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Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo

Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo. Ing. Leonardo Pérez Saldaña. Objetivo. Dar a conocer la Normatividad en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, para que los centros de trabajo den cumplimiento a la misma. Normas Oficiales Mexicanas.

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Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo

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Presentation Transcript


  1. Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo Ing. Leonardo Pérez Saldaña

  2. Objetivo • Dar a conocer la Normatividad en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, para que los centros de trabajo den cumplimiento a la misma.

  3. Normas Oficiales Mexicanas • Es la regulación que contiene características o especificaciones que deben cumplir aquellos productos, proceso y servicios cuando estos pueden constituir un riesgo para la seguridad y la salud de las personas y el medio ambiente

  4. responsabilidad • Las Normas de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente Laboral, son emitidas por la STPS, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 40 de la Ley orgánica de la Administración Pública Federal.

  5. Seguridad 10 Normas en Vigor Producto 9 Salud 8 41 Especificas 7 Organización 7

  6. Normas de seguridad en el trabajo.

  7. Normas de SALUD en el trabajo.

  8. Normas de Organización.

  9. Normas especificas.

  10. Normas de PRODUCTO.

  11. Requerimientos mínimos por norma • NOM-001-STPS-2008 • Locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo- Condiciones de Seguridad • Pisos • Rampas • Escaleras • Escalas móviles • Plataformas elevadas • Áreas de transito de vehículos • Áreas de estiba

  12. Pisos • Uno de los elementos más importantes de las instalaciones de centro de trabajo, es el piso, pues dependiendo de sus condiciones podemos prevenir o causar un accidente. • Estar en condiciones de acuerdo a la actividad que realice. • Mantenerse de Tal manera que los posibles estancamientos de líquidos no generen riesgos de caídas o resbalones. • Ser llanos en las zonas para el tránsito de las personas. • Contar con protecciones tales como cercas provisionales o barandales desmontables, de una altura mínima de 90 cm. U otro medio que proporcione protección, cuando tenga aberturas temporales de escotilla y • Contar con señalización donde existan riesgos.

  13. Escaleras • Las escaleras son elementos estructurales construidos para subir o bajar a espacios situados a diferentes niveles, por lo que son de uso diario a diferencia de las escaleras que, independientemente de ser móviles o fijas, no son para uso diario, solo son empleadas para funciones extraordinarias, constan de: • Escalón. • Huella. • Peralte. • Voladizo. • Descanso. • Barandal. • Pasamanos. • Balaustre. • Baranda. • Arranque y desembarco • .

  14. Escaleras de emergencia exteriores • En algunas empresas o edificios existen escaleras de emergencia exteriores que son planeadas para utilizarse en caso de peligro para el desalojo de personal, regularmente se construyen para uso en caso de incendios y sismos. Sus características son: • Ser de diseño recto en sus secciones. • No debe haber obstáculos para accionarlas. • Por cada piso debe haber un acceso directo a través de una puerta de salida. • Debe estar diseñada para drenar los líquidos que pudieran estancarse. • Los pisos y huellas deben ser resistentes y antiderrapantes . • Contar con descansos. • Deben estar fijas en todos los niveles. • Deben estar señalizadas. • .

  15. Escalas móviles • Son escalas desmontables y transportables que se utilizan en los centros de trabajo para realizar ciertas actividades: • . • Rampas • Las rampas tienen la función de acceso de un nivel a otro principalmente de objetos como vehículos, artefactos para carga manual como patines hidráulicos, diablitos, entre otros.

  16. Puentes y Plataformas • Existen centros de trabajo donde se utilizan puentes o plataformas a manera de comunicar diferentes naves del centro de trabajo. • A los puentes podemos ubicarlos como aquellos pasillos que se encuentran por encima de otros niveles por donde transitan trabajadores, y en ocasiones vehículos. • Áreas de transito de vehículos • Es común observar espacios destinados al tránsito de vehículos y montacargas tanto en exteriores como en interiores de las empresas

  17. Requerimientos documentales • Programa de mantenimiento preventivo o correctivo del sistema de ventilación artificial. • Constancia documental de que proporcionó información a todos los trabajadores para el uso y conservación de las áreas donde realizan sus actividades en el centro de trabajo incluidas las destinadas para el servicio de los trabajadores. • Registros de los resultados de las verificaciones oculares en bitácoras, medios magnéticos o en las actas de verificación de la Comisión de Seguridad e Higiene. • Registro de los resultados de las verificaciones oculares realizadas posteriormente a la ocurrencia de un evento que pudiera generarle daños al centro de trabajo. • Registros anuales en bitácoras de los resultados de la ejecución del programa de mantenimiento preventivo o correctivo del sistema de ventilación artificial.

