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Asistencia jurídica internacional y recuperación de activos

Asistencia jurídica internacional y recuperación de activos. Buenos Aires, 18 de agosto de 2010. Asistencia jurídica internacional, rastreo y recuperación de activos. Rol del Ministerio de Relaciones Exteriores Asistencia jurídica internacional en materia penal

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Asistencia jurídica internacional y recuperación de activos

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Presentation Transcript


  1. Asistencia jurídica internacional y recuperación de activos Buenos Aires, 18 de agosto de 2010

  2. Asistencia jurídica internacional, rastreo y recuperación de activos • Rol del Ministerio de Relaciones Exteriores • Asistencia jurídica internacional en materia penal • Cooperación con fines de recuperación de activos • Puntos críticos

  3. Rol del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto

  4. Competencia Cancillería(Dirección de Asistencia Jurídica Internacional) • Ley de Ministerios: “Entender en la tramitación de rogatorias judiciales, pedidos de extradición y en los asuntos relativos a la asistencia judicial internacional”. • Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal (Ley nro. 24.767). • Autoridad Central designada por Tratados bilaterales, Regionales y Multilaterales.

  5. Algunas incumbencias • Recepción pedidos de asistencia, análisis previo y envío, tanto activos como pasivos • Comunicación directa con Autoridades extranjeras competentes • Análisis previo pedidos de extradición pasivos y decisión final • Análisis previo pedidos de extradición activos • Participación en la redacción de Convenios sobre extradición y cooperación. • Intervención en Foros internacionales.

  6. Asistencia jurídica internacional en materia penal

  7. Asistencia jurídica Internacional “Instrumento del que se valen los Estados con el fin de colaborar entre sí en la investigación, juzgamiento y punición de delitos”

  8. Tipos de cooperación Policía Cooperación “informal” UIF Representaciones Cooperación formal Asistencia jurídica (exhorto/rogatoria)

  9. Asistencia jurídicaBases normativas • Tratados sobre asistencia en materia penal • Convenciones multilaterales de lucha contra grupo determinado de delitos • Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal (24.767)

  10. Tratados sobre asistencia en materia penal • Australia, Canadá, Colombia, España, Francia, Estados Unidos, Italia, México, Perú, Suiza. • Protocolo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales del Mercosur • Acuerdo Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales MERCOSUR, Bolivia y Chile • Convención Interamericana sobre Asistencia en Materia Penal

  11. Convenciones multilaterales de lucha contra grupo determinado de delitos • Convención de las NU contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes • Convención OEA contra la Corrupción • Convención de las NU contra la Delincuencia Organizada Transnacional (y Protocolos) • Convención de las NU contra la Corrupción • Convención de la OCDE

  12. Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal “La República Argentina prestará a cualquier Estado que lo requiera la más amplia ayuda relacionada con la investigación, juzgamiento y punición de delitos que correspondan a la jurisdicción de aquel”

  13. Asistencia jurídicaMedidas posibles • Notificaciones • Declaraciones • Pericias • Remisión de informes y documentos • Embargos, secuestros y decomisos • Allanamientos, intervención TE e interceptación de correspondencia • Etcétera, etcétera, etcétera...

  14. Asistencia jurídicaRequisitos formales • Autoridad requirente • Descripción del hecho investigado • Tipo penal (copia o transcripción) • Medida solicitada y relación con investigación • Base legal (Tratado, Convenio, reciprocidad)

  15. Cooperación jurídica, rastreo y recuperación de activos

  16. Bases normativas • Similar cooperación general (Tratados sobre Asistencia, Convenios contra grupo determinado de delitos, Ley de Cooperación Internacional en Materia Penal)

  17. Cooperación con fines de rastreo, embargo y secuestro • Etapa 1 recuperación de activos: - Identificación - Inmovilización - Secuestro Artículo 23 CP: “El juez podrá adoptar desde el inicio de las actuaciones judiciales las medidas cautelares suficientes para asegurar el decomiso…” Identificación del bien Clave Explicación acerca relación investigación / bien

  18. Cooperación con fines de decomiso • Etapa 2 recuperación de activos: Traspaso del bien al Estado Título II CP. De las Penas. Artículo 23: “En todos los casos en que recayese condena por delitos previstos en este Código o en leyes penales especiales, la misma decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios…”

  19. Cooperación con fines de decomisoLey de Cooperación Internacional en Materia Penal Parte IV – Cumplimiento de condenas Título I – Cumplimiento de condenas dictadas en el extranjero y Título II – Cumplimiento en el extranjero de condenas dictadas en la Argentina

  20. Condiciones • Condena definitiva y firme • Doble incriminación

  21. Procedimiento • Similar al de asistencia • El Ministerio Público Fiscal representará en el trámite judicial el interés por la ejecución • Procedimiento judicial – normas para incidentes previstas en C.Pr.C.C.N. • El Ministerio de Relaciones Exteriores podrá convenir con otro Estado que parte del dinero o bienes queden en poder del Estado requerido

  22. Puntos críticos

  23. Solicitud de cooperación como pieza autosuficiente

  24. Importancia cooperación “informal” • Como mecanismo para obtener evidencia • Como forma de lograr una solicitud de asistencia completa • Entre autoridades en el marco de la cooperación formal

  25. Ampliar el foco de la investigación a los bienes • Rápida identificación e inmovilización • Adecuada reparación del bien jurídico protegido • Activos como camino al delincuente

  26. Diego Martín SolernóCoordinador de Cooperación Internacional en Materia PenalDirección de Asistencia Jurídica InternacionalMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto4819-8122Esmeralda 1212, piso 4dig@mrecic.gov.arwww.cooperacion-penal.gov.ar

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