CONSTE EN EL REGISTRO, SIN SOLUCION DE CONTINUIDAD. DE MODO QUE EL TRANSFERENTE DE HOY, SEA EL AQUIRIENTE DE AYER, Y EL ADQUIRIENTE DE HOY SEA EL TRANSFERENTE DE MANAÑA (ROCA SASTRE) EXCEPCIONES: REVOCACION DE PODER PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO – REANUDA TRACTO SUCESIVO

  21. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 5.-PRINCIPIO DE ESPECIALIDAD – ART. IV DEL TP DEL RGRP LLAMADOS TAMBIEN SISTEMAS DE INSCRIPCION FOLIO REAL FOLIO PERSONAL FOLIO CAUSAL EXCEPCION PARTIDAS MIXTAS (SCRL) PODERES

  22. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 6.-PRINCIPIO DE LEGITIMACION – ART. VII DEL TP DEL RGRP ALCANCES: EXACTITUD (VERACIDAD) HABILITACION AL TITULAR REGISTRAL CONSECUENCIAS: PRESUNCION DE EXACTITUD FRENTE A LA REALIDAD EXTRAREGISTRAL, PRESUNCION RELATIVA IURIS TANTUM, POR CUANTO ES UN REGISTRO DECLARATIVO INTEGRIDAD: LO QUE NO ESTA INSCRITO, NO EXISTE.

  23. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 7.-PRINCIPIO DE FE PUBLICA REGISTRAL – ART. VIII DEL TP DEL RGRP ES EL MAS TRASCENDENTE AVANCE EN EL DERECHO REGISTRAL EL LA MEDULA CENTRAL Y EXPRESION MAS CLARA DE LOS ALCANCES DE LA PROTECCION QUE BRINDA EL REGISTRO AL TERCERO DESCANSA EN EL PRINCIPIO DE LEGITIMACION, PUES SE ADQUIERE DEL TITULAR REGISTRAL, AUNQUE SEA TRASNSFERENTE NON DOMINO EN VIRTUD DE ESTE PRINCIPIO LA INVALIDEZ DE LA COMPRA VENTA(1) (POR INCAPACIDAD DEL TRANSFERENTE NO PROVOCARA LA INVALIDEZ DE LA COMPRAVENTA (2), POR QUE: • POR QUE ADQUIRIO EL DERECHO DE QUIEN APARECIA EN EL REGISTRO COMO TITULAR • LA CAUSAL DE NULIDAD DE LA COMPRAVENTA PRECEDENTE NO APARECE EN EL REGISGTRO • PORQUE EL ADQUIRIENTE ACTUO DE BUENA FE • PORQUE INSCRIBIO SU DERECHO

  24. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL REQUISITOS: 1.- ADQUISICION VALIDA SOLO FUNCIONA EN ADQUISICIONES DERIVATIVAS (NO PROCEDE EN ADQUISICIONES ORIGINARIAS: ADQUISCIONES POR MINISTERIO DE LA LEY, ACCESION, USUCAPION ETC) 2.- PREVIA INSCRIPCION DEL DERECHO TRANSMITIDO 3.- ONEROSIDAD 4.- INEXPRESIVIDAD REGISTRAL RESPECTO DE LAS CAUSALES DE INEFICACIA DEL DERECHO QUE SE TRANSMITE 5.- BUENA FE DEL ADQUIRIENTE • ASPECTO NEGATIVO: • ASPECTO POSITIVO:

  25. PRINCIPIOS DEL DERECHO REGISTRAL 8.-PRINCIPIO DE PRIORIDAD PREFERENTE – ART. IX DEL TP DEL RGRP EXCEPCION: RESERVA DE DENOMINACION 9.-PRINCIPIO DE PRIORIDAD EXCLUYENTE – ART. X DEL TP DEL RGRP LLAMADO TAMBIEN PRINCIPIO DE IMPENETRABILIDAD RESUELVE EL CONFLICTO ENTRE DOS TITULOS REFERIDOS A UN MISMO HECHO O DERECHO EL DERECHO INSCRITO PREVALECE FRENTE AL NO INSCRITO, AUNQUE SEA ANTERIOR EXCEPCIONES: TRANSFERENCIA EFECTUA EN VIDA POR EL CAUSANTE A TERCERO, NO A UN HEREDERO FORZOSO

  26. SISTEMA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS SISTEMA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS  LEY N° 26366 DEL 14-10-1994, PUBLICADO EL 16-10-1994 FINALIDAD: OBJETIVO: LA ESPECIALIZACION, SIMPLIFICACION, INTEGRACION Y MODERNIZACION DE LA FUNCION, PROCEDIMIENTOS Y GESTION DE TODOS LOS REGISTROS QUE LA INTEGRAN CONFORMACION: VINCULA EN LO JURIDICO REGISTRAL A TODOS LOS REGISTROS DE TODOS LOS SECTORES PUBLICOS 1.- REGISTRO PERSONAS NATURALES 1.1 REGISTRO DE MANDATOS Y PODERES 1.2 REGISTRO DE TESTAMENTOS 1.3 REGISTRO DE SUCESIONES INTESTADAS 1.4 REGISTRO PERSONAL 1.5 REGISTRO DE GESTOR PROFESIONAL DE INTERESES 1.6 REGISTRO DE COMERCIANTES

  27. SNRP 2.- REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS 2.1 REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS NO SOCIETARIAS 2.2 REGISTRO DE SOCIEDADES MERCANTILES 2.3 REGISTRO DE EMPRESAS INDIVIDUALES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA 2.4 REGISTRO DE SOCIEDADES MINERAS 2.5 REGISTRO DE SOCIEDADES PESQUERAS 2.6 REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS - MERCANTIL