  18. NOM-002-STPS-2010 CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO • Estudio para la clasificación del riesgo de incendio del centro de trabajo o por áreas que lo integran, tales como plantas, edificios o niveles, de conformidad con lo establecido en el Apéndice A de la Norma. • Croquis, plano o mapa general del centro de trabajo, o por áreas que lo integran, colocado en los principales lugares de entrada, tránsito, reunión o puntos comunes de estancia o servicios para los trabajadores • Instrucciones de seguridad para la prevención y protección de incendios aplicables en cada área del centro trabajo al alcance de los trabajadores y supervisión de cumplimiento.

  19. NOM-002-STPS-2010 CONDICIONES DE SEGURIDAD - PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS CENTROS DE TRABAJO • Plan de atención de emergencias de incendio, conforme al Capítulo 8 de la Norma. • Registro que acredite que se desarrollan simulacros de emergencias de incendio al menos una vez al año, en el caso de centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio ordinario, y al menos dos veces al año para aquellos con riesgo de incendio alto. • Documento que acredite que cuenta con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los términos del Capítulo 9 de la Norma. • Documento que acredite que se capacitó a los trabajadores y a los integrantes de las brigadas contra incendio, con base en el programa de capacitación anual teórico-práctico, en materia de prevención de incendios y atención de emergencias, conforme a lo previsto en el Capítulo 11.

  20. NOM-004-STPS-1999 SISTEMAS DE PROTECCIÓN Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN LA MAQUINARIA Y EQUIPO QUE SE UTILICE EN LOS CENTROS DE TRABAJO • Estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria y equipo, considerando un inventario de todos los factores y condiciones peligrosas que afecten a la salud del trabajador. • Programa específico de seguridad e higiene para la operación y mantenimiento de la maquinaria y equipo, resultado del estudio de análisis de riesgo generado. • Manual de primeros auxilios en el que se definan los procedimientos para la atención de emergencias. • Documento que acredite que se capacita a los trabajadores para la atención de emergencias.

  21. Requisitos que debe cumplir el estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria o equipo • Contar con un listado de la maquinaria y equipo empleado en la empresa. • Analizar cada maquinaria y equipo del listado; indicando si cuenta o no con partes en movimiento, si produce calor y si genera electricidad estática, señalando para cada aspecto cuales son los componentes específicos de la maquinaria y equipo que los presenta. • Indicar para cada maquinaria y equipo del listado, si la materia prima que utiliza, los subproductos que genera y los productos terminados representan un factor de riesgo por ostentar las características de: • a) tener superficies cortantes • b) proyectarse durante el proceso • c) calentarse durante el proceso • El manejo y las condiciones de las herramientas describiendo por para cada maquinaria y equipo del listado describiendo: • a) las condiciones en que se encuentra • b) cuáles son las acciones que durante su uso podrán • ocasionar accidentes.

  22. Requisitos que debe cumplir el estudio para analizar el riesgo potencial generado por la maquinaria o equipo • Tipo de daño que ocasiona la maquinaria y equipo (ejemplos, golpes, quemadura, mutilación) describiendo la parte del cuerpo que puede ser afectada, con base a estos daños se debe realizar el manual de primeros auxilios. • Gravedad del daño lo que significa que tan severo puede ser el tipo de daño ocasionado al trabajador • ( ejemplos: leve. Medio, alto). • Probabilidad de ocurrencia. Se refiere a que tan posible es que ocurra el tipo de daño con la gravedad analizada. La frecuencia con que se presentan esos daños o accidentes en el centro de trabajo, puede ser un indicador más claro ( ejemplo: probabilidad alta, probabilidad media o probabilidad baja)

  23. Para evitar accidentes que ocasionen lesiones y decesos derivados del uso de la maquinaria y equipo, se debe utilizar Protectores de Seguridad • Los protectores de seguridad son elementos (barreras físicas) que impiden que las personas tengan acceso o contacto con las partes móviles de la maquinaria. • Su propósito es prevenir contra lesiones causadas por: • Contacto directo con las partes móviles de la maquinaria • Trabajo en proceso (rebabas, salpicadura de metal caliente, salpicadura de sustancias químicas, etc) • Falla mecánica y/o eléctrica • Falla humana por fatiga, distracción, curiosidad, preocupación, enojo etc.

