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La Regulación del GLP en Uruguay. 6 de octubre de 2011. Mercados GLP. GLP envasado en microgarrafas (3 Kg) GLP envasado en garrafas de 13 Kg (Principal mercado 78 %) GLP envasado en cilindros de 45 Kg GLP a granel. GLP en Uruguay.
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La Regulación del GLP en Uruguay 6 de octubre de 2011
Mercados GLP • GLP envasado en microgarrafas (3 Kg) • GLP envasado en garrafas de 13 Kg (Principal mercado 78 %) • GLP envasado en cilindros de 45 Kg • GLP a granel
GLP en Uruguay • Población: 3,4 millones de habitantes (alrededor de 1 millón de hogares) • Usuarios: 80% de los hogares utilizan GLP principalmente para cocción y calefacción • Valor del negocio: 117millones USD/año • Consumo final GLP: Sector Residencial 98%
Historia del mercado de GLP • Año 1937 Se aprueba la Ley Nº 8.764, estableciendo que la producción, importación y exportación de GLP es una actividad monopolizada por ANCAP. • Año 1950 ANCAP se introduce en el mercado el GLP envasado. Acuerda su envasado y distribución con la empresa Acodike. • Año 1977 ANCAP llama a licitación a una segunda empresa Riogas. • Año 2002 Se aprueba la Ley Nº 17.598 que crea la URSEA. • Año 2004 Ingreso de dos nuevos Distribuidores: Ducsa y Megal
Historia del mercado de GLP Hasta la creación de la URSEA, era la propia ANCAP quien se encargaba de establecer las condiciones del funcionamiento del mercado, a través de los contratos con las empresas distribuidoras y fiscalizar su cumplimiento. Estas actividades fueron atribuidas a la URSEA, con excepción de la determinación de los márgenes de envasado y distribución. Este cambio de esquema en el mercado, que dejó de ser regulado exclusivamente por los contratos con ANCAP, permitió el ingreso de nuevos Distribuidores Minoristas.
Industrial Industrial Comercial Refinación Envasado Residencial Almacenamiento Importación El GLP en el Uruguay
Evolución de las participaciones en el Mercado de GLP Envasado 13Kg
Precio del GLP • Los precios máximos de venta al público de GLP son fijados por decreto del Poder Ejecutivo. • Cómo órgano regulador, la URSEA no tiene potestades de fijación de tarifas o precios, pero sí debe realizar un examen permanente de las mismas, pudiendo efectuar los estudios y determinaciones técnicas que considere pertinente, así como emitir los asesoramientos que le requiera el Poder Ejecutivo.
Precio del GLP Evolución precios de GLP, energía eléctrica, gas natural y PPI GLPs período noviembre 2002 – abril 2008. .
URSEA. Marco Normativo Ley Nº 17598 (13/12/2002): Competencias de control de la URSEA sobre distintas actividades: • Competencias Art. 1, E): las referidas a la importación, refinación transporte, almacenamiento y distribución de petróleo, combustibles y otros derivados de hidrocarburos, lo que incluye al GLP. • Objetivos Art. 2: atienden básicamente a asegurar a los usuarios y consumidores una prestación igualitaria, con regularidad, continuidad y calidad de los servicios. • Cometidos y Poderes Arts. 14 y 15: • Velar por el cumplimiento de las normas sectoriales específicas • Formular regulaciones en materia de calidad y seguridad de los productos y servicios, así como de materiales e instalaciones. • Fijar condiciones para la autorización de la prestación con seguridad de actividades del sector. • Regular el mercado conforme a las políticas que encomiende el PE
Marco Normativo • Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP (Resolución Nº 5/2004 de la Comisión Directora de la URSEA modificativas y concordantes). • Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos Destinados al Manejo de GLP. (Resolución Nº 5/2004 de la Comisión Directora de la URSEA modificativas y concordantes). • En el dictado de la reglamentación se utiliza el procedimiento de Consulta Pública en aras de un proceso transparente y participativo.
Marco Normativo Normas UNIT actualizadas por convenio con URSEA • UNIT 1094:2005 Diseño y Construcción • UNIT 1095:2005 Procedimientos de verificación antes, durante y después de llenado. • UNIT 1096:2005 Inspección, reacondicionamiento y recalificación.
