1 / 8

Carrera : Ingeniería en Gestión Empresarial 6 ° Semestre Grupo B

Carrera : Ingeniería en Gestión Empresarial 6 ° Semestre Grupo B Materia: Administración de la Salud y Seguridad ocupacional RIESGO DE TRABAJO : Artículos 473, 475, 477, 478, 479 y 480 FACILITADOR: M.v.z . José Luis Garza del Pozo ALUMNOS: GOMEZ HERNANDEZ ESTELA

lecea
Télécharger la présentation

Carrera : Ingeniería en Gestión Empresarial 6 ° Semestre Grupo B

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Carrera: Ingeniería en Gestión Empresarial 6° Semestre Grupo B Materia: Administración de la Salud y Seguridad ocupacional RIESGO DE TRABAJO : Artículos 473, 475, 477, 478, 479 y 480 FACILITADOR: M.v.z. José Luis Garza del Pozo ALUMNOS: GOMEZ HERNANDEZ ESTELA PISTE CASTRO IVAN EDUARDO SUASTE CHULIM ASTRID Juan Sarabia, Otón P. Blanco, Quintana Roo Abril del 2014.

  2. RIESGOS DE TRABAJOS SON LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES A LOS QUE ESTAN EXPUESTOS LOS TRABAJADORES EN EJERCICIO O CON MOTIVO DEL TRABAJO. Artículo 473

  3. Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Artículo 475

  4. El patrón es responsable de la seguridad e higiene y de la prevención de los riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de esta Ley, sus reglamentos y las normas oficiales mexicanas aplicables. Es obligación de los trabajadores observar las medidas preventivas de seguridad e higiene que establecen los reglamentos y las normas oficiales mexicanas expedidas por las autoridades competentes, así como las que indiquen los patrones para la prevención de riesgos de trabajo. Artículo 475 Bis

  5. incapacidad temporal. • Incapacidad permanente parcial. • Incapacidad permanente total. • La muerte. Articulo 477 Articulo 478 • Incapacidad temporal es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo. Cuando los riesgos se realizan pueden producir:

  6. Artículo 479 INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL ES LA DISMINUCION DE LAS FACULTADES O APTITUDES DE UNA PERSONA PARA TRABAJAR.

  7. Artículo 480 INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL ES LA PERDIDA DE FACULTADES O APTITUDES DE UNA PERSONA QUE LA IMPOSIBILITA PARA DESEMPEÑAR CUALQUIER TRABAJO POR EL RESTO DE SU VIDA

More Related