  24. Por sus características de instalación y funcionamiento se clasifican en: • Protector fijo: el uso debe ser permanente. • Protector semifijo: está determinado por el uso de operaciones que se realiza en la maquinaria, en caso de requerirse puede ser retirado. • Protector móvil: elemento que cubre mecánicamente la estructura de una maquina o a un elemento vecino fijo.

  25. Por sus características de instalación y funcionamiento se clasifican en: • Protector regulable: cubre toda una línea continua de posiciones a lo largo del mecanismo regulable. • Protección por obstáculos: son barreras físicas diseñadas y construidas para aislar al trabajador de una zona de riesgo y evitar, de este modo que se produzcan daños a su integridad.

  26. Dispositivos de Seguridad • Son elementos que se instalan para impedir el desarrollo de una fase peligrosa en cuanto se detecta la presencia de un trabajador o parte de su cuerpo dentro de la zona de riesgo de la maquinaria y equipo. • Son mecanismos que se instalan en la maquinaria para detenerla cuando se detecta la presencia de alguna persona en un lugar peligroso.

  27. De acuerdo a sus características de operación se clasifican en: • Dispositivos de paro de urgencias: • Provee una rápida desactivación de las maquinas, las cuáles pueden ser botones, palancas, varillas o cables. • Dispositivos bloqueador asociado a un protector: • Se tiene un protector asociado a la maquina de tal manera que si el protector no se encuentra en posición cerrada, la maquina no entra en funcionamiento. • . • Dispositivos de retención mecánica: • En ocasiones es necesario reforzar el dispositivo de bloqueador asociado a un protector mediante otro dispositivo de retención mecánica, de tal manera que la maquina mantenga su posición cerrada

  28. De acuerdo a sus características de operación se clasifican en: • Dispositivos de mando bimanual: • La acción manual simultanea sobre dos controles, es necesaria para controlar la acción de la maquina. • Dispositivos sensitivo: • Esta constituido por una cortina luminosa (celda fotoeléctrica) la interrupción de esta cortina luminosa provoca la emisión de una señal que para la maquina. • Dispositivos expulsor: • Este dispositivo esta diseñado para apartar las manos del operario de la zona de riesgo, en el momento de accionar la maquina.

  29. NOM-005-STPS-1998 RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL MANEJO, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS • Estudio actualizado del análisis de los riesgos potenciales de las sustancias químicas peligrosas. • Programa especifico de Seguridad e Higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas • Procedimiento de autorización para realizar actividades peligrosas en el centro de trabajo. • Manual de primeros auxilios para la atención de emergencias médicas, elaborado de los resultados de estudio del riesgo potencial en las sustancias químicas peligrosas. • Constancias de adiestramiento y capacitación continua a los trabajadores sobre el Programa Específico de Seguridad e Higiene para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas

  30. NOM-005-STPS-1998 RELATIVA A LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO PARA EL MANEJO, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS • Documento que acredite que el personal que realiza las actividades de transporte de las sustancias explosivas se encuentra debidamente capacitado.

  31. Contenido del análisis de riesgos potenciales de las sustancias químicas peligrosas:

  32. Contenido del procedimiento de autorización

  33. Contenido del Programa específico de seguridad e higiene

  34. NOM-006-STPS-2000 Manejo y almacenamiento de materiales – Condiciones y procedimientos de seguridad

  35. NOM-006-STPS-2000 Manejo y almacenamiento de materiales – Condiciones y procedimientos de seguridad

  36. NOM-006-STPS-2000 Manejo y almacenamiento de materiales – Condiciones y procedimientos de seguridad

  37. NOM-009-STPS-2011 CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA • Análisis de las condiciones prevalecientes en las áreas en las que se llevarán a cabo los trabajos en altura, en forma previa a su realización, a fin de identificar los factores de riesgo existentes. • Instructivos, manuales o procedimientos para la instalación, operación y mantenimiento de los sistemas o equipos utilizados en los trabajos de altura. Redactados en idioma español, con base en las instrucciones del fabricante • Plan de atención de emergencias derivado de ejecución de trabajos en altura • Documento que acredite que se supervisa que los contratistas cumplan con lo establecido en la norma.