A los efectos de garantizar la distribución de GLP a la población en todo el territorio nacional, el Reglamento de Actividades, reglamenta un conjunto de exigencias a cumplir por las empresas distribuidoras a nivel nacional, que son controladas trimestralmente por la Unidad. Cobertura Geográfica
Control de Instalaciones de GLP • 2005 24% • 2010 79%
Control de Instalaciones de GLP Plazos para el cumplimiento de requisitos de seguridad de los expendios
El criterio de sanciones toma en cuenta la cantidad de infracciones y la pondera con un factor de expansión que tiene en cuenta la relación entre la cantidad envasada y la cantidad de envases revisados en cada inspección. La sanción también considera el costo estimado evitado que ha tenido cada agente por no haber recalificado los envases. Calidad de envasado
Decreto 472/2007 CAMBIO DE RÉGIMEN Uso y responsabilidad exclusivo de los envases Parque universal de envases
Decreto 472/2007 Artículo 1º.- Dispónese que antes del día 1º de diciembre de 2009 las empresas Distribuidoras Minoristas de gas licuado de petróleo (glp) deberán identificar los envases que distribuyan, de manera que cada envase intercambiable resulte vinculado en forma permanente, clara e inequívoca, con un único agente Distribuidor Minorista, el que será responsable por su estado, mantenimiento, recalificación, destrucción final y reposición.
Decreto 472/2007 • Busca identificar al Agente responsable de cada envase, para atribuirle la responsabilidad de los daños provocados por los cilindros defectuosos y por las alteraciones en la calidad y cantidad del GLP envasado • Incentivar el mantenimiento en buenas condiciones de los envases • Incentivar la inversión en el parque de envases y en mejorar el servicio
Características Nuevo Régimen • Mantiene un parque común de 100.000 envases (5%) • Asigna el resto (aproximadamente 1.900.000), conforme a sus participaciones de mercadoa la fecha del decreto • Prohíbe a un distribuidor minorista distribuir los envases con identificación de otro distribuidor • Obliga a los distribuidores a recibir de los usuarios cualquier tipo de envase vacío y proceder a intercambiarlos
Características Nuevo Régimen • Establece un stock mínimo de envases, cuyo tamaño está relacionado con su volumen de ventas. • Los envases siguen siendo propiedad de los usuarios finales que los han adquirido • No hay centros de canje • No introduce los contratos entre las empresas y los usuarios
Posibles consecuencias adversas previstas del nuevo régimen • Posible existencia de incentivos para deteriorar, o no intercambiar y retener los cilindros vacíos de la competencia que han sido recogidos durante la distribución. • Situaciones de captación asimétrica de envases por modificaciones en la participación en el mercado de los Distribuidores. • Barrera de entrada para nuevos competidores
Resultado hasta el momento de la aplicación del nuevo régimen • Hasta el momento no se han verificado casos graves de envases deteriorados de la competencia, ni graves problemas en el intercambio de envases, que impidieran la actividad de envasado. • Todavía estamos en un período de transición.
Medidas que influyeron favorablemente • Se creó un registro de envases, de modo que todos los envases en el mercado pasen a estar identificados. • Reglas transparentes para el intercambio de envases entre las empresas. • Fuerte supervisión de la operatoria de intercambio de envases. Cercanía de las plantas de envasado.
Medidas que influyeron favorablemente • Aplicar fuertes sanciones ejemplarizantes cuando las empresas incurrieran en ese tipo de prácticas. • Las empresas están obligadas a mantener un stock de envases del parque común, que sirva como colchón operativo.
Problemas encontrados en la aplicación del Decreto Nº 472/2007 • Atraso en el cronograma de identificación de envases • Situaciones de captación asimétrica de envases que no se pudieron explicar por variaciones en la participación del mercado ni por las cantidades que han pintado cada uno de los distribuidores • Asimetrías transitorias en la cantidad de envases en poder de las diferentes empresas. Problemas durante conflictos sindicales.
Medidas a estudio • Aumentar el parque común del 5% al 10% • Reasignar envases de acuerdo a la participaciones actuales del mercado • Eliminar los ratios • Profundizar el estudio del clearing. Cuándo se permitiría el envasado de recipientes de otros distribuidores.
Medidas a estudio • Aumentar el stock de envases del parque común, que las empresas están obligadas a mantener y que sirve como colchón operativo. • Otras medidas que mitiguen los problemas encontrados en el sistema
Retos pendientes • Recarga Microgarrafas 3Kg. • Frontera con Brasil.
Envasado de Microgarrafas 3Kg • Tema social. Sectores de menores recursos. Oportunidad laboral. • Informalismo. Instalaciones precarias. • Recarga por métodos no autorizados. • A las microgarrafas no se les realiza inspección ni recalificación. • Poco interés de las Distribuidoras. • Difícil Fiscalización.
Envasado de Microgarrafas 3Kg • Promover el cambio del método de recarga por alguno de los autorizados y más seguros. • Promover el sistema de intercambio de envases. • Eliminar el subsidio en los envases de 45kg.
Reto mayor El reto más importante es que la población en general entienda cuál es la importancia de que exista un regulador.
E-mail: fernando.pelaez@ursea.gub.uy www.ursea.gub.uy