  28. SNRP 3.- REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE 3.1 REGISTRO DE PREDIOS 3.2.REGISTRO DE CONCESIONES PARA LA EXPLOTACION DE SERVICIOS PUBLICOS 3.3 REGISTRO DE DERECHOS MINEROS 4.- REGISTRO DE BIENES MUEBLES 4.1 REGISTRO DE BIENES MUEBLES 4.2 REGISTRO DE NAVES Y AEREONAVES 4.3 REGISTRO EMBARCACIONES PESQUERAS Y BUQUES 4.4 REGISTRO MOBILIARIO DE CONTRATOS 5.- DEMAS REGISTROS DE CARÁCTER JURIDICO CREADOS O POR CREARSE

  29. SNRP GARANTIAS: • AUTONOMIA DE SUS FUNCIONARIO • INTANGIBILIDAD DEL CONTENIDO DE LOS ASIENTOS REGISTRALES, SALVO TITULO MODIFICATORIO POSTERIOR O SENTENCIA JUDICIAL FIRME • SEGURIDAD JURIDICA DE LOS RECHOS DE QUIENES SE AMPARAN EN LA FE DEL REGISTRO • INDEMNIZACION POR LOS ERRORES REGISTRALES

  30. PROCEDIMIENTO REGISTRAL PROCEDIMIENTO: FORMA QUE ESTA ESTABLECIDA PARA CONDUCIR UN PROCESO NATUALEZA JURIDICA: ES ESPECIAL, NO CONTENCIOSO, TIENE POR FINALIDAD LA INSCRIPCION DE UN TITULO, NO SE ADMITE APERSONAMIENTO DE TERCEROS A UN PROCEDIMIENTO INICIADO, NI OPOSICION A LA INSCRIPCION FORMAS DE CONCLUSION: • INSCRIPCION • TACHA PROCESAL • DESISTIMIENTO

  31. PROCEDIMIENTO REGISTRAL INSTANCIAS EL REGISTRADOR EL TRIBUNAL REGISTRAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PLAZOS DIAS HABILES – EXCEPCIONES COMPUTO DIA INICIAL – EXCEPCIONES PARTIDA REGISTRAL UNIDAD DE REGISTRO, CONFORMADO POR LOS ASIENTO DE INSCRIPCION, ORGANIZADOS SOBRE LA BASE DEL BIEN O DE LA PERSONA, EXCEPCIONALMENTE OTRO ELEMENTO DETERMINA LA APERTURA DE UNA PARTIDA REGISTRAL

  32. PROCEDIMIENTO REGISTRAL TITULOS CONCEPTO: DOCUMENTO QUE FUNDAMENTA INMEDIATA Y DIRECTAMENTE EL DERECHO O ACTO A INSCRIBIR DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS REQUISITOS DE LA INSCRIPCION DOCUMENTOS QUE SEÑALA CADA DOCUMENTO, RECOGIDOS EN EL TUPA PRESENTACION DE INSTRUMENTOS PUBLICOS INSTRUMENTOS PRIVADOS FORMALIDAD

  33. PROCEDIMIENTO REGISTRAL INSTRUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO • LA LEY PERUANA • IDIOMA • LEGALIZACIONDOS (APOSTILLE DE LA HAYA) • SENTENCIAS Y LAUDOS EXTRANJEROS – EXCEQUATOR • ANOTACION DE DEMANDAS DE TRIBUNALES EXTRANJEROS, REQUIERE AUTORIZACION DEL PODER JUDICIAL

  34. PROCEDIMIENTO REGISTRAL PRESENTACION DE LOS TITULOS (ART- 12 DEL TUO DEL RGRP) • TITULAR DEL DERECHO O ACTO • PRESUNCION DE REPRESENTACION DEL PRESENTANTE • INTERES PROPIO DEL NOTARIO, EJERCIDA POR SUS DEPENDIENTES ACREDITADOS • TITULOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS - EXHORTOS

  35. PROCEDIMIENTO REGISTRAL ASIENTO DE PRESENTACION SE EXTIENDEN EL EL DIARIO, EN RIGUROSO ORDEN, SE HACE EN FUNCION DE LA INFORMACION CONTENIDA EN LA SOLICITUD DE INSCRIPCION, COMPLEMENTARIAMENTE SE OBTIENEN DEL PROPIO TITULO, SIEMPRE QUE NO CAMBIEN EL SENTIDO DE LA ROGAROTORIA CONTENIDO: • FECHA Y HORA • NOMBRE Y DOCUMENTO DEL PRESENTANTE • NATURALEZA DEL DOCUMENTO (TITULO) PRESENTADO • ACTOS O DERECHOS CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA • NOMBRE O RAZON SOCIAL O DENOMINACION DE LAS PERSONAS QUE OTORGAN EL DERECHO O ACTO • PARTIDAREGISTRAL • EN PROPIEDAD INMUEBLE INDICAR EL DISTRITO DONDE ESTA UBICADO EL BIEN

  36. PROCEDIMIENTO REGISTRAL PLAZO DE VIGENCIA: 35 DIAS HABILES - 07 PRIMEROS DIAS PARA INSCRIPCION, O FORMULAR OBSERVACIONES, LIQUIDACIONES O TACHAS PRORROGA AUTOMATICA: 25 DIAS ADICIONALES, EN LOS SUPUESTO DE : OBSERVACION, LIQUIDACION, INFORME PREVIO DE CATASTRO APELACION REINGRESO HASTA EL SEXTO DIA ANTERIOR AL VENCIMIENTO DEL PLAZO SUSPENSION DEL PLAZO: SUPUESTOS • TITULO INCOMPATIBLE EN TRAMITE • RECONSTRUCCION DE LA PARTIDA • RECONSTRUCCION O REPRODUCCION DE TITULO ARCHIVADO

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