  38. NOM-009-STPS-2011 CONDICIONES DE SEGURIDAD PARA REALIZAR TRABAJOS EN ALTURA • Autorización por escrito de los trabajadores que realizan trabajos en altura, a través de andamios tipo torre o estructura, andamios suspendidos y plataformas de elevación • Autorización de personal capacitado para realizar las reparaciones en los sistemas personales para interrumpir caídas de altura, de acuerdo con las indicaciones del fabricante

  39. NOM-010-STPS-1999 CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN, TRANSPORTEN, PROCESEN O ALMACENEN SUSTANCIAS QUÍMICAS CAPACES DE GENERAR CONTAMINACIÓN EN EL MEDIO AMBIENTE LABORAL • Estudio de los contaminantes del medio ambiente laboral que incluya el reconocimiento, la evaluación y el control para prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores • Programa de control, cuando el valor de referencia es mayor a la unidad, que incluya medidas previstas por la Norma • Que se establezcan acciones inmediatas para no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los límites máximos permisibles del Apéndice I, en tanto se aplican las medidas de control correspondientes.

  40. NOM-010-STPS-1999 CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN, TRANSPORTEN, PROCESEN O ALMACENEN SUSTANCIAS QUÍMICAS CAPACES DE GENERAR CONTAMINACIÓN EN EL MEDIO AMBIENTE LABORAL • Exámenes médicos específicos por cada contaminante a cada trabajador expuesto al menos una vez cada doce meses, de acuerdo con lo que establezcan las Normas Oficiales Mexicanas que al respecto emita la Secretaría de Salud, o de no existir normatividad, conforme a lo que el médico de la empresa determine para la vigilancia a la salud. • Hojas de campo para cada área o trabajador y cada contaminante del medio ambiente laboral. • El patrón debe contratar un laboratorio de pruebas, acreditado y aprobado, según lo establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para el reconocimiento y evaluación de esta Norma. (10.3)

  41. NOM-011-STPS-2001 CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE GENERE RUIDO • Programa de conservación de la audición aplicado en áreas del centro de trabajo, donde se encuentren trabajadores expuestos a niveles de 85 dB(A) y mayores. • Reconocimiento del ruido en todas las áreas del centro de trabajo donde haya trabajadores expuestos a niveles sonoros iguales o superiores a 80 dB(A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia. • Evaluación del ruido en todas las áreas del centro de trabajo donde haya trabajadores expuestos a niveles sonoros iguales o superiores a 80 dB(A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia. • Que se informe a cada trabajador sobre los resultados de la vigilancia a su salud. • Que se informe y oriente a los trabajadores y a la Comisión de Seguridad e Higiene sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a ruido, y sobre la forma de evitarlas o atenuarlas

  42. Registro de la evaluación • a) Informe descriptivo de las condiciones normales de la operación en las cuales se realizó la evaluación incluyendo breves descripciones de proceso de fabricación y los puestos del trabajo y el número de trabajadores expuestos por áreas y puesto de trabajo. • b) Criterios utilizados para seleccionar el método de evaluación. • c) Plano de distribución de la zona o área evaluada en donde se indique la ubicación de los puntos de evaluación. • d) Memoria de calculo de los NSA, NSCA, NSCEA, y NER • e) Calibración de instrumentación (copia de Informe o Certificado) • f) Nombre y firma del responsable del estudio de evaluación.

  43. Reconocimiento • a) Plano de distribución de las áreas en que exista ruido y de la maquinaria y equipo generadores de ruido. • b) Descripción del proceso de fabricación.. • c) Descripción de los puestos de trabajo expuestos a ruido. • d) programa de mantenimiento de la maquinaria y equipo generadores de ruido. • e) Registros de producción. • f) Número de trabajadores expuestos a ruido por área y por proceso de fabricación, incluyendo el tiempo de exposición. • g) Reporte del reconocimiento sensorial de las zonas por evaluar, con el objeto de determinar las características del ruido (estable, inestable o impulsivo)

  44. Control Cuando el NER supere los límites máximos permisibles de exposición establecidos en la Tabla A.1, se deben aplicar una o varias de las medidas de control siguientes, para mantener la exposición dentro de lo permisible: a) medidas técnicas de control, consistentes en: 1) efectuar labores de mantenimiento preventivo y correctivo de las fuentes generadoras de ruido; 2) sustitución o modificación de equipos o procesos; 3) reducción de las fuerzas generadoras del ruido; 4) modificar los componentes de frecuencia con mayor posibilidad de daño a la salud de los trabajadores; 5) distribución planificada y adecuada, del equipo en la planta; 6) acondicionamiento acústico de las superficies interiores de los recintos; 7) instalación de cabinas, envolventes o barreras totales o parciales, interpuestas entre las fuentes sonoras y los receptores; 8) tratamiento de las trayectorias de propagación del ruido y de las vibraciones, por aislamientos de las máquinas y elementos; b) Implementar medidas administrativas de control, como: 1) manejo de los tiempos de exposición; 2) programación de la producción; 3) otros métodos administrativos.

  45. NOM-012-STPS-2012 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTE

  46. NOM-012-STPS-2012 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTE • Análisis de la causa raíz que originó el evento, cuando se exceden los limites de equivalente de dosis establecidos en el Reglamento General de Seguridad Radiológica. • Exámenes médico realizados al personal ocupacionalmente expuesto, de acuerdo con lo dispuesto por la NOM-026-NUCL-2011, o las que las sustituyan. • Autorizaciones, licencias y servicios otorgados por los órganos reguladores competentes para el manejo de fuentes de radiación ionizante. • Autorización por escrito del encargado de seguridad radiológica , del personal que participa en las operaciones, de emergencia en los términos del plan de atención a emergencias radiológicas.

  47. NOM-012-STPS-2012 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTE tipos de radiaciones ionizantes Radiación Alfa: Son poco penetrantes, se detienen con dos o tres centímetros de aire o una delgada hoja de papel. No producen problemas de exposición como radiación externa, pero representan alto riesgo como contaminación interna. (vía digestiva, respiratoria y cutánea) Radiación Beta: Su capacidad de penetración es mayor que las partículas Alfa, se necesitan algunas decenas de metros de aire o algunos milímetros de aluminio para detenerlas. No representan problemas graves de radiación externa, pero sí representan riesgo como contaminación interna. Radiación Gamma: Tiene gran poder de penetración, los mejores blindajes son los de plomo y hormigón. Son de alto riesgo como fuente externa. Neutrones: Son muy penetrantes, pueden ser detenidos por hidrógeno o materiales que contengan parafina sólida, acrílico, etc.. Rayos X: son los que se utilizan en medicina, industria e investigación.

  48. NOM-012-STPS-2012 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTES Programa de seguridad y protección radiológica: a) Las actividades para dar cumplimiento con el programa, la duración de las mismas y los responsables de su instrumentación y supervisión; b) El manual de procedimientos administrativos y de operación en cuanto a seguridad radiológica; c) La descripción de los recursos administrativos y técnicos, así como del sistema de comunicación y coordinación entre las diferentes áreas involucradas en el centro de trabajo para el cumplimiento del programa, y d) Los procedimientos para la investigación de incidentes o accidentes.

  49. NOM-012-STPS-2012 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTES Plan de atención a emergencias radiológicas a) La descripción de las situaciones de emergencia previsibles, las medidas por adoptar en cada caso y los responsables de ejecutarlas; b) Las limitaciones y restricciones a la exposición durante la emergencia al personal ocupacionalmente expuesto y a las personas cercanas a dicha emergencia; c) Los primeros auxilios que se brindarán a los trabajadores y su canalización inmediata a la asistencia médica; d) La realización de actividades para el control de la situación anormal, y e) La aplicación de medidas correctivas, de conformidad con los límites de equivalente de dosis, una vez logrado el control de la emergencia.

  50. NOM-012-STPS-2012 CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE SE MANEJEN FUENTES DE RADIACIÓN IONIZANTES Reconocimiento El reconocimiento que se efectúe en las áreas donde existan fuentes de radiación ionizante, deberá comprender, al menos: a) La identificación y ubicación de las fuentes de radiación ionizante; b) Las propiedades físicas y químicas de las fuentes de radiación ionizante; c) Los efectos que las fuentes de radiación ionizante pueden producir en la salud del personal ocupacionalmente expuesto; El estado y tipo de sistemas de control de las fuentes de radiación ionizante o equipos que las contengan, así como de otros dispositivos de protección física y radiológica; e) Las condiciones y actos inseguros que puedan ocasionar algún accidente u otro tipo de riesgo por radiación ionizante; f) La ubicación del personal ocupacionalmente expuesto por áreas y turnos, cuando aplique, con la precisión de los puestos y las actividades que desarrollan; g) La consideración del tiempo, distancia y blindaje; h) La identificación de las características del equipo de protección personal por utilizar, en su caso, e i) El inventario de los equipos de detección e instrumentos de medición de radiación ionizante.

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